Convocatoria para integrar la lista de personas que pueden fungir como peritas o peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil veintidós.

Fecha de publicación15 Septiembre 2021
SecciónUNICA. Poder Judicial
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
CONVOCATORIApara integrar la lista de personas que pueden fungir como peritas o peritos ante los órganosdel Poder Judicial de la Federación, correspondiente al año dos mil veintidós.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la JudicaturaFederal.- Unidad de Peritos Judiciales.
CONVOCATORIA PARA INTEGRAR LA LISTA DE PERSONAS QUE PUEDEN FUNGIR COMO PERITAS O PERITOSANTE LOS ÓRGANOS DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, CORRESPONDIENTE AL AÑO DOS MILVEINTIDÓS
La Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal, de conformidad con lo dispuesto porlos artículos 86, fracción XXIX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; 40, fracción XVII, 98Nonies, y 98 Decies fracción IV, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, quereglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo; así como 4, 5, 6 y 7 del Acuerdo General delPleno del Consejo de la Judicatura Federal, que regula la integración de la Lista de personas que puedenfungir como peritos ante los órganos del Poder Judicial de la Federación, de conformidad con el AcuerdoGeneral del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma, adiciona y deroga diversasdisposiciones en materia Pericial, aprobado en sesión ordinaria de fecha once de agosto del año dos milveintiuno, convoca a participar en el proceso de integración de la Lista, a todas las personas que esténcapacitadas para formular dictámenes en la profesión, oficio, ciencia, arte, conocimiento o técnica de unamateria, para el auxilio de la administración de justicia, bajo las siguientes:
BASES
PRIMERA. La función de las personas que integrarán la Lista es la de auxiliar con sus conocimientos a losórganos jurisdiccionales, auxiliares y administrativos, así como a las unidades administrativas del Consejo dela Judicatura Federal que lo requieran, en el desahogo de los asuntos de su competencia, para tal efecto, seformará un Directorio con los datos de localización, cuya información tendrá el carácter de confidencial, el cualserá elaborado con base en la información proporcionada por las Peritas y los Peritos.
Al Directorio de Peritas y Peritos también podrán tener acceso la Suprema Corte de Justicia de la Nación,el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y las instituciones de carácter público de los tresórdenes de gobierno, estas últimas previa solicitud fundada y motivada en que se especifique el motivo delamisma.
En este sentido, la calidad de peritos con la que se identificará a las personas que integrarán la Listacorrespondiente, seotorga en función de los conocimientos que para los efectos acreditarán en las materias,especialidades, profesiones, ciencias, artes o conocimientos técnicos, solicitados.
Su participación se dará bajo el régimen de profesionistas independientes, por lo que deberán expedircomprobantes fiscales digitales autorizados de conformidad con la legislación fiscal vigente; asimismo, lainclusión en la Lista de una o un aspirante, no le confiere el carácter de servidora o servidor público delConsejo de la Judicatura Federal, ni le otorga certificación alguna de sus conocimientos por parte del PoderJudicial de la Federación.
