Se crea la Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.

Fecha22 Septiembre 2015
Autor de la iniciativaEjecutivo del Estado, Lic. Rubén Ignacio Moreira Valdez.














E STADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO

DE COAHUILA DE ZARAGOZA


PODER LEGISLATIVO


2015, Año de la Lucha Contra el Cáncer”








Iniciativa de Decreto por el que se crea la Ley de Pensiones y otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.



Presentada por el Lic. Rubén Ignacio Moreira Valdez, Gobernador del Estado de Coahuila de Zaragoza.


Informe en correspondencia el día 22 de Septiembre de 2015.


Turnada a las Comisiones Unidas de Gobernación, Puntos Constitucionales y Justicia y de Educación, Cultura y Actividades Cívicas.


Fecha del Dictamen: 22 de Diciembre de 2015.


Decreto No. 344


Publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado: P.O. 3 / 8 de Enero de 2016






INICIATIVA DE DECRETO POR EL QUE SE CREA LA LEY DE PENSIONES Y OTROS BENEFICIOS SOCIALES PARA LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, SUSCRITA POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ.


En ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 59 fracción II, 82 fracción I y 196 fracción I de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; 9 apartado A fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza; 152 fracción II y 153 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado Independiente, Libre y Soberano de Coahuila de Zaragoza, me permito someter a consideración de este Honorable Congreso la presente, al tenor de la siguiente:



E X P O S I C I Ó N D E M O T I V O S



Hoy en día los sistemas pensionarios, no sólo del país, sino de América latina y del mundo, atraviesan por una problemática generalizada: se han vuelto financieramente insostenibles. De entre los factores que influyen en esta descapitalización, pueden identificarse, el que las aportaciones de los trabajadores son insuficientes, los cambios demográficos, el aumento de la esperanza de vida, la escasa normatividad para creación de reservas, y la inexistencia de un sueldo regulador, por mencionar algunos.


Los sistemas del estado no han sido la excepción, la falta de adecuación normativa, puso en riesgo la seguridad social de miles de trabajadores y sus familias. Ante este escenario, es que, en los pasados meses hemos tomado acciones contundentes con la certeza de que ayudarán a fortalecer los sistemas pensionarios del Poder Judicial y de los Municipios.


Las iniciativas que hace algunos meses fueron aprobadas por este órgano legislativo, fueron un primer y decisivo paso para aliviar el sistema financiero del estado. Ahora, en este mismo contexto, nos ocupa, el sistema de pensiones de los trabajadores al servicio de la educación, mismo que atraviesa por una situación grave y compleja, que lo tiene comprometido y lo convierte en un sistema inviable.


De acuerdo a los resultados de estudios actuariales, más del 60% de la nómina de trabajadores de la educación en activo se destina al pago de pensiones, su pasivo contingente, equivale actualmente a 39 mil millones de pesos, aunado a eso las reservas se han agotado, por lo que actualmente el Gobierno del Estado debe cubrir anualmente 1000 millones de pesos para que las pensiones puedan ser pagadas a los maestros.


Las proyecciones a futuro, no son nada alentadoras, muestran que, de seguir en esta dirección, los flujos de egresos llegarán a representar porcentajes muy elevados comparados con la nómina del personal activo y se requerirán de subsidios exorbitantes para cubrir las pensiones, lo cual pone en eminente riesgo a los trabajadores de la educación y a sus familias.


De no realizar las modificaciones pertinentes a la normatividad, a finales de la próxima administración el costo del pago de pensiones magisteriales para el Gobierno del Estado crecería a 1,700 millones de pesos anuales alcanzando su punto máximo en 1830 millones de pesos en el año 2030, costo que, al ocupar una enorme parte del presupuesto, resultará impagable.


Cabe así precisar que, a partir año 2001 se implementó en la Dirección de Pensiones de los Trabajadores a la Educación, un sistema pensionario mixto de contribución definida con pensión garantizada, las leyes que a partir de ahí fueron emitidas regularon este esquema y en sus artículos transitorios contemplaron regulaciones para las generaciones que disfrutarían de pensiones bajo el esquema de beneficio definido. Sin embargo, estos artículos transitorios al no encontrarse actualizados de acuerdo a las condiciones demográficas actuales dejan en riesgo a los trabajadores al servicio de la educación amparados en dichas disposiciones.


En este contexto, es indispensable, hacer cambios de fondo a este sistema a fin de reformar los criterios de financiamiento y la estructura de beneficios para avanzar hacia un modelo sostenible que provea de seguridad social real y efectiva a los trabajadores de la educación y a sus familias, lo cual resulta prioritario, ya que los maestros son importantes actores de la vida democrática del estado, al impulsar la ciencia y la tecnología, fomentar el crecimiento económico, elevar las condiciones culturales de la población, propiciar la movilidad social, bajar los índices de violencia y criminalidad y al vigorizar los valores cívicos y laicos que fortalecen el Estado de Derecho.


En atención a lo expuesto, se propone la presente iniciativa de Ley de Pensiones y Otros Beneficios Sociales para los Trabajadores de la Educación Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, en donde se da un orden técnico y jurídico a las disposiciones relativas al esquema mixto de contribución definida con pensión garantizada e incorpora nuevas reglas para la generación en transición, respetando a aquellos trabajadores que tuvieren derechos adquiridos o pensionados, ello con la finalidad de evitar el aumento del mencionado costo y el colapso financiero del Sistema, buscando garantizar que las y los maestros coahuilenses sigan percibiendo sus pensiones, como hasta ahora.


Para lo anterior, a través de esta iniciativa se propone:


  • Modificar gradualmente la contribución mensual obligatoria del trabajador, sobre su salario base, a la Dirección de Pensiones hasta llegar al 13% en el año 2023.


  • Aumentar gradualmente la aportación del Patrón a la Dirección de Pensiones.


  • Aumentar gradualmente los años de servicio en el caso de pensión por antigüedad de conformidad a la siguiente tabla:




  • Fijar el requisito de edad para obtener una pensión por edad avanzada, cuando el trabajador cuente con por lo menos 15 años de servicio, lo anterior de conformidad a la siguiente tabla:


Años

Edad Mínima

2016 o menos

55

2017 y 2018

56

2019 y 2020

57

2021 y 2022

58

2023 y 2024

59

2025 en adelante

60


  • Establecer que se incrementará el bono de permanencia en 10 días anuales del sueldo integrado, al cual podrán acceder los trabajadores afiliados a la sección 38 del SNTE que hayan cubierto los requisitos para obtener su pensión por antigüedad en el servicio, y decidan permanecer voluntariamente en el ejercicio profesional del magisterio.


Estamos seguros que con las medidas adecuadas contribuiremos a construir una Institución Sólida que permita gozar de los beneficios de una pensión a miles de maestros que han dedicado su vida a la trascendental labor de educar a las niñas, niños y jóvenes, contribuyendo a su desarrollo y el de nuestro estado.


Por lo expuesto, me permito someter a esta Legislatura para su estudio, análisis y, en su caso, aprobación, la siguiente iniciativa de:



D E C R E T O



ÚNICO.- SE CREA LA LEY DE PENSIONES Y OTROS BENEFICIOS SOCIALES PARA LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.



LEY DE PENSIONES Y OTROS BENEFICIOS SOCIALES PARA LOS TRABAJADORES DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA.


CAPÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES.


ARTICULO 1º. La...

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