Convocatoria al concurso de oposición para Jueza o Juez en Materia Civil (aspirantes libres y exigencia legal).

Miércoles 20 de septiembre de 2023 Sección Primera Tomo: CCXVI No. 53
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Al margen Escudo del Estado de México y un logotipo, que dice: Poder Judicial del Estado de México.
El Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México, en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos
38 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 88, inciso b) párrafo quinto de la
Constitución Política Local; 4, 101, 106 fracciones IV, XXVI y XXVII, 159 fracción III, 175 y 176 párrafo primero de la
Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, así como 149, 150 y 152 del Reglamento vigente de la
Escuela Judicial del Estado de México.
C O N V O C A
A las y los interesados que reúnan los requisitos exigidos, sin excepción, en participar en el:
CONCURSO DE OPOSICIÓN PARA
JUEZA O JUEZ EN MATERIA CIVIL
(Aspirantes Libres y Exigencia Legal)
10 PLAZAS
Que se realizará en la región judicial de:
TOLUCA
Bajo las siguientes:
B A S E S
El procedimiento se ajustará a lo dispuesto por los artículos 101 de la Constitución Política local, 52, 181 y 182 de la
Ley Orgánica en vigor del Poder Judicial del Estado de México, así como 149, 150 y del 152 al 195 del Reglamento
vigente de la Escuela Judicial del Estado de México.
I. REQUISITOS:
A. Ser ciudadana o ciudadano del Estado, mexicana o mexicano por nacimiento, en pleno ejercicio de sus
derechos civiles y políticos y con vecindad efectiva de tres años;
B. Tener más de 28 años de edad;
C. Poseer título profesional de Licenciada o Licenciado en Derecho expedido por las instituciones de educación
superior legalmente facultadas para ello y la Cédula Profesional correspondiente, ambos documentos con
una antigüedad mínima de 5 años al día de la designación;
D. Gozar de buena reputación y no haber sido condenada o condenado por delito que amerite pena corporal de
más de un año de prisión; pero si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que
lastime seriamente la buena fama en el concepto público, inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido
la pena;
E. No haber ocupado el cargo de Secretaria o Secretario del despacho, Fiscal General de Justicia, Senadora o
Senador, Diputada o Diputado federal o local, Presidenta o Presidente Municipal, a menos que se separe de
su puesto un año antes del día de su designación;
F. Haber aprobado el curso de formación correspondiente a la categoría a concursar; y
G. Presentar solicitud por escrito para concursar.
En cumplimiento con la norma mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación, no
se requerirá certificado médico de no embarazo ni de enfermedad VIH.
Para acreditar que las y los aspirantes que resulten seleccionados cumplen con los requisitos anteriores,
deberán exhibir, en la forma y términos establecidos en la presente convocatoria, los siguientes documentos:

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