Convocatoria para el proceso de integración de la terna para ocupar el cargo de Fiscal Especializado para la Atención de Delitos Electorales de la Ciudad de México

16 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 24 de agosto de 2020

CONSEJO JUDICIAL CIUDADANO

CONVOCATORIA PARA EL PROCESO DE INTEGRACIÓN DE LA TERNA PARA OCUPAR EL CARGO DE FISCAL ESPECIALIZADO PARA LA ATENCIÓN DE DELITOS ELECTORALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

El Consejo Judicial Ciudadano de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 37 y 44 de la Constitución Política de la Ciudad de México, convoca a las instituciones de educación superior y a las organizaciones de la sociedad civil que estén interesados en proponer a personas que consideren aptas para integrar la terna que ha de presentarse al Congreso de la Ciudad de México, así como a las personas interesadas en participar en el marco del procedimiento establecido para la designación de la persona titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales de esta Ciudad, de conformidad con las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Las instituciones de educación superior y las organizaciones de la sociedad civil que formulen propuestas para la integración de la terna que ha de presentarse al Congreso, deberán demostrar haberse constituido legalmente con al menos cinco años de anticipación a la fecha en la que presenten su propuesta y avalar expresamente el curriculum vitae de la persona.

SEGUNDA.- Las personas interesadas en participar en el marco del procedimiento establecido para la designación de la persona titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales deberán cumplir con los siguientes requisitos señalados en los numerales 5 y 6 del Apartado A del artículo 44 de la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México en su artículo 39 bis:

a) Tener ciudadanía mexicana;

b) Tener cuando menos treinta y cinco años de edad;

c) Contar con título y cédula de licenciatura en derecho, con experiencia mínima de 5 años;

d) No haber sido condenada por delito doloso;

e) En caso de ser seleccionado para la terna que se enviará al Congreso, someterse y acreditar, en los términos de la ley, las evaluaciones y certificación de confianza, así como presentar y autorizar hacer pública su declaración patrimonial, fiscal y de intereses;

f) No haber desempeñado un cargo de elección popular, o cargo de dirección de un Partido Político, un año previo.

g) La persona aspirante a ser titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales debe ser de reputación honorable...

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