Resolución mediante la cual se modifican los artículos segundo y tercero de la autorización otorgada a Círculo de Crédito, S.A. de C.V., Sociedad de Información Crediticia, para constituirse y operar como sociedad de información crediticia

Fecha de disposición20 Abril 2012
Fecha de publicación20 Abril 2012
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Unidad de Banca, Valores y Ahorro.- Oficio UBVA/021/2012. Resolución mediante la cual se modifica la autorización otorgada a Círculo de Crédito, S.A. de C.V., Sociedad de Información Crediticia, a efecto de reflejar, entre otros, la ampliación de su objeto social.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través de la Unidad de Banca, Valores y Ahorro, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 31, fracción XXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 5o. y 6o. de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 27, fracciones VII y XXVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como en atención a los siguientes:

ANTECEDENTES

  1. Mediante Resolución 101-370 de fecha 1 de junio de 2005, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de junio de 2005, esta Secretaría autorizó la constitución y operación de una sociedad de información crediticia, denominada "Círculo de Crédito, S.A. de C.V., Sociedad de Información Crediticia".

    Dicha Resolución en su Artículo Segundo señala que la Sociedad tendrá por objeto: "...la prestación de servicios consistentes en la recopilación, manejo y entrega o envío de información relativa al historial crediticio de personas físicas, así como la relativa a operaciones crediticias y otras de naturaleza análoga que dichas personas mantengan con las Entidades Financieras y Empresas Comerciales, en los términos definidos por el artículo quinto de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia".

  2. Mediante escrito presentado el 30 de septiembre de 2011, el Mtro. Augusto Manuel Lugo Torres Valle, en su carácter de apoderado legal de "Círculo de Crédito, S.A. de C.V., Sociedad de Información Crediticia", personalidad que tiene debidamente acreditada ante esta Secretaría, solicitó autorización de esta Dependencia a efecto de que se amplíe y en consecuencia modifique la autorización que le fue otorgada a esa Sociedad mediante la Resolución 101-370 citada, con el objeto de que se permita a esa Sociedad prestar sus servicios a personas morales.

  3. En atención a la solicitud de autorización referida en el numeral que antecede, esta Dependencia, a través de la Dirección General Adjunta de Banca y Valores, en ejercicio de las...

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