Acuerdo mediante el cual se convoca a los trabajadores sindicalizados a la Convención Obrero Patronal Revisora en su forma integral, del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión

Fecha de disposición16 Noviembre 1999
Fecha de publicación16 Noviembre 1999
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO mediante el cual se convoca a los trabajadores sindicalizados a la Convención Obrero Patronal Revisora en su forma integral, del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Coordinación General de Funcionarios Conciliadores.- Contrato Ley Radio y Televisión.

Asunto: Convocatoria para la Convención Obrero Patronal Revisora en su forma integral, del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión.

México, Distrito Federal, a cinco de noviembre de mil novecientos noventa y nueve.

Visto el expediente administrativo número 12/212(72)/18, Legajo 37, formado en la Coordinación General de Funcionarios Conciliadores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con motivo de las solicitudes de trabajadores sindicalizados, para que se convoque a una Convención Obrero Patronal Revisora del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión en su forma integral, presentadas en esta Dependencia por los sindicatos: Industrial de Trabajadores y Artistas de Televisión y Radio, Similares y Conexos de la R.M. (C.T.M.), Industrial de Empleados y Artistas de Radiodifusoras Mexicanas, Similares y Conexos (C.T.M.) y de trabajadores de la Industria de la Radiodifusión, Televisión, Similares y Conexos de la R.M. (C.T.M.), los días seis, veintiuno y veinticinco de octubre de mil novecientos noventa y nueve, respectivamente, con fundamento en el artículo 419 fracciones I y II de la Ley Federal del Trabajo, y

CONSIDERANDO

PRIMERO.- Que por convenio de treinta de enero de mil novecientos noventa y ocho, firmado por patrones y trabajadores sindicalizados, representantes del interés profesional de la Industria de la Radio y la Televisión, se dio por revisado en su forma integral el Contrato Ley de esta Rama Industrial, señalándose en la cláusula séptima, una vigencia del primero de febrero de mil novecientos noventa y ocho al treinta y uno de enero del año dos mil. El referido Convenio y el Contrato Ley íntegro se publicaron en el Diario Oficial de la Federación de diez de marzo de mil novecientos noventa y ocho.

SEGUNDO.- Que el Contrato Ley mencionado fue modificado en su aspecto salarial, por convenio de fecha veintinueve de enero de mil novecientos noventa y nueve, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintiséis de febrero del mismo año.

TERCERO.- Que atendiendo las solicitudes formuladas en...

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