CONVENIO de Colaboración que celebran, por una parte, el Poder Judicial del Estado de Tamaulipas, a quien en lo sucesivo se le denominará 'PJETAM', y, por la otra, el Poder Judicial del Estado de Nuevo León, a quien en lo sucesivo se le denominará 'PJENL'.

CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "PJETAM", REPRESENTADO EN ESTE ACTO, POR EL LICENCIADO ARMANDO VILLANUEVA MENDOZA, EN SU CARÁCTER DE PRESIDENTE DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO DE TAMAULIPAS Y, POR LA OTRA, EL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "PJENL", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LA LIC. GRACIELA GUADALUPE BUCHANAN ORTEGA, EN SU CARÁCTER DE MAGISTRADA PRESIDENTA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL ESTADO. A QUIENES, DE MANERA CONJUNTA, SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES". INSTRUMENTO QUE SE FORMALIZA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS.

DECLARACIONES:

l. Declara el "PJETAM", por conducto de su representante legal:

I.1. Que conforme a lo previsto en los artículos 101 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, y 2° de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas, es autoridad competente para ejercer la administración e impartición de justicia, a través de la función judicial, en materia del fuero común en dicha entidad y, además, que al Presidente Armando Villanueva Mendoza le corresponde la representación legal del mismo.

I.2. Que al C. Presidente Armando Villanueva Mendoza le fue conferido el carácter con el que aquí comparece por el Pleno del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado, en sesión de fecha 16 dieciséis de Enero de 2013 dos mil trece; lo anterior en términos de los artículos 108 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, en correlación con el diverso 20, fracción X, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas; manifestando además, bajo protesta de decir verdad, que a la fecha no le ha sido revocado ni limitado dicho nombramiento; por lo que, se encuentra en aptitud legal de celebrar el presente acuerdo de voluntades.

I.3. Que el C. Presidente Armando Villanueva Mendoza, se encuentra facultado para celebrar el presente instrumento, en términos de lo dispuesto en el artículo 25, fracción V, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tamaulipas, en relación con el diverso 24, fracción I; habiéndose aprobado el presente convenio de colaboración por el Pleno del H. Consejo de la Judicatura del Estado, con fundamento en el citado numeral, mediante sesión ordinaria de fecha 5 cinco de Junio de 2013 dos mil trece.

I.4. Señala como su domicilio legal para los fines del presente acuerdo, el ubicado en Calles 6 y 7 Ceros Boulevard Praxedis Balboa, entre López Velarde y Díaz Mirón, número 2207, de la Colonia Hidalgo, de Cd. Victoria, Tamaulipas, C.P. 87090.

  1. Declara el "PJENL", por conducto de su representante legal:

    II.1. Que conforme a lo previsto en los artículos 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nuevo León y 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Nuevo León, es autoridad competente para ejercer la administración e impartición de justicia, a través de la función judicial, en materia del fuero común en dicha entidad y, además, que en términos del citado numeral constitucional, el Presidente del Tribunal Superior de Justicia también lo será del Consejo de la Judicatura y, acorde con el artículo 93, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, al Presidente del Consejo de la Judicatura le corresponde la representación legal del mismo.

  2. 2. Que a la C. Presidenta del H. Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado, Lic. Graciela Guadalupe Buchanan Ortega, le fue conferido el carácter con el que aquí comparece por el Pleno del H. Tribunal Superior de Justicia del Estado, en sesión de fecha 1 de agosto de 2011. Lo anterior, en términos de los artículos 94, párrafos sexto y octavo, de la Constitución Política del Estado Libre y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR