Criterios reelevantes 2022

AutorFrancisco Áureo Acevedo Castro
CargoLicenciado en Derecho. Especialista en materia Penal. Miembro de NITA (National Institute for Trial Advocacy). Conferencista en diferentes foros
Páginas48-49
Francisco Áureo
Acevedo Castro
Licenciado en Derecho.
Especialista en materia Penal.
Miembro de NITA (National Institute
for Trial Advocacy).
Conferencista en diferentes foros.
Criterios reelevantes 2022
Diversos criterios se publicaron en
el Semanario Judicial de la Federa-
ción, relativos, en lo que interesa, a
materia penal, en esta ocasión destacaré
los que considero más relevantes y que
inuirán o ya inuyen en las resolucio-
nes que se dictan en los diversos asuntos,
desde el auto de vinculación a proceso,
audiencia intermedia, juicio y ejecución
de sentencia.
He dicho que cada Juez tiene su Código
Nacional de Procedimientos Penales, y lo
sostengo, puedes tener la mejor clase con
el mejor maestro en diverso tema, ejem-
plo contrainterrogatorio, y el Tribunal de
Enjuiciamiento que le toque conocer tu
asunto, llevará la dirección de la pregun-
ta que considere sugestiva y la que con-
sidere conclusiva, pero esa es otra histo-
ria; el tema aquí es que estos criterios se
pueden aplicar a modo y creo que nada
resuelven, pero eso lo dejo a tu criterio, a
lo que nos truje, y son los siguientes:
Registro digital: 2025379
Tipo: Aislada
AUTO DE VINCULACIÓN A PRO-
CESO. LA CIRCUNSTANCIA DE
QUE EL INDICIADO EXPONGA
UNA VERSIÓN ALTERNA DE LOS
HECHOS IMPUTADOS TAMBIÉN
VEROSÍMIL Y PROBABLE COMO LA
PLANTEADA POR EL MINISTERIO
PÚBLICO AL FORMULAR LA IMPU-
TACIÓN, NO IMPIDE SU DICTADO.
Hechos: El quejoso golpeó con su ve-
hículo a un ciclista que horas después
murió, por lo que fue conducido a la
audiencia inicial y tras escuchar la im-
putación en esos términos que fueron
catalogados como homicidio culposo
sostuvo que, al conducir el vehículo,
advirtió una piedra que estaba sobre la
carretera e, instintivamente, giró el vo-
lante y golpeó al ciclista; fue vinculado
a proceso y esta decisión fue reclamada
en el juicio de amparo.
Criterio jurídico: Este Tribunal Cole-
giado de Circuito determina que la
circunstancia de que la versión alterna
del imputado sea verosímil e, incluso
probable, probatoriamente hablan-
do, no impide vincular a proceso si la
versión de imputación es igualmente
probable.
Justicación: El artículo 19 de la Cons-
titución Política de los Estados Unidos
Mexicanos establece que se vinculará
a proceso penal a una persona cuando
“los datos establezcan que se ha come-
tido un hecho que la ley señale como
delito y que exista la probabilidad”
de que ella lo cometió, mientras que
el artículo 316 del Código Nacional de
Procedimientos Penales reitera esa fór-
mula, pero con dos matices: que aque-
llos datos deben ser de prueba y que
se entenderá que se cuenta con ellos
cuando existan indicios razonables
que así permitan suponerlo (que se ha
cometido ese hecho), con lo que pro-
piamente ja en grado de probabilidad
tanto el hecho como la participación de
la persona a la que se le atribuye. Sobre
esa base, la decisión sobre si se vincu-
la o no a proceso depende de que la
versión de imputación sea probable o
no, probatoriamente hablando; dilema
que no se altera por la circunstancia de
que el imputado incorpore al debate
una versión alterna y que ésta sea ve-
rosímil e, incluso, también sea proba-
ble, pues el hecho mismo de que sea
sólo probable no impide que también
lo sea la versión de imputación; ambas
pueden ser probables y ello implica
que la versión de imputación conserva
esa calidad, que es el estándar relevan-
te y suciente para vincular. Diferente
sería si esa decisión debiera tomarse en
función de la versión mejor posiciona-
da desde el punto de vista del respaldo
probatorio, que en la doctrina se cono-
ce como de probabilidad prevalecien-
te, pero es claro que el Constituyente
no se decantó por esa regla para esta
etapa temprana del proceso.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO
EN MATERIA PENAL DEL PRIMER
CIRCUITO.
Amparo en revisión 124/2022. 23 de
junio de 2022. Unanimidad de votos.
Ponente: Juan José Olvera López. Se-
cretaria: Enoé García Romero.
Esta tesis se publicó el viernes 21 de
octubre de 2022 a las 10:31 horas en el
Semanario Judicial de la Federación.
Con este criterio, aislado, no vinculante,
se abre la posibilidad de vincular a pesar
de que el imputado tenga una versión ra-
zonable, es decir, faltaría probar en juicio,
o que dato o medio faltó para que la ver-
sión del imputado tuviera probabilidad
prevaleciente, puede ser bueno para la
víctima, según el caso, pero al nal des-
gastará en un juicio y dependerá de la
habilidad de la defensa acreditar o no la
falta de pericia o imprudencia.
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Registro digital: 2024466
Tipo: Aislada
PRUEBA INDICIARIA O CIRCUNS-
TANCIAL. PUEDE RECURRIRSE A
ÉSTA ANTE LA DIFICULTAD DE EN-
CONTRAR UNA PRUEBA DIRECTA
PARA DEMOSTRAR EL ELEMENTO
ATINENTE A QUE EL ACUSADO
SE OSTENTE O COMPORTE COMO
DUEÑO DEL INMUEBLE MATERIA
DE LA ACCIÓN DE EXTINCIÓN DE
DOMINIO.
Hechos: Un agente del Ministerio Pú-
blico de la Federación adscrito a la
entonces Subprocuraduría Especiali-
zada en Investigación de Delincuencia
Organizada de la Procuraduría Gene-
ral de la República, interpuso amparo
directo contra una sentencia denitiva
pronunciada por un Tribunal Unitario
de Circuito en un juicio de extinción de
-edicta-Enero-2023
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