Convocatoria al trigésimo cuarto concurso interno de oposición para la designación de Magistrados de Circuito

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EmisorConsejo de la Judicatura Federal

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno. CONVOCATORIA AL TRIGÉSIMO CUARTO CONCURSO INTERNO DE OPOSICIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE MAGISTRADOS DE CIRCUITO.

El Consejo de la Judicatura Federal como órgano constitucional de administración de los órganos jurisdiccionales federales, tiene a su cargo la selección de magistrados de Circuito de conformidad con la normativa y los procesos correspondientes.

En cumplimiento al artículo 17 constitucional y conforme a los lineamientos de carrera judicial que prevé la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se emite esta convocatoria.

En ese sentido, si se toma en cuenta que la ratificación de un juzgador federal muestra su capacidad y aptitudes para continuar en el desempeño de la labor jurisdiccional, entonces, es viable considerar que para efectos de esta convocatoria ese proceso debe homologarse al cuestionario a que se refiere el artículo 114, fracción II, de la invocada ley y, por tanto, acceder directamente a la segunda etapa.

Esta excepción encuentra fundamento en las atribuciones de administración, vigilancia y disciplina de los órganos jurisdiccionales federales por parte del Consejo de la Judicatura Federal y de conformidad con los principios rectores de las categorías de la carrera judicial.

En este orden, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17, 94, párrafo segundo, 97 y 100, párrafos primero, séptimo y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 68, 81, fracción II, 105, 106, 112, 114, 116 y 117, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y en el Acuerdo General del propio Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y lineamientos generales para acceder al cargo de magistrado de Circuito, mediante concursos internos de oposición publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de agosto de dos mil dieciséis, emite la siguiente:

CONVOCATORIA

Primero. Para los efectos de esta convocatoria se entenderá por:

  1. "Acuerdo General": Acuerdo General que establece el Procedimiento y Lineamientos Generales para acceder al cargo de magistrado de Circuito, mediante concursos internos de oposición publicado en el Diario Oficial de la Federación el cinco de agosto de dos mil dieciséis;

  2. "Comisión": Comisión de Carrera Judicial;

  3. "Comité Técnico": Comité del concurso a que se refiere el artículo 116 de la Ley;

  4. "Comité Académico": Comité del Instituto de la Judicatura Federal a que se refiere el artículo 93 de la Ley;

  5. "Concurso": Concurso Interno de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito;

  6. "Curso": Curso de inducción para Magistrado de Circuito;

  7. "Consejo": Consejo de la Judicatura Federal;

  8. "Corte": Suprema Corte de Justicia de la Nación;

  9. "Instituto": Instituto de la Judicatura;

  10. "Jurado": Jurado integrado en términos del artículo 117 de la Ley;

  11. "Ley": Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación;

  12. "Magistrado": magistrado de Circuito;

  13. "Página web del Instituto": la página web del Instituto de la Judicatura, www.ijf.cjf.gob.mx;

  14. "Pleno": Pleno del Consejo de la Judicatura Federal;

  15. "Secretaría": Secretaría Ejecutiva de Carrera Judicial y Creación de Nuevos Órganos;

  16. "Tribunal de Circuito": Tribunal Unitario o Colegiado de Circuito; y,

  17. "Tribunal Electoral": Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

    Segundo. Fundamento del concurso. Se realizará en términos de lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que establece el procedimiento y lineamientos generales para acceder al cargo de Magistrado de Circuito, mediante concursos internos de oposición.

    Tercero. Concurso, número de plazas y categoría. El concurso a que esta convocatoria se refiere, tendrá verificativo en la Ciudad de México, para cubrir 40 (cuarenta) plazas de magistrado de Circuito, conforme a las posibilidades presupuestales del Consejo de la Judicatura Federal.

    Cuarto. Parámetros de evaluación y calificación final para resultar vencedor del concurso.

    Los parámetros para la evaluación final de los concursantes serán los siguientes:

  18. Hasta 45 puntos la calificación obtenida en el caso práctico;

  19. Hasta 45 puntos la que se obtenga en el examen oral; y,

  20. Hasta 10 puntos los factores de evaluación judicial.

    La calificación final para poder ser vencedor en el concurso es de 80 puntos como mínimo.

    Quinto. Categorías a las que se dirige. Podrán participar en el concurso interno de oposición, los jueces de Distrito que cumplan con el perfil que prevé el artículo 3 del Acuerdo General, en funciones o comisionados.

    Podrán participar los jueces de Distrito con una temporalidad en el cargo de cuando menos cuatro años al inicio del periodo de inscripción.

    Sexto. Requisitos que deben reunir los aspirantes. En el concurso podrán participar los jueces de Distrito que al día de la designación de magistrado de Circuito, reúnan los siguientes requisitos:

    1. Ser ciudadano mexicano por nacimiento;

    2. No tener otra nacionalidad y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos;

    3. Ser mayor de treinta y cinco años;

    4. Gozar de buena reputación;

    5. No haber sido condenado por delito intencional con sanción privativa de libertad mayor de un año; y,

    6. Tener título de licenciado en derecho y cédula profesional expedidos legalmente, así como práctica profesional de cuando menos cinco años.

      Séptimo. Temario sobre el que versarán los exámenes. Será publicado en la página web del Instituto de la Judicatura Federal (www.ijf.cjf.gob.mx) y comprenderá las disposiciones legales aplicables y las materias competencia de los tribunales de Circuito, al igual que los aspectos referentes a la función de magistrado.

      Octavo. Lugar, plazo y documentos necesarios para la inscripción. Durante las fechas que comprenderán el inicio y fin del plazo para que los aspirantes ingresen a la página web del Instituto, accederán al módulo de inscripción mediante el uso de la firma digital emitida por la Unidad para el Control de Certificación de Firmas del Poder Judicial de la Federación y llenarán el formato de inscripción con los datos que se solicitan.

      Dentro de la página, los interesados podrán acceder al manual del usuario que los guiará para llenar el formato.

      Los documentos que el aspirante deberá anexar durante el periodo de inscripción, son los siguientes:

      1. El acta de nacimiento; y,

      2. De ser el caso, los documentos a que se refiere el punto Decimoséptimo de la presente convocatoria y las diversas constancias que estime pertinentes deben estar en su expediente personal.

      Corresponderá al Instituto verificar que las solicitudes contengan todos los datos y documentos requeridos.

      El Instituto dentro de los nueve días siguientes a la conclusión del plazo de inscripción, ya con las constancias y, en su caso, aclaraciones correspondientes, elaborará un proyecto de lista de los aspirantes que cumplan los requisitos para ser aceptados a participar en el concurso.

      La lista se enviará a la Comisión para su conocimiento y análisis, la cual, a su vez, la remitirá al Pleno para su aprobación y orden de publicación.

      Noveno. Facultad de revisar y verificar la autenticidad de la documentación. El Consejo tendrá la facultad de verificar en todo momento la información que los aspirantes proporcionen. De advertirse alguna anomalía se estará a lo dispuesto en el artículo 50 del Acuerdo General.

      Décimo. Abstención de los participantes a realizar gestiones. Publicada la convocatoria y durante el desarrollo del concurso, los participantes deberán abstenerse de realizar trámites, compromisos, entrevistas, acuerdos o gestiones personales ante los integrantes del Pleno del Consejo y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del Instituto, del Comité Técnico o del Jurado integrados para el concurso.

      Decimoprimero. Observaciones y objeciones. De conformidad con el artículo 25 del Acuerdo General, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al en que se publique en el Diario Oficial de la Federación la lista de los concursantes que pasan a la segunda etapa, cualquier persona podrá presentar ante el Instituto, por escrito y de manera respetuosa, las observaciones u objeciones respecto de los participantes incluidos, y acompañar, en su caso, los documentos que sustenten o corroboren sus afirmaciones.

      Con los escritos de observaciones u objeciones, que por su naturaleza tendrán un trato confidencial, se dará cuenta a la Comisión, que a su vez los someterá a consideración del Pleno para que se determine lo conducente.

      Decimosegundo. Publicación de la lista de los aspirantes aceptados a la primera etapa del concurso. La lista de los aspirantes admitidos será publicada para efectos de notificación, por una sola vez, el miércoles 28 de septiembre de dos mil dieciséis, tanto en el Diario Oficial de la Federación, como para mayor difusión, en el diario de circulación nacional que dé publicación a esta convocatoria, así como en la página web del Instituto y del Consejo.

      Decimotercero...

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