Criterio Nº C.18/2007. Acto de autoridad definitivo. Casos en los que el acto por el cual se da inicio al procedimiento de responsabilidad constituye un. 12 de junio de 2007

Fecha de registro12 Junio 2007
Número de dictamenC.18/2007
MateriaAdministrativa
SesiónSexta sesión extraordinaria
Rubro

ACTO DE AUTORIDAD DEFINITIVO. CASOS EN LOS QUE EL ACTO POR EL CUAL SE DA INICIO AL PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD CONSTITUYE UN.

Contenido

Si bien es cierto que por su naturaleza el acto por el cual se da inicio a un procedimiento administrativo de responsabilidad no puede ser considerado como acto definitivo, pues, solo implica el inicio del citado procedimiento, también lo es que lo anterior no es una regla que rija para la generalidad de los mencionados actos, pues no hay que olvidar que resulta imperioso analizar las circunstancias que acontecieron en cada caso concreto, a fin de dilucidar si existe una afectación a la esfera jurídica del demandante, tal como acontece en los asuntos en los que el accionante aduce que la autoridad demandada no debió iniciar el procedimiento administrativo de responsabilidad, a razón de que ha operado la extinción de la acción sancionatoria derivada de las irregularidades administrativas que se imputan al justiciable, lo anterior es así, ya que en estos casos, se le podría ocasionar perjuicios de imposible reparación, porque lo que el doliente pretende es evitar el ser sujeto a la substanciación de un procedimiento que...

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