Estados de Cuenta Bancarios como Comprobantes Fiscales
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EstadosdeCuentaBancarios
comoComprobantesFiscales
Comentariogeneral
El 19 de agosto del presente año,el Ser vicio de Admi-
nistraciónTributaria(SAT),publicóatravés desu página
electrónicaun comunicadode prensael cualseñala que
losgastosporla adquisicióndebienes oelusode servi-
ciossepueden deducir,paraefectosfiscales,conlos
estadosdecuentabancarios.
Asimismo,endichocomunicadose precisaqueel contri-
buyenteno tendrá que conservarninguna factura u otro
comprobantesimplificado de la compra,siempre que se
pagueconchequenominativo,tarjetadecréditoodébito,
conmonedero electrónicoo mediantetraspaso decuen-
tasentre bancos,pero tendráque cumplircon requisitos
quemásadelantecomentaremos.
Consideramosnecesario precisar la importancia quere-
visteel presente comunicado tantopara las autoridades
fiscalesalmomentodeejercersusfacultadesdecompro-
bacióncomo delos particulares alejercer elderecho de
utilizarlafacilidaddepoderdeduciry acreditarlaseroga-
cionesque lleveacabo en eldesarrollo desus activida-
des.
Aunquetendremo sque evaluarl aposibilid adde ejercer
esta aparente facilidad, ya que de cualquie r forma se
debeobt ener,de quien recibe elpago, un comprobante
quepermitaidentificarelb ienoserviciodequesetratey
elprecioocontraprestación.Poresemotivo,esqueenel
presenteartículo revisaremoslosorígenesdees tetema,
así como las diferentes modificaciones que ha sufrido,
hastalleg ara este comunicadode prensa, concluyendo
hastaqué punto esfactible apegarsea estosl ineamien-
tos.
Origendel Estado de Cuentacomo comprobante
fiscal
El fundamento legal que soporta al estado de cuenta
como comprobante fiscal, se encuentra en el ART-29-C
CFF,este artículo nació enlas reformas fiscales parael
ejercicio2001,yentróenvigora partirdel1demarzode
eseaño(ART-2-F-VITRANS-01CFF),yensufracciónV
estableciópor pr imera vezque cuando el contribuyente
efectúeel pagode losbienes, del usoo goceo la pres-
tacióndeservicios yésteseapormedio detraspasosde
cuentasen institucionesde créditoo casas debolsa, se
podráoptar(nosdalaopción)porconsiderarcomocom-
probantefiscal el original del estado decuenta que nos
expidan las instituciones financieras mencionadas,y se
marcandosrequisitosquedeben cumplir:tenerelRegis-
troFederaldeContribuyentes(RFC)dequienenajenayel
ImpuestoalValorAgregado(IVA)queseseñalecomoun
traspasodistintoalvalordelactooactividad.
Enelejercicio2002y2003noseobservaronmodificacio-
nes,hasta lasreformas parael ejercicio2004, donde ya
elART-29-CCFFestablece la posibilidadde que adicio-
nalmentealpagoefectuadoportraspasosdecuentas,las
queseefectúenmediantechequenominativoparaabono
encuentadelbeneficiario,puedanoptarporconsiderar
comocomprobantefiscal,paralosefectosdelasdeduc-
cionesoacreditamientosautorizadosenlasleyesfiscales,
eloriginaldelestadodecuentaenqueconsteelpago
realizado,yaquedelosejerciciosdel2001al2003,enel
supuestodequeelpagosehubieraefectuadoconcheque
nominativo,se consideraba como comprobante fiscal el
chequeoriginalpagado porellibrado,claro,siempre que
leshubiera sidodevueltopor lainstitución de créditoco-
rrespondiente,yaqueeramuycomplicado quelesdevol-
vieraneloriginaldelcheque.Esimportantemencionarque
loscontribuyentesqueoptaronporconsiderarcomocom-
probantefiscal eloriginal delestado decuenta expedido
porlosbancosocasasdebolsaeneseaño,tuvieronque
cumplirconunaseriederequisitosadicionalesenmateria
dedocumentación,chequesyestadosdecuenta.
LaúltimareformaquesufrióelART-29-CCFFfueel28de
juniode2006yes comoactualmenteseencuentradicho
artículo,porloqueprocederemosasuanálisis.
Fundamentolegalaplicableparaconsideraralestado
decuentacomouncomprobantefiscal
Despuésdehaberhechounrecorridoporeltiempopara
conocer el origen de esta disposición fiscal, procedere-
mosa conocer actualmentelos requisitos quese deben
cumplir para hacerla efectiva,por lo que procederemos
analizarelART-29-CCFFcomosigue:
Esteartículomencionaentreotrascosas,queenlastran-
saccionesdeadquisicionesdebienes,delusoogocetem-
poraldebienes,odelaprestacióndeserviciosenquese
realiceel pago mediantecheque nominativopara abono
encuentadelbeneficiario,mediante traspasosdecuenta
en instituciones de crédito o casas de bolsa, tarjeta de
crédito,débitoomonederoelectrónico,podráutilizarcomo
mediodecomprobaciónparalosefectosdelasdeduccio-
neso acreditamientosautorizados en lasLeyesfiscales,
eloriginaldel estadode cuentadequien realiceel pago,
siemprequesecumplalosiguiente:
• ConsignenenelchequelaclavedelRFCdelaperso-
naa favorde quiense libre elcheque.Cuando en el
estadode cuenta se señale la citadaclave se habrá
cumplidoconelrequisito.
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