Convocatoria en materia de transporte público en las modalidades de taxi y mixto para los Municipios del Estado de Querétaro.

Pág. 11204 PERIÓDICO OFICIAL 3 de septiembre de 2012
SECRETARÍA DE GOBIERNO
CONVOCATORIA EN MATERIA DE TRANSPORTE PÚBLICO EN LAS MODALIDADES DE TAXI Y MIXTO PARA LOS
MUNICIPIOS DEL ESTADO DE QUERÉTARO
De conformidad con la Declaratoria de Necesidad de Servicio del Transporte Público en sus modalidades de servicio de Taxi
y Mixto para los Municipios del Estado de Querétaro SG/DT/ 01/2012, publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del
Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga” en fecha del 29 de agosto de 2012, y
CONSIDERANDO
I. Que el Estado de Querétaro y los 18 municipios que lo conforman, han registrado un desarrollo urbano acelerado
de sus centros de población y comunidades, manifiesto en una alta tasa de crecimiento de población y vivienda;
por lo que se registran demandas crecientes en el servicio público de transporte para atender principalmente las
necesidades de viajes con motivo de trabajo, estudio, salud o recreación.
II. Que de conformidad con los resultados del Censo General de Población y Vivienda del año 2010, realizado por el
Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en el Estado de Querétaro se registró una población de
1´827,937 habitantes, con una tasa promedio de crecimiento anual de población del 2.5%, lo que significa un
incremento poblacional de cerca de 47 mil personas por cada año, sin considerar la acumulación poblacional anual,
que sería una variable de impacto adicional a considerar.
III. Que derivado del mismo Censo General de Población y Vivienda del INEGI, para el año 2010 la población
económicamente fue cercana a los 756 mil habitantes, por lo que en base a su crecimiento se estiman las nuevas
necesidades de medios de transporte para trasladar dicha población a los centros de trabajo, estudio, salud y
recreación.
IV. Así mismo, el turismo y servicio en el Estado de Querétaro se ha fortalecido e incrementado, recibiendo en el último
año cerca de 2.5 millones de turistas-noche, que dejaron una derrama económica de aproximadamente 5,773
millones de pesos, lo que representa un incremento de 15.6 por ciento con respecto al año anterior. Actualmente
en el Estado se cuenta con 307 hoteles y cerca de 10,561 habitaciones, para dar servicio al crecimiento anual de
visitantes, quienes disfrutan de los centros históricos, museos, ferias, exposiciones y convenciones, centros
turísticos, arqueológicos y a los denominados “Pueblos Mágicos”, incorporándose recientemente a Cadereyta.
V. Que por las características de la infraestructura vial, la escasez de estacionamiento y el incremento de la polución o
contaminación ambiental que se ha generado en las principales ciudades de la entidad y la necesidad de
desincentivar el uso del vehículo particular, es necesario incrementar la oferta de servicio público de transporte
VI. Que por diversos estudios e inventarios del servicio público de transporte en sus modalidades de Taxi y Mixto, se
ha detectado por diversos años una creciente proliferación de transporte irregular, con las consecuencias notables
en materia de seguridad, confiabilidad y calidad del servicio.
VII. Que el Plan Estatal de Desarrollo “Querétaro 2010 – 2015”, establece como objetivo del Eje de Desarrollo
Ordenamiento Territorial e Infraestructura para el Desarrollo, la necesidad de lograr una movilidad urbana eficiente,
a través del mejoramiento de los sistemas de transporte público, de más y mejores vialidades e infraestructura para
el peatón y los modos de transporte no motorizados, con el fin de mejorar la calidad de vida de la población. Para
tal efecto, como una de sus estrategias está el reordenamiento y organización del transporte público del estado,
conforme a las necesidades de movilidad de la población, a la sustentabilidad, a la normatividad en el ámbito
ecológico y a los cambios tecnológicos y de energía.
VIII. Por ello, la Secretaría de Gobierno instruyó a la Dirección de Transporte para que realice los estudios técnicos
necesarios para atender estas nuevas necesidades de transporte público de personas en las modalidades de Taxis
y Mixto, para las zonas urbanas y comunidades, en los términos del artículo 144 fracción I de la Ley de Movilidad
para el Transporte del Estado de Querétaro.
IX. Que los estudios de necesidad entre otros aspectos consideran: la situación actual del servicio de transporte en la
modalidad de taxi y mixto en cada uno de los municipios; el crecimiento normal de la demanda, en base a datos
estadísticos oficiales de la población actual y futura con índices de utilización; así como la detección de transporte
irregular, ante la falta de atención de la demanda por más de 10 años.

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