Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, el Estado de Coahuila de Zaragoza, el Municipio de Piedras Negras y la empresa Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.

Fecha de disposición09 Diciembre 2008
Fecha de publicación09 Diciembre 2008
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SecretarÃa de Comunicaciones y Transportes. CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA "LA SCT", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL DR. LUIS TELLEZ KUENZLER, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE, ING. HUMBERTO TREVIÑO LANDOIS; EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE FERROVIARIO Y MULTIMODAL, LIC. OSCAR SANTIAGO CORZO CRUZ; Y EL ENCARGADO DE LA DIRECCION GENERAL DEL CENTRO SCT COAHUILA, LIC. LUIS HUMBERTO RAMIREZ VALENZUELA; Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL PROF. HUMBERTO MOREIRA VALDES, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. HOMERO RAMOS GLORIA; EL SECRETARIO DE FINANZAS, LIC. JORGE JUAN TORRES LOPEZ; EL SECRETARIO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE, LIC. LUIS GERARDO GARCIA MARTINEZ Y EL SECRETARIO DE LA FUNCION PUBLICA, ING. ISMAEL EUGENIO RAMOS FLORES; EL MUNICIPIO DE PIEDRAS NEGRAS, COAHUILA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL "MUNICIPIO", REPRESENTADO POR EL LIC. JESUS MARIO FLORES GARZA, EN SU CARACTER DE PRESIDENTE MUNICIPAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO, PROF. JAVIER ENRIQUE SALINAS AMEZCUA Y EL SINDICO MUNICIPAL, PROF. JUAN ALFREDO BOTELLO NAJERA; Y, LA EMPRESA FERROCARRIL MEXICANO, S.A. DE C.V., A LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL "CONCESIONARIO", REPRESENTADA POR EL LIC. ROGELIO VELEZ LOPEZ DE LA CERDA, COMO DIRECTOR GENERAL E ING. LORENZO REYES RETANA EN SU CARACTER DE DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE OPERACION, EN SU CARACTER DE APODERADOS, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artÃculo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la SecretarÃa de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la SecretarÃa de la Función Pública (SFP), asà como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) "B" de la SHCP, mediante oficio número 307-A.-3018 de fecha 28 de diciembre de 2007, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que "LA SCT" reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

    DECLARACIONES

  3. De LA SCT:

    1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artÃculos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir las polÃticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del paÃs; asà como construir y conservar caminos y puentes federales, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artÃculo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    3. Que su titular, el Dr. Luis Téllez Kuenzler cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artÃculo 4o. del Reglamento Interior de la SecretarÃa de Comunicaciones y Transportes.

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en avenida Xola y avenida Universidad sin número, Cuerpo "C", primer piso, colonia Narvarte, Delegación Benito Juárez, código postal 03028, México, D.F.

  4. De la ENTIDAD FEDERATIVA:

    1. Que en términos de los artÃculos 40, 43 y 116 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución PolÃtica del Estado de Coahuila de Zaragoza y la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artÃculos 82 fracción V de la Constitución PolÃtica del Estado de Coahuila de Zaragoza; 2, 3 y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza y demás disposiciones locales aplicables.

    3. Que de conformidad con los artÃculos 17, fracciones I, III, X y XII; 24, 26, 33 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, este Convenio es también suscrito por los Secretarios de Gobierno, Finanzas, Obras Públicas y Transporte, asà como de la Función Pública.

    4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la construcción y modernización de carreteras y vialidades para mejorar las comunicaciones en el interior del Estado y con las regiones vecinas, a fin de elevar la calidad de vida de los habitantes del Estado de Coahuila.

    5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno 1er. piso, Juárez e Hidalgo, Centro, C.P. 25000 Saltillo, Coahuila.

  5. Del MUNICIPIO:

    1. Que cuenta con facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio de Coordinación, de conformidad con lo previsto en los artÃculos 115, de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos; 158-N de la Constitución PolÃtica del Estado de Coahuila de Zaragoza y 102 fracción II, numeral 3 y 104, inciso a), fracción XII del Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza.

    2. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Monterrey y avenida 16 de Septiembre, colonia Las Fuentes, código postal 26010, Piedras Negras, Coahuila.

  6. Del CONCESIONARIO:

    1. Que es una Sociedad Mercantil debidamente constituida con apego a las leyes de México, como se acredita con el testimonio de escritura pública No. 51293, de fecha 11 de junio de 1997, otorgada ante la fe del Lic. Miguel Alessio Robles, titular de la NotarÃa Pública No. 19 de la Ciudad de México, Distrito Federal, y que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio de esta Ciudad, bajo el folio No. 226005 de fecha 1 de julio de 1997.

    2. Con fecha 22 de junio de 1997, el Gobierno Federal, a través de la SecretarÃa de Comunicaciones y Transportes, otorgó al Ferrocarril PacÃfico Norte, S.A. de C.V., el TÃtulo de Concesión para operar y explotar la vÃa troncal del PacÃfico Norte, a fin de prestar el servicio público de transporte ferroviario de carga que en ella opera y los servicios auxiliares en los términos del respectivo TÃtulo.

    3. Que mediante escritura pública No. 51064, de fecha 3 de noviembre de 1997, otorgada ante la fe del Lic. Luis de Angoitia Becerra, titular de la NotarÃa Pública No. 230 actuando como asociado y en el protocolo de la Notaria número 109 de la que es titular el Lic. Luis de Angoitia y Gaxiola de la Ciudad de México, Distrito Federal, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad, bajo el folio No. 226005 de fecha 4 de diciembre de 1997, se hizo constar la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en la que se tomó el acuerdo de reformar totalmente sus estatutos sociales, modificándose su denominación, para utilizar la de Ferrocarril Mexicano, S.A. de C.V.

    4. Sus representantes cuentan con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, lo que acreditan mediante la escritura pública No. 51385, del 20 de febrero de 1998, otorgada ante la fe del

      Lic. Luis de Angoitia Becerra, Notario Público No. 230 del Distrito Federal, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio, bajo el folio número 226005 de fecha 20 de mayo de 1998; y escritura pública No. 10916, del 19 de febrero de 2001, otorgada ante la fe del Lic. Héctor Manuel Cárdenas Villarreal, Notario Público No. 201 del Distrito Federal, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro Público de Comercio, bajo el folio mercantil número 226005 de fecha 16 de marzo de 2001.

    5. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en Bosque de Ciruelos número 99, colonia Bosques de las Lomas, código postal 11700, México, D.F.

      En virtud de lo anterior y con fundamento en los artÃculos 90 de la Constitución PolÃtica de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 6 fracciones I, II y IX de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y 50 del Reglamento del Servicio Ferroviario; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento; asà como artÃculos 82 fracción V y 158-N de la Constitución PolÃtica del Estado de Coahuila de Zaragoza; y...

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