¿Cuándo aplica el 'voto por voto'?

MÉXICO, D.F., julio 11 (EL UNIVERSAL).- La apertura de algunos paquetes electorales en Baja California en el conteo oficial de votos de la elección del domingo, propició que el Partido Acción Nacional (PAN) denunciara que esta medida era ilegal.

Sócrates Bastida, presidente del PAN en la entidad, afirmó que presentarán una demanda en contra de los consejeros electorales y quien resulte responsable por la apertura ilegal de los paquetes electorales. Dijeron que los distritos donde acordaron abrir los paquetes son: 2 y 3 de Mexicali; el 7 de Tecate; los números 8, 10 y 12 de Tijuana, así como el 15 de Ensenada.

El Código Federal de Procedimientos Electorales (Cofipe) establece establece en sus artículos 274, 276 y 295 el procedimiento del escrutinio y cómputo de la votación recibida en las casillas, así como las reglas para un "recuento de votos", comúnmente llamado como el conteo "voto por voto".

La Ley establece que una recuento debe hacerse si hay errores en las actas de votación, si la diferencia entre el primero y el segundo lugar es menor al 1 % y si los votos nulos son más que los que separan a los dos primeros lugares, entre otras condiciones.

- Los casos

Establece que cuando exista indicio de que la diferencia entre el presunto candidato que haya obtenido el primer lugar en votación y el que haya obtenido el segundo lugar, sea igual o menor a un punto porcentual; y cuando al inicio de la sesión de cómputo el representante del partido que postuló al segundo de los candidatos lo haya solicitado de manera expresa, el consejo distrital deberá realizar el recuento de votos en la totalidad de las casillas.

Se seguirá el...

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