Convocatoria para Licitación Pública.

PÁGINA 24 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 25 DE ABRIL DE 2023.
MÉRIDA, YUC., MARTES 25 DE ABRIL DE 2023. DIARIO OFICIAL PÁGINA 25
PÁGINA 26 DIARIO OFICIAL MÉRIDA, YUC., MARTES 25 DE ABRIL DE 2023.
PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN
CONSEJO DE LA JUDICATURA
ACUERDO GENERAL NÚMERO OR04-230412-01 QUE MODIFICA EL ACUERDO
GENERAL NÚMERO EX01-210127-12 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA
JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN, POR EL QUE SE
REGULA LA APLICACIÓN ELECTRÓNICA DEL FONDO AUXILIAR PARA LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DENOMINADA PJYUCATÁN.
Con fundamento en los artículos 16 primer párrafo, 64, décimo cuarto párrafo y 72 párrafo
primero de la Constitución Política del Estado de Yucatán; 1, 3 primer párrafo, 15 segundo
párrafo, 105, 115 fracciones III y XXIII, 157 y 158 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del
Estado de Yucatán y 96, 97, 98 fracciones VIII y XVIII del Reglamento Interior del Consejo
de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, y
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que de conformidad con lo dispuesto por los artículos 64 y 72, respectivamente,
de la Constitución Política del Estado de Yucatán, así como el artículo 105 de la Ley
Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, el Consejo de la Judicatura del Poder
Judicial, es el órgano dotado de autonomía técnica y de gestión que estará a cargo de la
administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial del Estado, que no estén
reservados de manera exclusiva a la competencia del Tribunal Superior de Justicia, de
conformidad con lo que dispongan esta Constitución y la ley.
SEGUNDO. Que el Poder Judicial además de contar con el Consejo de la Judicatura para
ejercer las funciones no jurisdiccionales, tendrá al Fondo Auxiliar para la Administración de
Justicia, mismo que cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propios y cuya firma y
representación legal está a cargo del Presidente del Consejo de la Judicatura y del Titular
de dicho Fondo, según lo dispuesto en los artículos 15, párrafo segundo, 157 y 158 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, así como en los artículos 28 fracción
VI y 96 del Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Estado de Yucatán.
TERCERO. Que concordancia con lo previsto en el artículo 115, fracción III de la Ley
Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán, se establece que es facultad del
Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado, expedir acuerdos generales para el
adecuado ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución y la propia Ley de la
materia.
CUARTO. Que, en ejercicio de sus atribuciones, el Pleno del Consejo de la Judicatura del
Poder Judicial del Estado, en la primera sesión extraordinaria de fecha 27 de enero de 2021
y mediante el Acuerdo General Número EX01-210127-12, ordenó actualizar la aplicación
denominada SIAFAPP versión web del Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia,
con la finalidad de que la persona beneficiaria o consignante que lo requiera pueda
consultar saldos y movimientos de su estado de cuenta por concepto de pensión
alimenticia.
QUINTO. Que con motivo de las mejoras en los beneficios y funcionalidades de la nueva
versión de la aplicación denominada PJYucatán (antes SIAFAPP) del Fondo Auxiliar para
la Administración de Justicia, resulta necesario realizar las modificaciones pertinentes al
Acuerdo General Número EX01-210127-12.
Por lo expuesto y con fundamento en los preceptos antes mencionados, el Pleno del
Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán expide el siguiente:

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