Convenio de coordinación en materia de tránsito que celebran el Gobierno del Estado de Querétaro y el municipio de Huimilpan, Qro.

23 de noviembre de 2001 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 1303
ING. IGNACIO LOYOLA VERA,
Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Querétaro Arteaga, a los habitantes
del mismo, sabed que:
LA QUINCUAGÉSIMA TERCERA LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO ARTEAGA, EN
USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIE-
REN LOS ARTICULOS 36, 40, 41 FRACCIÓN II
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, Y 26,
113 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGIS-
LATIVO DEL ESTADO DE QUERETARO, Y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto por el
Artículo 49 y 50 de la Ley Orgánica del Poder Le-
gislativo, la Comisión de Gobierno es el órgano de
conducción concertación y toma de decisiones polí-
ticas, en este sentido y de acuerdo a la interpreta-
ción gramatical Gobierno implica dirección, mando
o autoridad y desde otro perspectiva significa dirigir
la conducta de las personas o determinar el destino
de las cosas.
Que específicamente el artículo 52 del cuer-
po normativo referido señala que es facultad de la
Comisión de Gobierno “...buscar entre sus integran-
tes y los grupos parlamentarios que representan, la
toma de decisiones concertadas en todos los ámbi-
tos y materias que al Poder Legislativo correspon-
da”.
Que en la Comisión de Gobierno están re-
presentados todos los diputados a través de los
Coordinadores de los Grupos Parlamentarios que
integran el Pleno de la Legislatura y en consecuen-
cia, dada la naturaleza de este órgano los acuerdos
tomados tienen carácter resolutivo en lo que se
refiere a las cuestiones tratadas al interior de la
misma.
Que del análisis de las iniciativas pendientes
de dictaminar, hemos detectado que al día 14 de
Septiembre de este año se encuentran por dictami-
nar 40 Iniciativas de Ley relacionadas con diversos
temas que inciden de manera directa en todos los
ámbitos de la vida del Estado, y tomando en cuenta
la necesidad abatir el rezago legislativo hemos
coincidido tomar acciones tendientes a agilizar el
estudio y dictamen de las mismas, no obstante que
en este acuerdo mencionamos a las que conside-
ramos sustanciales, debemos puntualizar que ello
no implica desdén o menosprecio por las que se
excluyen, únicamente constituye un parámetro para
que las comisiones de dictamen agilicen los traba-
jos de las Iniciativas que este órgano considera de
mayor relevancia.
Que en virtud de lo anterior y tomando en
consideración los razonamientos expuestos en los
considerandos que anteceden, producto del acuer-
do que ha sido consensado entre los grupos parla-
mentarios, esta Legislatura ha tenido a bien expedir
el siguiente:
“ACUERDO PARA EL DESAHOGO DE LA
AGENDA LEGISLATIVA”
ÚNICO.- Se determina que las comisiones de
dictamen deberán proceder a la toma de acciones
inmediatas tendientes al estudio, elaboración y en
su caso al dictamen de las siguientes Iniciativas:
Reforma Integral de la Constitución del Estado Li-
bre y Soberano de Querétaro Arteaga, Reformas a
la Ley Orgánica del Poder Legislativo, Reformas a
la Ley Electoral, Ley para el Manejo de los Recur-
sos Públicos del Estado de Querétaro, Reformas a
la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos, Reformas al Código Urbano del Estado de
Querétaro, Ley que fija las bases Montos y Plazos,
Ley de Participación Ciudadana, Ley de Derecho a
la Información y la Ley para el Manejo y Tratamien-
to de los Residuos Sólidos.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- El presente acuerdo entrará en
vigor a partir de su aprobación.
SEGUNDO.- Comuníquese por escrito y por
conducto de la Presidencia de la Comisión de Go-
bierno a los presidentes de cada una de las comi-
siones de dictamen para su inmediato cumplimien-
to.
DADO EL RECINTO OFICIAL DEL PODER LE-
GISLATIVO A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES
DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.
ATENTAMENTE
SUFRAGIO EFECTIVO NO REELECCIÓN
MESA DIRECTIVA DE LA LIII LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERETARO

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