Convenio de coordinación con el objeto de establecer las bases para la instrumentación del proceso tendiente a la formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación y modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Huimilpan, Qro.

9 de marzo de 2012 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 2897
PODER EJECUTIVO
CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE CON EL OBJETO DE ESTABLECER LAS BASES PARA LA
INSTRUMENTACIÓN DEL PROCESO TENDIENTE A LA FORMULACIÓN, APROBACIÓN, EXPEDICIÓN,
EJECUCIÓN, EVALUACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE ORDENAMIENTO ECOLÓGICO
LOCAL DEL MUNICIPIO DE HUIMILPAN, QUERÉTARO, EN LO SUCESIVO “EL PROGRAMA DE
ORDENAMIENTO” SUSCRIBEN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, EN LO SUCESIVO “LA SEMARNAT”,
REPRESENTADA POR EL DELEGADO FEDERAL EN EL ESTADO DE QUERÉTARO, EL DR. GERARDO
SERRATO ÁNGELES; POR OTRA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE
LE DENOMINARÁ “EL ESTADO”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. ROBERTO LOYOLA
VERA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE GOBIERNO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING.
TONATIUH SALINAS MUÑOZ, SECRETARIO DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y DEL ING. SERGIO
TAPIA MEDINA, SUBSECRETARIO DE MEDIO AMBIENTE; POR OTRA PARTE EL MUNICIPIO DE
HUIMILPAN, QUERÉTARO, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU PRESIDENTE MUNICIPAL, EL LIC.
J. SAÚL AYALA CABRERA Y EL C. JOSÉ BOTELLO CRESPO, EN SU CARÁCTER DE REGIDOR Y
SÍNDICO MUNICIPAL, CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. ARTURO SÁNCHEZ NUÑEZ EN SU
CARÁCTER DE DIRECTOR DE OBRAS PÚBLICAS Y EL ING. JOSÉ FIDENCIO MORENO OLVERA EN SU
CARÁCTER DE DIRECTOR DE DESARROLLO AGROPECUARIO, FORESTAL Y TURISMO, A QUIENES EN
LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ “EL MUNICIPIO”; TODOS ELLOS DENOMINADOS EN LO
SUCESIVO “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y
CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4°, párrafo cuarto, establece que
toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar, aspiración que
el Estado debe materializar y garantizar en beneficio de todos los mexicanos. Asimismo, el artículo 25
determina que el Estado debe garantizar que el desarrollo nacional sea integral y sustentable;
estableciendo en el artículo 26 la competencia del Estado para organizar un sistema de planeación
democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al
crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la
Nación.
II. La Ley de Planeación en su artículo 3, determina que la planeación nacional del desarrollo, consiste en la
ordenación racional y sistemática de acciones que, con base en el ejercicio de las atribuciones del Poder
Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política,
cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como
propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos
que la Constitución Federal y las leyes establecen; por lo cual, las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal deberán planear y conducir sujetándose a los objetivos y prioridades de la
planeación nacional del desarrollo, a fin de cumplir con la obligación del Estado de garantizar que éste
sea integral y sustentable.
III. La misma Ley en sus artículos 33 y 34 faculta al Poder Ejecutivo Federal para convenir con los gobiernos
de las entidades federativas, la coordinación que se requiera para que éstos participen en la planeación
nacional del desarrollo y coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de
los objetivos de la misma.
IV. La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, establece la concurrencia entre la
Federación, los Estados y los Municipios en materia de equilibrio ecológico, protección al ambiente y
ordenamiento ecológico del territorio, la misma Ley determina en el artículo 20 Bis 1 que la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales deberá apoyar técnicamente la formulación y la ejecución de los

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