Extracto del Acuerdo por el que la Comisión Federal de Competencia Económica inicia la investigación por denuncia identificada bajo el número de expediente DE-017-2013, por prácticas monopólicas relativas previstas en las fracciones V y XI del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, en el mercado de la prestación del servicio de almacenaje y embarque de mieles incristalizables y sus productos líquidos derivados
Fecha de disposición | 05 Diciembre 2013 |
Fecha de publicación | 05 Diciembre 2013 |
Emisor | COMISION FEDERAL DE COMPETENCIA ECONOMICA |
Sección | PRIMERA. Organismos Autonomos |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Federal de Competencia Económica.- Secretaría Ejecutiva.- Expediente No. DE-017-2013.- Oficio No. SE-CFCE-2013-170. "EXTRACTO DEL ACUERDO POR EL QUE LA COMISIÓN FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA INICIA LA INVESTIGACIÓN POR DENUNCIA IDENTIFICADA BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE DE-017-2013, POR PRÁCTICAS MONOPÓLICAS RELATIVAS PREVISTAS EN LAS FRACCIONES V y XI DEL ARTÍCULO 10 DE LA LEY FEDERAL DE COMPETENCIA ECONÓMICA, EN EL MERCADO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ALMACENAJE Y EMBARQUE DE MIELES INCRISTALIZABLES Y SUS PRODUCTOS LÍQUIDOS DERIVADOS.
Las prácticas monopólicas relativas a investigar consisten en la supuesta realización de las conductas señaladas en las fracciones V y XI del artículo 10 de la Ley Federal de Competencia Económica, consistentes en que sujeto a que se comprueben los supuestos a que se refieren los artículos 11, 12 y 13 de la Ley Federal de Competencia Económica, se realicen o se hayan realizado actos, contratos, convenios, procedimientos o combinaciones cuyo objeto o efecto sea o pueda ser desplazar indebidamente a otros agentes del mercado; impedirles sustancialmente su acceso o establecer ventajas exclusivas en favor de una o varias personas, específicamente mediante la acción unilateral consistente en rehusarse a vender, comercializar o proporcionar a personas determinadas bienes o servicios disponibles y normalmente ofrecidos a terceros; o la acción de uno o varios agentes económicos cuyo objeto o efecto, directo o indirecto, sea incrementar los costos u obstaculizar el proceso productivo o reducir la demanda que enfrentan sus competidores. El mercado en el que se realiza la investigación es el de la prestación del servicio de almacenaje y embarque de mieles incristalizables y sus productos líquidos derivados, en la inteligencia que los actos que puedan constituir violaciones a la Ley Federal de Competencia Económica habrán de determinarse, en su caso, en el oficio de probable responsabilidad a que se refiere el artículo 33 de la Ley Federal de Competencia Económica, toda vez que el presente acuerdo únicamente da inicio a un procedimiento de investigación de carácter administrativo en el que aún no se han identificado en definitiva los actos que, en su caso, pueden constituir violaciones a la Ley Federal de Competencia Económica, ni se ha determinado en definitiva el o los sujetos a quienes, en su caso, deberá oírseles en...
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