SEGUNDA. Podrán participar en la presente Convocatoria todas las y todos los expertos en una profesión,oficio, ciencia, arte, conocimiento o técnica, entre otras, de manera enunciativa mas no limitativa, respecto delas materias y especialidades afines a las que integran las ramas del conocimiento siguientes:
RAMA 1 Ciencias Físico-Matemáticas y de las Ingenierías
1.Actuaría
2.Agropecuaria
3.Arquitectura
4.Ciencias de la Computación
5.Ciencias de la Tierra
6.Física
7.Geociencias
8.Ingeniería Aeronáutica
9.Ingeniería Agrícola
10.Ingeniería Ambiental
11.Ingeniería Civil
12.Ingeniería de Minas y Metalurgia
13.Ingeniería Eléctrica y Electrónica
14.Ingeniería en Energías Renovables
15.Ingeniería en Telecomunicaciones
16.Ingeniería en vías terrestres
17.Ingeniería Geofísica
18.Ingeniería Geológica
19.Ingeniería Geomática
20.Ingeniería Industrial
21.Ingeniería Mecánica
22.Ingeniería Mecánica Eléctrica
23.Ingeniería Mecatrónica
24.Ingeniería Petrolera
25.Ingeniería Química
26.Matemáticas
27.Nanotecnología
28.Tecnología
29.Topografía
30.Urbanismo
31.Valuación
RAMA 2 Ciencias Biológicas, Químicas y de la Salud
32.Biología
33.Ciencias Agroforestales
34.Ciencias Ambientales
35.Ciencias Forenses
36.Criminología y Ciencias Auxiliares
37.Ecología
38.Fisioterapia
39.Manejo Sustentable de Zonas Costeras
40.Medicina y sus Especialidades
41.Medicina del Trabajo
42. Oncología
43. Epidemiologia
44. Nutrición
45. Odontología
46.Órtesis y Prótesis
47.Protocolo de Estambul (Medicina y Psicología)
48.Psicología
49.Química
50. Psicología del Trabajo
51. Ambiente laboral
52. Ergonomía
53. Seguridad Industrial e Higiene
54.Química en Alimentos
55.Química Farmacéutico Biológica
56.Química Industrial
57.Veterinaria y Zootecnia
RAMA 3 Ciencias Sociales
58.Administración
59.Antropología
60.Ciencias de la Comunicación
61.Competencia Económica
62.Comunicación y Periodismo
63.Contabilidad
64.Economía
65.Geografía
66.Informática
67.Mercadotecnia
68.Sociología
69.Trabajo Social
RAMA 4 Artes y Humanidades
70.Desarrollo y Gestión Interculturales
71.Diseño Gráfico
72.Diseño y Comunicación Visual
73.Historia
74.Interpretación de Lenguas Indígenas,Dialectos y Lenguas Extranjeras
75.Lingüística Aplicada
76.Pedagogía
77.Traducción de Lenguas Indígenas, Dialectos yLenguas Extranjeras
TERCERA. Las personas interesadas en integrar la Lista de quienes pueden fungir como peritas o peritosante los órganos del Poder Judicial de la Federación deberán satisfacer los siguientes requisitos:
I.Contar con conocimientos necesarios en las materias o especialidades en las que quiere participarcomo perita o perito; comprobable mediante constancias oficiales que así lo acrediten, precisando que laspersonas interesadas en formar parte de la Lista, podrán aspirar a registrarse en un máximo de 5especialidades, con la finalidad de contar con una mayor especialidad en los expertos que emitan losdictámenes periciales requeridos.
II.Contar con un mínimo de cinco años de experiencia en el ejercicio profesional de cada una de lasmaterias o especialidades en las que desee participar; siendo requisito indispensable, sin el cual, ladocumentación remitida no será materia de análisis y dictamen;
III.No haber sido condenada o condenado por delito doloso, mediante sentencia ejecutoriada quemerezca pena privativa de libertad;
IV.No haber sido sancionada o sancionado administrativamente por los órganos de los poderes Judicial,Legislativo y Ejecutivo federales o estatales, por la comisión de alguna falta grave;
V.No desempeñarse como servidora o servidor público del Poder Judicial de la Federación; en caso deserlo de otras Dependencias o Entidades, deberá informarlo y abstenerse de intervenir en los asuntos endonde la Institución en la que labore sea parte;
VI.Sujetarse a las disposiciones normativas del Consejo de la Judicatura Federal en todo lo relacionadocon su función como perita o perito, dando su consentimiento respecto del Arancel, los lineamientos de pagode honorarios y gastos que al efecto se establezcan, manifestar que se apegará a las obligacionesestablecidas en la normativa aplicable, así como que tiene conocimiento del Acuerdo General del Pleno delConsejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones en materia Pericial,aprobado por el Pleno el once de agosto del año dos mil veintiuno, y demás disposiciones del Consejo quereglamentan el ámbito de su actuación ante los órganos del Poder Judicial de la Federación.
La Unidad de Peritos Judiciales, podrá en todo momento, requerir y verificar la información ydocumentación proporcionada por las y los aspirantes, debiendo remitir...

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