Convenios de Colaboración Administrativa Relativo a las Multas Impuestas por Autoridades Administrativas Federales no Fiscales, que Celebran por una Parte el Gobierno del Estado, a Través de la Sefiplan y por la Otra los Hh. Ayuntamientos de Alvarado, Amatl÷n de los Reyes, Banderilla, Emiliano Zapata, Hueyapan de Ocampo, Martínez de la Torre, Orizaba, San Andrés Tuxtla, y Tepatlaxco , Ver.

Convenio de Colaboración Administrativa relativo a multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, que celebran por una parte el de Veracruz de Ignacio de la Llave, a través de la Secretaría de Finanzas y Planeación, representada por su titular el L.E. José Salvador Sánchez Estrada y por la otra, el H. Ayuntamiento Constitucional de Amatlán de los Reyes, representado por los CC. Hugo Granillo López, Lic. Leticia Soledad Tress Villafuerte y Alfonso Cleiver Sánchez Figueroa, presidente municipal, síndico y tesorero, respectivamente, a quienes en lo sucesivo se les denominará "La Secretaría" y "El Municipio", al tenor de los siguientes:

A N T E C E D E N T E S

Primero. Que la colaboración administrativa entre el Estado y los Municipios tiene el firme propósito de impulsar la mayor recaudación de ingresos en beneficio de la Hacienda Municipal, con el propósito de que éstas alcancen un equilibrio financiero que posibilite enfrentar los diversos compromisos a cargo del erario municipal.

Segundo. Que la Ley de Coordinación Fiscal y el Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Fede

ral, permiten a las Entidades Federativas y Municipios la participación activa en la administración y recaudación de ingresos federales, a fin de ejercitar acciones en materia hacendaria dentro del marco de la planeación nacional del desarrollo.

Tercero. Que atendiendo a lo dispuesto por los artículos 10, 13, 14 y 15 de la Ley de Coordinación Fiscal, así como en las disposiciones contenidas en las Cláusulas Segunda fracción IX, Octava fracción II y Decimoquinta del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, tratándose de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales, el Gobierno Federal conviene con el Estado que la recaudación de estos ingresos se efectuará a través de las autoridades fiscales municipales, siempre que así lo acuerden expresamente y se publique en la Gaceta Oficial del estado.

Cuarto. Que con el propósito de establecer el objetivo, forma y responsabilidad que implica la colaboración conjunta de "LA SECRETARÍA" y "EL MUNICIPIO" en la recaudación de las multas impuestas por las autoridades administrativas federales no fiscales, deben definirse con claridad en un convenio específico, los esquemas que sustentarán estas acciones, de manera que se obtenga el correcto cumplimiento de las obligaciones que "EL MUNICIPIO" asumirá con la suscripción de este instrumento.

Quinto. Que para la suscripción del presente Convenio, se contó con la autorización de la H. LXI Legislatura del Congreso del Estado, y el voto de las dos terceras partes del Cabildo del H. Ayuntamiento, publicado en la Gaceta Oficial No. 320 de fecha 15 de octubre de 2009.

Sexto. Que por lo anteriormente expuesto, se hace necesario suscribir el presente Convenio de Colaboración Administrativa entre el Gobierno del Estado y el H. Ayuntamiento Constitucional del Municipio de AMATLÁN DE LOS REYES, Ver., con el objeto de delimitar las facultades, beneficios y responsabilidades que se generan al desarrollar los actos de recaudación de multas impuestas por las autoridades administrativas federales no fiscales.

D E C L A R A C I O N E S

  1. DE "LA SECRETARÍA"

    1. Que el Secretario de Finanzas y Planeación cuenta con facultades suficientes para la celebración de este acto jurídico.

    2. Que es su voluntad realizar la suscripción de este convenio, el cual permitirá que "EL MUNICIPIO" desarrolle las labores de administración y recaudación de los ingresos derivados del cobro de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales.

    3. Que cuenta con el acuerdo expedido por el C. Gobernador del Estado en donde se le autoriza para suscribir el presente convenio, mismo...

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