Convocatoria para la inscripción a la “Actividad Institucional otorgamiento de apoyo para la sustitución obligatoria de los vehículos modelo 2006 y de años anteriores, con los que prestan el servicio los Concesionarios de Transporte Público Individual de Pasajeros “Taxi”

SECRETARÍA DE MOVILIDAD

CONVOCATORIA PARA LA INSCRIPCIÓN A LA "ACTIVIDAD INSTITUCIONAL OTORGAMIENTO DE APOYO PARA LA SUSTITUCIÓN OBLIGATORIA DE LOS VEHÍCULOS MODELO 2006 Y DE AÑOS ANTERIORES, CON LOS QUE PRESTAN EL SERVICIO LOS CONCESIONARIOS DE TRANSPORTE PÚBLICO INDIVIDUAL DE PASAJEROS "TAXI""

LICENCIADO HÉCTOR SERRANO CORTÉS, Secretario de Movilidad del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 87, 115 y 118 fracción VII del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, 1, 2, 3 fracciones I y VIII, 15 fracción IX, 16 fracción IV, 31 fracciones I, XVII y XXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, así como los Transitorios Tercero y Quinto de su reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 14 de julio del 2014; 1, 2, 7, 9 XCIV y C, 10 fracción I, 12° fracciones I, VI, XVI, XIX, XXVIII, XXIX y XLI, 55 fracción I, 56 fracción I inciso c), 97, 110 fracciones I, III, V, X, XIV, XV, XXI, XXV de la Ley de Movilidad del Distrito Federal, así como los Transitorios Quinto y Sexto de su Decreto de publicación de fecha 14 de julio del 2014; Artículo 6, fracciones I y VI de Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, 97 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; 1, 2, 3 fracción I, Articulo 7, fracción IX inciso c) numeral 3 y 95 Quinquies fracciones I, II, III, V, VIII, X y XIII del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y Artículo 6, 33 fracciones V y XVIII y 79 primer párrafo del Reglamento de Transporte del Distrito Federal, y

C O N S I D E R A N D O

Que la Secretaría de Movilidad está facultada para dictar y ejecutar los acuerdos necesarios que tengan por objeto fomentar, impulsar, estimular, ordenar y regular la Prestación del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi", de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior de la Administración Pública y demás instrumentos jurídicos y administrativos aplicables, a efecto de proporcionar un servicio de calidad que satisfaga las necesidades de la ciudadanía, garantizando su prestación en las mejores condiciones de seguridad, comodidad, higiene y eficiencia;

Que es prioritario para el Gobierno de la Ciudad de México, por razones ambientales, de seguridad y modernización del transporte público, crear mecanismos para subsidiar y financiar a los concesionarios del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi", para adquirir vehículos nuevos que posean las características necesarias que contribuyan a la mejora ambiental y prestación del servicio;

Que dentro de las facultades conferidas a la Secretaría de Movilidad, se establece entre otras, la de dictar las acciones para la conservación, mantenimiento, renovación y cumplimiento de las especificaciones técnicas del parque vehicular destinado a la prestación del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi", implantando las medidas necesarias para mantener en buen estado la infraestructura utilizada para tal fin y todas aquellas tendientes a mejorar la prestación del servicio, a fin de garantizar la seguridad de los usuarios;

Que con la finalidad de renovar el parque vehicular del Servicio de Transporte Público Individual de Pasajeros "Taxi", para brindar a los usuarios de este modo de transporte, un servicio de calidad y seguro con vehículos que reúnan las especificaciones técnicas y mecánicas emitidas por la Secretaría de Movilidad y coadyuvar en el mejoramiento de las...

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