Convocatoria, para la Inscripción a la “Actividad Institucional del Otorgamiento de Apoyo para la Sustitución Obligatoria de los Vehículos Modelo 2007 y de años anteriores; así como de la Sustitución Voluntaria para los demás modelos, con los que prestan el servicio los Concesionarios de Transporte Público Individual “Taxi”, por vehículos híbridos o eléctricos
SECRETARÍA DE MOVILIDAD
CONVOCATORIA, PARA LA INSCRIPCIÓN A LA "ACTIVIDAD INSTITUCIONAL DEL OTORGAMIENTO DE APOYO PARA LA SUSTITUCIÓN OBLIGATORIA DE LOS VEHÍCULOS MODELO 2007 Y DE AÑOS ANTERIORES; ASÍ COMO DE LA SUSTITUCIÓN VOLUNTARIA PARA LOS DEMÁS MODELOS, CON LOS QUE PRESTAN EL SERVICIO LOS CONCESIONARIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL "TAXI", POR VEHÍCULOS HÍBRIDOS O ELÉCTRICOS.
HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 87, 115 y 118 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 1, 2, 3 fracciones I y VIII, 15 fracción IX, 16 fracción IV, 31 fracciones I, XVII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, así como los Transitorios Tercero y Quinto de su reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de julio del 2014; 1, 2, 7, 9 XCIV y C, 10 fracción I, 12° fracciones I, VI, XVI, XIX, XXVIII, XXIX y XLI, 55 fracción I, 56 fracción I inciso c), 97, 110 fracciones I, III, V, X, XIV, XV, XXI, XXV de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, así como los Transitorios Quinto y Sexto de su Decreto de publicación de fecha 14 de julio del 2014; Artículo 6, fracciones I y VI de Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción I, Articulo 7, fracción IX inciso c) numeral 3 y Artículo 95 Quinquies fracciones I, II, III, V, VIII, X y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y Artículo 6, 33 fracciones V y XVIII y 79 primer párrafo del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, y
C O N S I D E R A N D O
Que como parte de las políticas públicas del Gobierno de la Ciudad de México, se impulsan y desarrollan acciones encaminadas a la movilidad en la Zona Metropolitana del Valle de México.
Que la Secretaría de Movilidad está facultada para dictar y ejecutar los acuerdos necesarios que tengan por objeto fomentar, impulsar, estimular, ordenar y regular la Prestación del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi", de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior de la Administración Pública y demás instrumentos jurídicos y administrativos aplicables, a efecto de proporcionar un servicio de calidad que satisfaga las necesidades de la ciudadanía, garantizando su prestación en las mejores condiciones de seguridad, comodidad, higiene y eficiencia;
Que es prioritario para el Gobierno de la Ciudad de México, por razones ambientales, de seguridad y modernización del transporte público, crear mecanismos para subsidiar y financiar a los concesionarios del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi", para adquirir vehículos nuevos que posean las características necesarias que contribuyan a la mejora ambiental y prestación del servicio;
Que dentro de las facultades conferidas a la Secretaría de Movilidad, se establece entre otras, la de dictar las acciones para la conservación, mantenimiento, renovación y cumplimiento de las especificaciones técnicas del parque vehicular destinado a la prestación del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi" implantando las medidas necesarias para mantener en buen estado la infraestructura utilizada para tal fin y todas aquellas tendientes a mejorar la prestación del servicio, a fin de garantizar la seguridad, comodidad, higiene y eficiencia; de los usuarios;
Que con la finalidad de renovar el parque vehicular del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi", para brindar a los usuarios de este modo de transporte, un...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba