Convenio de Coordinación y transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tamaulipas

Fecha de disposición11 Agosto 2008
Fecha de publicación11 Agosto 2008
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. CONVENIO DE COORDINACION Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. DR. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS CON LA PARTICIPACION DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, LIC. MA. EUGENIA DE LEON-MAY, Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA (DGDIF), ING. ARTURO PEREZ ESTRADA, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR EL ING. EUGENIO JAVIER HERNANDEZ FLORES, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR DEL ESTADO, ASISTIDO POR EL LIC. ANTONIO MARTINEZ TORRES, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; EL C.P. OSCAR ALMARAZ SMER, SECRETARIO DE FINANZAS; EL DR. RODOLFO TORRE CANTU, SECRETARIO DE SALUD, Y EL C.P. ALEJANDRO JIMENEZ RIESTRA, CONTRALOR DEL EJECUTIVO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan.

  2. Que "LA SECRETARIA", cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos de transferencia de recursos en materia del presente Convenio.

    DECLARACIONES

  3. Declara "LA SECRETARIA":

    1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con las atribuciones necesarias para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que tiene entre otras facultades las de establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general.

    3. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 6o. y 7o. fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el Lic. Felipe Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

    4. Que la Subsecretaría de Administración y Finanzas cuenta con la competencia y legitimidad para intervenir en el presente instrumento con fundamento en el artículo 8 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el Lic. Felipe Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.

    5. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), se encuentran las de asesorar y apoyar técnica y normativamente, a los órganos desconcentrados y a los servicios estatales de salud e Institutos Nacionales de Salud en la elaboración de proyectos, ejecución de trabajos relacionados con obras, conservación y mantenimiento, en coordinación con la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, cuando se trate de unidades de atención médica; coordinar y vincular las acciones de obras y conservación

      con unidades del sector salud, a nivel federal y estatal, a fin de unificar criterios normativos en el desarrollo de la infraestructura física en salud; de conformidad con lo establecido en el artículo 22 fracciones X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    6. Que para efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja número 7, 1er., piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, en México, Distrito Federal.

  4. Declara "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación, según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución Política del Estado de Tamaulipas.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del Gobernador de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 91, fracción XXI y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas 7 y 10 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, y demás disposiciones locales aplicables, acreditando la personalidad con que se ostenta mediante Declaratoria de Gobernador Electo del Estado de Tamaulipas, emitida por el Consejo Estatal Electoral, con fecha 8 de diciembre del año dos mil cuatro, publicada en el Periódico Oficial del Estado número 147; mismo que en copia fotostática se adjunta al presente para formar parte integrante de su contexto.

    3. Que de conformidad con los artículos 23, numerales 1, 2, 9 y 13, y 24, 25, 32 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, este Convenio es también suscrito por los secretarios General de Gobierno, de Finanzas, de Salud y por el Contralor del Ejecutivo del Estado, quienes acreditan su cargo mediante los nombramientos expedidos por el Gobernador de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", mismos que en copia fotostática se adjuntan al presente para formar parte integrante de su contexto.

    4. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la coordinación estrecha con la Secretaría de Salud Federal para la Construcción, equipamiento y puesta en operación de catorce Unidades de Especialidades Médicas "UNEMES" en su modalidad de Centros de Atención Primaria en Adicciones "CAPA", ubicadas en los siguientes municipios, 1 en Altamira, 1 en Madero, 1 en Mante, 1 en Hidalgo, 1 en Jaumave, 1 en Matamoros, 1 en Miguel Alemán, 2 en Reynosa, 1 en Río Bravo, 1 en San Fernando, 1 en Soto la Marina, 1 en Tampico y 1 en Valle Hermoso, en el Estado de Tamaulipas.

    En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 26 y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 9 de la Ley General de Salud; 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1o. de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 174 y 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los "Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con recursos presupuestarios federales transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a las demarcaciones territoriales del Distrito Federal", publicados en el Diario Oficial de la Federación el 27 de abril de 2007; así como en los artículos 77, 91 y 95 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas y 7, 10, 23, 24, 25, 32 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" fortalecer su infraestructura de servicios de salud, en particular para el desarrollo de la Infraestructura, equipamiento y puesta en operación de un total de catorce Unidades de Especialidades Médicas "UNEMES" en su modalidad de Centros de Atención Primaria en Adicciones (CAPA), ubicadas en los siguientes municipios: una en Altamira, una en Madero, una en Mante, una en Hidalgo, una en Jaumave, una en Matamoros, una en Miguel Alemán, dos en Reynosa, una en Río Bravo, una en San Fernando, una en Soto la Marina, una en Tampico y una en Valle Hermoso, en el Estado de Tamaulipas, de conformidad con los anexos del presente instrumento, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y el Ejecutivo Federal; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Los recursos que transfiere el Ejecutivo Federal a que se refiere la cláusula segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

    PROGRAMA IMPORTE
    "FORTALECIMIENTO DE OFERTA DE LOS SERVICIOS DE SALUD" Total:
    ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR