Convocatoria Pública para elegir a los representantes de la sociedad civil en el Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro.

Pág. 8604 PERIÓDICO OFICIAL 12 de mayo de 2017
PODER EJECUTIVO
Francisco Domínguez Servién, Gobernador del Estado de Querétaro y Presidente del Sistema de Protección
de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121,
apartado A, fracción I y segundo párrafo de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado
de Querétaro y 11, primer párrafo del Reglamento de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
del Estado de Querétaro, y
Considerando
El principio del interés superior de la niñez, en términos del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, debe guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas del
Estado, dirigidas a la niñez para garantizar de manera plena el goce y ejercicio de los derechos de las Niñas
Niños y Adolescentes, lo que posibilita cubrir sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano
esparcimiento para el desarrollo integral de éstos.
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 4 de diciembre de 2014, refiere en su artículo 136, que en cada entidad federativa se creará e instalará un
Sistema Local de Protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, el que estará conformado por las
dependencias y entidades de las administraciones locales vinculadas con la protección de estos derechos, en
los términos que determinen sus respectivos ordenamientos legales y serán presididos por el Titular del Poder
Ejecutivo Estatal; sistemas que deberán organizarse y funcionar de manera similar al Sistema Nacional de
Protección Integral, contarán con una Secretaría Ejecutiva, y deberán garantizar la participación de los sectores
social y privado, así como de niñas, niños y adolescentes en sus actividades.
Por su parte, la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro en su artículo 3
establece que esta entidad federativa y sus municipios, concurrirán en el diseño, ejecución, seguimiento y
evaluación de las políticas públicas en materia de ejercicio, respeto, protección y promoción de los derechos de
niñas, niños y adolescentes, así como para garantizar su máximo bienestar privilegiando su interés superior a
través de medidas estructurales, legales, administrativas y presupuestales. Por lo que dichas estrategias
deberán contribuir a la formación física, psicológica, económica, social, cultural, ambiental, ética y cívica de
niñas, niños y adolescentes en el Estado.
A su vez, la ley local referida establece en su artículo 10, que la familia, la comunidad, el Esta do y, en general,
todos los integrantes de la sociedad, tienen el deber de respetar y prestar auxilio para la protección de los
derechos de niñas, niños y adolescentes, así como garantizarles un nivel adecuado de vida para su desarrollo
integral.
Por su parte, los artículos 119 y 121 de la Ley estatal citada, y 11 de su Reglamento, prevén respectivamente,
la creación y conformación del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Querétaro,
instancia estatal encargada de establecer los instrumentos, políticas, procedimientos, servicios y acciones de
protección de los derechos de este sector de la sociedad.
Dicha instancia se integra por funcionarios públicos federales, estatales y municipales, así como por
representantes de la sociedad civil, éstos últimos nombrados por el Presidente, su suplente o en auxilio y por
instrucciones de éstos, el Secretario Ejecutivo del Sistema de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del
Estado de Querétaro, previa convocatoria pública que para tales efectos emita y publique su Presidente, en el
Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”.
Las acciones referidas guardan congruencia con el Plan Estatal de Desarrollo Querétaro 2016-2021, pues en su
elaboración se tomó en consideración la situación de desventaja social en la que se encuentran los grupos
vulnerables, como es el caso de las niñas, niños y adolecentes queretanos, los que requieren atención especial
para lograr su desarrollo humano integral, para lo cual contempla como objetivo de gobierno enmarcado en su
eje I “Querétaro Humano”, mejorar la calidad y condiciones de vida de este grupo, promoviendo el ejercicio
efectivo de los derechos sociales, la equidad de oportunidades, la inclusión y la cohesión social, mediante la
promoción de valores y estilos de vida sanos y saludables.

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