CONVENIO DE COORDINACI�N QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETAR�A DE GOBERNACI�N Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, QUE TIENE POR OBJETO ESTABLECER LA COLABORACI�N ENTRE LAS PARTES PARA LA INTEGRACI�N, FUNCIONAMIENTO, EVALUACI�N Y ACTUALIZACI�N PERMANENTE DEL SISTEMA DEL REGISTRO NACIONAL DE PODERES NOTARIALES, LA ELABORACI�N Y EDICI�N DE OBRAS RELACIONADAS EN MATERIA CIVIL SOBRE PODERES NOTARIALES O TEMAS RELACIONADOS A TRAV�S DE PROGRAMAS INTERDISCIPLINARIOS FORMULADOS CONJUNTAMENTE.
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, A QUIEN EN LO
SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA POR SU
TITULAR, LIC. JUAN CAMILO MOURIÑO TERRAZO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL
SUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURÍDICOS Y DERECHOS HUMANOS, LIC. DANIEL
FRANCISCO CABEZA DE VACA HERNÁNDEZ Y DEL DIRECTOR GENERAL DE
COMPILACIÓN Y CONSULTA DEL ORDEN JURÍDICO NACIONAL, DR. EDUARDO DE
JESÚS CASTELLANOS HERNÁNDEZ Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER
EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL GOBIERNO DEL ESTADO”,
REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, LIC. NEY GONZÁLEZ
SÁNCHEZ, CON LA PARTICIPACIÓN DE LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO,
PROFA. CORA CECILIA PINEDO ALONSO, DEL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS
JURÍDICOS, LIC. PEDRO ANTONIO ENRIQUEZ SOTO; Y DEL DIRECTOR ESTATAL
DEL NOTARIADO, LIC. JUAN FRANCISCO RODRÍGUEZ TORRES; Y COMO
TESTIGOS DE HONOR EL LIC. FERNANDO TRUEBA BUENFIL, PRESIDENTE DE LA
ASOCIACIÓN NACIONAL DEL NOTARIADO MEXICANO, A.C. Y EL LIC. DAVID
HORACIO SALAS STEPHENS, PRESIDENTE DEL COLEGIO DE NOTARIOS DEL
ESTADO DE NAYARIT, A QUIENES ACTUANDO CONJUNTAMENTE SE LES
DENOMINARA COMO “LAS PARTES”, PARA CONTRIBUIR A LA CONSTITUCIÓN
DEL REGISTRO NACIONAL DE PODERES NOTARIALES Y APROVECHAR LA
INFORMACIÓN CONTENIDA EN EL MISMO, DE CONFORMIDAD CON LOS
SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.
ANTECEDENTES
La gobernabilidad democrática del país entraña necesariamente la colaboración y coordinación intergubernamental y con la sociedad civil organizada en su colegiación profesional. Esta colaboración y coordinación se significa por la creación de nuevos servicios públicos que contribuyen a la certeza y seguridad jurídica.
Con el propósito de contribuir a la certeza y seguridad jurídica en materia de derecho sucesorio en nuestro sistema federal de gobierno, la Secretaría de Gobernación y el
Gobierno del Estado de Nayarit suscribieron un convenio de coordinación para constituir el
Registro Nacional de Avisos de Testamento, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de octubre de 2000.
El 23 de enero de 2004 empezó a funcionar la base de datos del Registro Nacional de
Avisos de Testamento, el cual expide de manera automática y por vía electrónica, a solicitud fundada y motivada de la autoridad competente de las Entidades Federativas, un reporte de búsqueda nacional del aviso o avisos de testamento que hubiese otorgado el autor de una sucesión.
El Consejo Consultivo del Registro Nacional de Avisos de Testamento se integra con servidores públicos de la Secretaría de Gobernación, de los Gobiernos de las Entidades
Federativas y con representantes de la Asociación Nacional del Notariado Mexicano, a efecto de evaluar y dar seguimiento a las acciones que permitan la consolidación de este nuevo servicio público.
Miércoles 8 de Julio de 2009 Periódico Oficial 3
El Consejo Consultivo del Registro Nacional de Avisos de Testamento ha dado origen a las propuestas de reforma legislativa local que la Secretaría de Gobernación ha puesto a consideración de los Gobiernos de las Entidades Federativas.
A partir de esta experiencia de colaboración y coordinación intergubernamental y con la
Asociación Nacional del Notariado Mexicano, se ha analizado la conveniencia de aprovechar las nuevas tecnologías de la información para contribuir igualmente a la certeza y seguridad jurídica en el caso del otorgamiento o revocación de los poderes generales y especiales notariales por personas físicas y personas morales que no tengan actividad mercantil.
El poder notarial es el documento eficaz formulado ante la fe de un Notario Público, mediante el cual una persona con capacidad legal otorga su potestad a otra u otras para que efectúen los actos jurídicos que en él se establecen. Sin embargo, la carencia de información actualizada y precisa con respecto a la vigencia del mandato jurídico en escritura pública trae como consecuencia inseguridad, incertidumbre e incluso falsificaciones.
La Secretaría de Gobernación y la Asociación Nacional del Notariado Mexicano propusieron a los integrantes del Consejo Consultivo del Registro Nacional de Avisos de
Testamento, durante la reunión de este órgano celebrada el 8 de diciembre de 2005 en la ciudad de Aguascalientes, Ags., la creación de un Registro Nacional de Poderes Notariales que administre una base de datos para coadyuvar a la certeza y seguridad en el intercambio jurídico de información sustentado en dichos instrumentos notariales.
El Registro Nacional de Poderes Notariales es una respuesta del Gobierno Federal y de los Gobiernos de las Entidades Federativas, para atender la problemática planteada. Este nuevo servicio público consistirá en una base de datos nacional con la información de los poderes otorgados o revocados ante Notario Público en cualquiera de las 32 entidades federativas por personas físicas y personas morales que no tengan actividad mercantil o ante Cónsul Mexicano en el extranjero, mediante un programa informático central interconectado con las oficinas de los archivos de notarias de cada entidad federativa.
A través del programa informático se realizarán la captura, almacenamiento, custodia, consulta, verificación, administración y transmisión de la información en materia de poderes notariales otorgados por personas físicas y personas morales que no tengan actividad mercantil. La operación se efectuará únicamente por vía...
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