Acuerdo por el que se otorga al señor Manuel Corripio Alonso, la Condecoración Orden Mexicana del Aguila Azteca en grado de Insignia

EmisorSecretaría de Relaciones Exteriores

ACUERDO por el que se otorga al señor Manuel Corripio Alonso, la Condecoración Orden Mexicana del Aguila Azteca en grado de Insignia.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 3o., 5o., 6o., fracción II, 33, 40, 41 fracción VII de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, y

CONSIDERANDO

Que es propósito del Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos reconocer al señor Manuel Corripio Alonso, Presidente de la Cámara de Comercio Dominico-Mexicana, quien ha mantenido una estrecha y fructífera relación con la Embajada y con la comunidad mexicana asentada en territorio dominicano en su calidad de dirigente de uno de los grupos económicos más sólidos y dinámicos en la República Dominicana, lo que le ha permitido estar profundamente identificado con nuestros intereses, además de ser el más grande promotor de la imagen de nuestro país en los medios de comunicación propiedad del Grupo Corripio;

Que de acuerdo con la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, la Condecoración de la Orden Mexicana del Águila Azteca es la distinción que se otorga a extranjeros con el objeto de reconocer los servicios prominentes prestados a la Nación Mexicana, y

Que conforme a los procedimientos establecidos en la Ley anteriormente mencionada, el Honorable Consejo de la Orden Mexicana del Águila Azteca, me ha propuesto otorgar al señor Manuel Corripio Alonso, la citada Condecoración en el grado de Insignia, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO

ARTÍCULO PRIMERO

Se otorga al señor Manuel Corripio Alonso, la Condecoración Orden Mexicana del Águila Azteca en grado de Insignia.

ARTÍCULO SEGUNDO

La Condecoración será entregada en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el ocho de abril de dos mil dos.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente...

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