Convenio de Coordinación y transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Quintana Roo

Fecha de disposición24 Septiembre 2009
Fecha de publicación24 Septiembre 2009
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. CONVENIO DE COORDINACION Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. DR. JULIO JOSE FRENK MORA, CON LA PARTICIPACION DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, LIC. MA. EUGENIA DE LEON-MAY Y DEL DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA (DGDIF), ING. ARTURO PEREZ ESTRADA, EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), DR. EDUARDO PESQUEIRA VILLEGAS Y POR LA OTRA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUINTANA ROO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL GOBIERNO DE ESTADO", REPRESENTADO POR EL LICENCIADO FELIX ARTURO GONZALEZ CANTO, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR LA SECRETARIA DE GOBIERNO, C. ROSARIO ORTIZ YELADAQUI, EL SECRETARIO DE HACIENDA, LIC. FREDY EFREN MARRUFO MARTIN, EL SECRETARIO DE SALUD DEL ESTADO Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS ESTATALES DE SALUD DE QUINTANA ROO, DR. AMILCAR ROSADO ALAVEZ, Y EL SECRETARIO DE LA CONTRALORIA, C.P. ANTONIO BERNARDO BADUY MOSCOSO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULA SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el contribuir al logro de los objetivos de elevar el nivel de salud de la población y reducir las desigualdades; fortalecer el sistema de salud; el apoyo al mejoramiento de las instalaciones, equipamiento y material de los hospitales, las clínicas y las instituciones de salud en general, así como acciones que transfieran recursos económicos y se canalicen para mejorar los servicios médicos y sanitarios.

  2. Que "LA SECRETARIA", cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos de transferencia de recursos materia del presente Convenio.

    DECLARACIONES

  3. Declara "LA SECRETARIA":

    1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con las atribuciones necesarias para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que tiene entre otras facultades las de establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general.

    3. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 6o. y 7o. fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    4. Que la Subsecretaría de Administración y Finanzas cuenta con facultades para intervenir en el presente instrumento con fundamento en el artículo 8 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    5. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), se encuentran las de asesorar y apoyar técnica y normativamente a los servicios estatales de salud en la elaboración de proyectos, ejecución de trabajos relacionados con obras, conservación y mantenimiento, así como coordinar y vincular las acciones de obras y conservación con unidades del sector salud, a nivel federal y estatal, a fin de unificar criterios normativos en el desarrollo de la infraestructura física en salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 fracciones X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    6. Que corresponde a la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, (DGPLADES), diseñar e instrumentar sistemas y programas que permitan optimizar la asignación de recursos financieros para la atención de la salud, sin perjuicio de las atribuciones que en esta materia tengan otras dependencias, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones II y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

  4. Declara "EL GOBIERNO DEL ESTADO":

    1. Que en términos de los artículos 40, 43, y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación, según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo y por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del Gobernador Constitucional de "EL GOBIERNO DEL ESTADO", quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 90 fracciones XII y XIII, 91 fracciones VI y XIII de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo y 2 y 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, y demás disposiciones aplicables.

    3. Que de conformidad con los artículos 1, 3, 4, 16 y 19 fracciones I, III, VIII y X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Quintana Roo, este Convenio es también suscrito por los Secretarios de Gobierno, de Hacienda, de la Contraloría y de Salud a quienes se designa en este acto, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, para dar seguimiento y evaluación al presente instrumento jurídico, así como para los efectos del ejercicio de las atribuciones y funciones que del mismo se deriven.

    4. En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 9 de la Ley General de Salud; 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1o. de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas; así como en los artículos 10 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano del Estado de Quintana Roo y 3, 11, 27, 30 fracciones I, II, III, XVI, 31, 33, 38 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Publica y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebra el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto transferir recursos federales a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en los términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a "EL GOBIERNO DEL ESTADO" su infraestructura de servicios de salud, en particular para el Fortalecimiento de las Redes de Servicios Esenciales de Salud de conformidad con los anexos del presente instrumento, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "EL GOBIERNO DEL ESTADO" y el Ejecutivo Federal; y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

    Los recursos que transfiere el Ejecutivo Federal a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

    PROGRAMA IMPORTE
    "FORTALECIMIENTO DE REDES DE SERVICIOS ESENCIALES DE SALUD" $5,000.000.00 (Cinco millones de pesos 00/100 M.N.)

    El programa a que se refiere el párrafo anterior se prevé en forma detallada en el Anexo 1, el cual forma parte integrante del presente Instrumento.

    Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo previsto en este Convenio y a los anexos que forman parte integrante del mismo.

    SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las...

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