RESOLUCIÓN SOBRE LA PROCEDENCIA DE LA SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE REGISTRO, PRESENTADA POR CONVERGENCIA SOBRE FÓRMULA DE AYUNTAMIENTO Y LISTA DE REGIDORES DE REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL

6 de junio de 2003 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 2515
VI.- Tener reconocida honestidad, probidad y solvencia moral; al respecto de estas fracciones V y VI debe decirse igualmen-
te, que los supuestos previstos, son hechos de carácter negativo, los cuales el Partido Fuerza Ciudadana promovente se
encuentra relevado de acreditar y que en todo caso subsana con la presentación de la carta de bajo protesta de decir ver-
dad que para tal efecto exhibió, aunado a que no se presentó controversia alguna sobre éste particular, sirviendo de apoyo
lo dispuesto por los artículos 15, en su último párrafo, y 181 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro;
Por todo lo anterior se concluye, que el candidato a Diputado Suplente por el Principio de Mayoría Relativa sustituto, y
cuyo registro solicita como tal, cumple con todos los requisitos de estudio y valoración efectuados por este Consejo Distrital
Cuarto, y en mérito de lo antes expuesto y fundado, es de resolverse y se resuelve:-------------------------------------------------------
RESOLUTIVOS
PRIMERO.- Este Consejo Distrital Cuarto es competente para conocer y resolver sobre la solicitud de sustitución y registro
del candidato a Diputado Suplente por el Principio de Mayoría Relativa presentada por el Partido Fuerza Ciudadana.
SEGUNDO.- El trámite dado a la solicitud de sustitución y registro fue conforme a los requisitos y procedimientos estableci-
dos en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga y en la Ley Electoral del Estado de Queré-
taro, en relación con la Resolución de este Consejo de fecha 5 de mayo de 2003.
TERCERO.- Es procedente la solicitud de la sustitución y el registro del candidato a Diputado Suplente por el Principio de
Mayoría Relativa del C. Manuel Edmundo Rodríguez Bretón que sustituye al C. Carlos Medina Chimal la cual fue presen-
tada por el Partido Fuerza Ciudadana.
CUARTO.- Comuníquese inmediatamente al Consejo General, Dirección General y a la Dirección Ejecutiva de Organización
Electoral del Instituto Electoral de Querétaro la presente resolución, remitiéndole al efecto copia certificada de la misma,
para los efectos legales correspondientes a que haya lugar, y para su publicación en el periódico oficial del Gobierno del
Estado, conforme a lo establecido por los artículos 79, Fracción III, 81, Fracción IV y 232 de la Ley Electoral del Estado de
Querétaro.
QUINTO.- Acorde a lo establecido en el artículo 180 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro, y estando presentes los
representantes de los partidos políticos acreditados ante éste Consejo Distrital Cuarto, se dan por notificados automática-
mente de la presente resolución.
SEXTO.- Publíquese la presente resolución, fijándose para ello en los estrados del Consejo Distrital Cuarto, así como los
estrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado, la cual surtirá sus efectos al día siguiente de su colocación, acorde a
lo establecido en el artículo 177 de la Ley Electoral del Estado de Querétaro.----------------------------------------------------------------
Dado en el Municipio de Santiago de Querétaro, Qro., a los veinticuatro días del mes de mayo del año dos mil tres.-------------
DOY FE.----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
La C. Lic. Claudia Castillo Orozco, Secretaria Técnica de este Consejo Distrital Cuarto del Instituto Electoral de Querétaro,
HACE CONSTAR: Que el sentido de la votación en la presente resolución fue como sigue:--------------------------------------------
NOMBRE DEL CONSEJERO
SENTIDO DEL VOTO
A FAVOR EN CONTRA
FERNANDO DE JESÚS DE LOS COBOS DE LEÓN X
GUSTAVO FRÍAS OLVERA X
ALEJANDRA EUGENIA GONZÁLEZ CASTRO
CARLOS GONZÁLEZ GONZÁLEZ X
PATRICIA SUÁREZ ELIZALDE X
__________________________ __________________________
PATRICIA SUÁREZ ELIZALDE CLAUDIA CASTILLO OROZCO
Rúbrica Rúbrica

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