Conviene Saber / Nulidad matrimonial

AutorAna Marín

"Lo que Dios ha unido, que no lo separe el hombre", dice el sacerdote en las bodas católicas. Sin embargo, hay excepciones, puesto que el Derecho Canónico contempla que en ciertos casos los matrimonios se anulen.

Para tomar en cuenta:

  1. - Un proceso de anulación es un juicio como tal, que se atiene a las leyes canónicas.

  2. - En un juicio de nulidad, la "pelea" no es con el cónyuge, sino con el vínculo.

  3. - La anulación se otorga cuando, después del juicio, las autoridades concluyen que no hubo validez en el sacramento, porque uno de los miembros de la pareja no entendía o no era capaz de entender en lo que se metía, justo al momento de la ceremonia o antes, nunca después.

  4. - El objetivo de la anulación es la salvación de las almas, y que la persona pueda acceder a todos los sacramentos.

  5. - Si se concede la anulación, no es seguro que pueda volverse a casar de inmediato; de hecho, si usted resultó ser el "infractor", la Iglesia impone medidas para asegurarse de que no reincidirá.

    Las causas:

    Existen tantas razones de anulación como parejas que la solicitan, y cada caso se estudia por separado, pero las más frecuentes son:

    - Falta de conciencia o inmadurez para entender las obligaciones del matrimonio.

    - Que uno de los cónyuges no acepte los fines esenciales del matrimonio católico: ayuda mutua y procreación. La infertilidad no es causa de anulación, pero el negarse a tener hijos sí.

    - Matrimonio no consumado.

    El proceso

  6. - Con su acta de divorcio civil en la mano, acuda a su párroco (encargado de la parroquia que corresponde a su domicilio) y exponga su caso.

  7. - Si él encuentra que hay posibilidad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR