Cuentas por cobrar

AutorCarmen Karina Tapia Iturriaga
Páginas113-129
113
5.1 Cuentas por cobrar
El CINIF preparó un documento que viene a sustituir el Boletín C-3, no obstante es impor-
tante señalar que la NIF C-3, se implementará a partir del 1 de enero de 2018, permitiendo
su aplicación anticipada a partir del 1 de enero de 2016, siempre y cuando se haga en con-
junto con la aplicación de la NIF C-20, Instrumentos financieros por cobrar.
Esta NIF C-3, tiene como objetivo establecer las normas de valuación, presentación y reve-
lación para el reconocimiento inicial y posterior de las cuentas por cobrar comerciales y las
otras cuentas por cobrar, en los estados financieros de una entidad económica.
Los instrumentos financieros por cobrar que se presentan en los diferentes rubros del activo
se tratan en las siguientes normas:
a) Instrumentos de financiamiento por cobrar, en la NIF C-20, Instrumentos de financia-
miento por cobrar.
b) Instrumentos de financiamiento por cobrar por operaciones de arrendamiento, en el
Boletín D-5, Arrendamientos.
c) cuentas por cobrar reconocidas por el método de porcentaje de avance en el Boletín
D-7, Contratos de construcción y de fabricación de ciertos bienes de capital.
Los financiamientos otorgados a clientes o que dan las entidades financieras a sus clientes
se estudian por medio de la NIF C-20. Se actualizó la terminología utilizada en todo el plan-
teamiento normativo.
Se considera que las cuentas por cobrar comerciales son Instrumentos Financieros por
Cobrar (IFC) al estar basadas en un contrato, el cual establece las obligaciones de las
contrapartes.
Las otras cuentas por cobrar pueden ser un IFC cuando están basadas en un contrato, tales
como los préstamos a empleados o partes relacionadas, o cuando se llega a un acuerdo por
una reclamación a una aseguradora; otras no son un IFC si no están basadas en un contrato,
tales como estimaciones de reclamaciones o saldos a favor por concepto de impuestos.
Ambos tipos de otras cuentas por cobrar se tratan en esta norma.
Un compromiso en firme para entregar bienes o servicios no debe reconocerse, sino hasta
que la entrega o prestación sea efectiva; asimismo, una transacción pronosticada no origina
un activo, no obstante que sea probable que ocurra.
114
Contabilidad financiera a corto plazo
5.2 Normas de valuación
Reconocimiento inicial de cuentas por cobrar comerciales
El reconocimiento inicial de las cuentas por cobrar
comerciales debe hacerse al considerarse deven-
gada la operación que les dio origen. Solo deben
reconocerse aquellas cuentas por cobrar comercia-
les por las cuales el ingreso puede ser reconocido,
de acuerdo con la norma de reconocimiento de
ingresos. Las bonificaciones, descuentos y devolu-
ciones deben afectar el monto por cobrar.
Las cuentas por cobrar comerciales deben valuarse en su reconocimiento inicial al VR de
la contraprestación a recibir, que generalmente es el valor nominal del contrato que las
respalda.
El VR de la contraprestación debe reconocer el valor del
dinero en el tiempo. El valor del dinero en el tiempo es
importante cuando se financia a más de un año, aun
cuando no se estipulen intereses. Cuando exista un in-
terés explícito o implícito la cuenta por cobrar pasa a
ser un instrumento de financiamiento por cobrar y se
tratará de acuerdo con los lineamientos de la NIF C-20.
En los casos de cuentas por cobrar a un plazo de un año o menos, la administración debe
evaluar, basándose en su juicio profesional, si el valor del dinero en el tiempo es impor-
tante. La política de reconocer el valor del dinero en el tiempo debe aplicarse de forma
consistente para los distintos tipos de crédito que otorgue la entidad, la cual puede tener
un modelo de negocios de venta al contado y uno de ventas a crédito.
Las cuentas por cobrar comerciales provenientes de una adquisición de negocios deben
reconocerse inicialmente al VR de la contraprestación a recibir.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR