Convenio de Coordinación y transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Zacatecas   

Fecha de disposición25 Abril 2008
Fecha de publicación25 Abril 2008
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación y transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Zacatecas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

CONVENIO DE COORDINACION Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE ADELANTE SE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL C. DR. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, CON LA PARTICIPACION DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, LIC. MA. EUGENIA DE LEON-MAY, Y EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), DR. EDUARDO PESQUEIRA VILLEGAS Y POR LA OTRA PARTE EL GOBIERNO DEL ESTADO DE ZACATECAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA, REPRESENTADO POR LA SEÑORA AMALIA D. GARCIA MEDINA, EN SU CALIDAD DE GOBERNADORA DEL ESTADO DE ZACATECAS, ASISTIDO POR LUIS GERARDO ROMO FONSECA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, C.P. JORGE MIRANDA CASTRO, SECRETARIO DE FINANZAS, EL DR. HELADIO G. VERVER Y VARGAS RAMIREZ, DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO, Y LA CONTRALORA INTERNA DEL ESTADO, M. EN A. NORMA JULIETA DEL RIO VENEGAS, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. La Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

II. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) (A o B) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante folio número 2007/12/160/154, de fecha 19 de abril de 2007, emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que la Secretaría de Salud transfiera recursos a “LA ENTIDAD FEDERATIVA, con cargo a su presupuesto autorizado.

III. Que el Gobierno Federal ha establecido como uno de sus programas prioritarios a impulsar en el año 2007 el de Caravanas de la Salud que tiene por objeto acercar la oferta de la red de servicios de salud con criterios de calidad, anticipación, integralidad y resolutividad, mediante equipos itinerantes de salud a la población que habita en microrregiones con bajo índice de desarrollo humano que carecen de atención médica oportuna debido a su ubicación geográfica, dispersión y/o condiciones de acceso, en las cuales resulta muy complejo y en algunos casos imposible el establecimiento en el corto plazo de unidades médicas fijas.

DECLARACIONES

I. Declara LA SECRETARIA:

  1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

  2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general.

  3. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 6o. y 7o. fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, e instruye a la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud para que realice la transferencia a que se refiere el presente Convenio.

  4. Que la Subsecretaría de Administración y Finanzas cuenta con facultades para intervenir en el presente instrumento con fundamento en el artículo 8 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

  5. Que corresponde a la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, diseñar, implantar e instrumentar para la innovación y modernización que fortalezca la oferta de Servicios de Salud, que cubran la demanda y necesidades de la población bajo la rectoría y coordinación de la Secretaría, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

  6. Que para todos los efectos legales derivados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Lieja 7-P.B., Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad de México, D.F.

    II. Declara LA ENTIDAD FEDERATIVA.

  7. Que en los términos de los artículos 40, 43, y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1 y 2 de la particular del Estado, es parte integrante de la Federación Libre y Soberano en todo lo concerniente a su régimen interior.

  8. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través de la Gobernadora del Estado, Amalia D. García Medina, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 72, 73, 74 y 82, fracciones XV y XXVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 2, 3 y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado.

  9. Que asisten a la Titular del Poder Ejecutivo Estatal en la celebración del presente instrumento, los Secretarios General de Gobierno, de Finanzas, la Contralora Interna del Estado y el Director General de los Servicios de Salud del Estado, de conformidad con lo establecido por los artículos 84 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 3, 7, 10, fracciones I, II y XI, 14, 21, 24, fracción II, 25, 33, 35 y 36 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado.

  10. Que para alcanzar los objetivos planteados en el presente instrumento es prioritaria la coordinación estrecha con la Secretaría de Salud Federal para la puesta en marcha del Programa Caravanas de la Salud, conforme el modelo operativo planteado por la Federación, vigilando su cumplimiento y emitiendo los informes tanto de recursos como de productividad, calidad y todos los que sean necesarios a la Secretaría de Salud para hacer de su conocimiento el avance en las metas previstas previamente.

  11. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Av. González Ortega sin número, Centro Histórico, cuidad de Zacatecas, Zacatecas, C.P. 98000.

    En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 de la Ley General de Salud; 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1o. de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en los artículos 1, 2, 72, 73, 74 y 82, fracciones XV y XXVII, 84 y 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; 2, 3, 7, 10, fracciones I, II, y XI, 14, 21, 24, fracción II, 25, 33, 35 y 36, fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a LA ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en los términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a LA ENTIDAD FEDERATIVA realizar gastos en la dignificación de Unidades del Programa Nacional de Caravanas de la Salud en el Estado de Zacatecas, de conformidad con los anexos del presente instrumento, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen LA ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Los recursos...

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