CTM busca eludir nuevas reglas de elección sindical

Fecha de publicación16 Abril 2019
AutorMaria del Pilar Martínez

La Confederación de Trabajadores de México (CTM), por conducto del senador del PRI y secretario general de esa organización sindical, Carlos Aceves del Olmo, ya prepara la defensa de los sindicatos con seis modificaciones puntuales que promoverá al interior del Senado de la República una vez que inicie la discusión de la reforma laboral.

Para Aceves del Olmo, hay aspectos, que se introdujeron de último momento en el dictamen aprobado el pasado jueves en la Cámara de Diputados, que no contribuyen a garantizar la libertad de asociación de los trabajadores.

En una tarjeta informativa distribuida por la CTM están los puntos en los que deberá poner especial atención, entre ellos se encuentra eliminar el artículo 369 que prevé la cancelación administrativa del registro sindical.

En dicho artículo se prevé la posibilidad de cancelar el registro sindical cuando sus dirigentes, apoderados o representantes legales desistan de continuar un emplazamiento a huelga o se abstengan de continuar con un reclamo de titularidad del contrato colectivo de trabajo.

“Esta causa de cancelación del registro sindical fue incorporada de último momento en el dictamen de reforma cuando originalmente no la contenía ninguna de las iniciativas (...) La sanción cuando un tercero (apoderado legal) desista sin consentimiento del sindicato o solicite pago a cambio de no continuar con el juicio de titularidad puede o debe ser sancionado, pero no tiene por qué implicar una cancelación del registro que afecta a toda la colectividad que compone el sindicato”, expuso.

Para la CTM, es prioritario que se considere que existen sindicatos nacionales, de los cuales, por haber tenido un conflicto con una empresa, puede cancelarse el registro de toda una industria por un tercero que ni siquiera puede ser miembro de la organización, como sucede con un tercero (apoderado legal).

Asimismo, pide que no haya retroactividad de la ley y que esté plasmado en la reforma, pues “no puede ser retroactiva en perjuicio del gobernado, como lo establece la Constitución”; por ello pedirá que se precise que “en los registros y contratos y sindicatos ya otorgados no podrán aplicarse retroactivamente las disposiciones de la reforma en la materia y aquellos que surtirán sus efectos legales en atención al principio de constitucionalidad en la seguridad jurídica”.

Respecto al capítulo 23-A del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el líder sindical de la CTM pedirá que se alinee la...

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