Convenios sobre doble tributacion celebrados por la República de Polonia

AutorHerbert Bettinger Barrios
Páginas568-572

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(a) Se aplica la tasa menor si quien recibe los dividendos es una compañía que detenta al menos el 10% del capital de la que realiza el pago.

(b) Se aplica la tasa menor si quien recibe los dividendos es una compañía que detenta al menos el 15% del capital de la que realiza el pago.

(c) Se aplica la tasa menor si quien recibe los dividendos es una compañía que detenta al menos el 20% del capital de la que realiza el pago.

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(d) Se aplica la tasa menor si quien recibe los dividendos es una compañía que detenta al menos el 25% del capital de la que realiza el pago. De acuerdo al tratado con Irlanda, si Irlanda grava la fuente de los dividendos, la tasa del 0% será reemplazada por una del 5%.

(e) Se aplica la tasa menor si quien recibe los dividendos es una compañía que detenta al menos el 30% del capital de la que realiza el pago.

(f) Se aplica la tasa menor a regalías pagadas por derechos de copia, entre otros casos; se aplica la tasa mayor a regalías pagadas por patentes, marcas y equipo o información científico, industrial o comercial.

(g) Se aplica la tasa menor si el beneficiario de los dividendos es una compañía que detenta al menos el 10% de las acciones con derecho a voto de la que realiza el pago.

(h) Se aplica la tasa menor a regalías pagadas por el uso o el derecho de uso de marcas y equipo científico, industrial o comercial.

(i) Se aplica la tasa menor a regalías relacionadas con actividades culturales.

(j) Se aplica la tasa menor si el beneficiario de los dividendos es una compañía que detenta al menos una tercera parte del capital de la que realiza el pago.

(k) Se aplica una tasa del 0%, entre otros supuestos, a intereses pagados a unidades del gobierno, autoridades locales o bancos centrales. Tratándose de algunos países, la tasa también aplica a bancos (la lista de exenciones o beneficiarios preferentes varía por cada país). La tasa prevista en el tratado deberá ser consultada en todos los casos.

(l) Se aplica una tasa del 0% a regalías pagadas, entre otros supuestos, a los derechos de copia. Se aplica una tasa del 10% a regalías pagadas por patentes, marcas, información o equipo industrial, científico o comercial.

(m) Se aplica una tasa del 20% cuando el receptor de los intereses no sea una institución financiera o de seguros o una unidad gubernamental.

(n) La tasa más baja se aplica al know-how, la tasa más alta aplica a derechos de autor, patentes y marcas.

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