Convenio para el otorgamiento de un subsidio para el fortalecimiento del sistema penitenciario, que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Gobierno del Distrito Federal

Fecha de disposición12 Octubre 2011
Fecha de publicación12 Octubre 2011
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO para el otorgamiento de un subsidio para el fortalecimiento del sistema penitenciario, que celebran la Secretaría de Seguridad Pública y el Gobierno del Distrito Federal. CONVENIO PARA EL OTORGAMIENTO DE UN SUBSIDIO QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL INGENIERO GENARO GARCIA LUNA, ASISTIDO POR EL OFICIAL MAYOR, EL LICENCIADO SERGIO MONTAÑO FERNANDEZ; CON LA PARTICIPACION DEL MAESTRO JOSE PATRICIO PATIÑO ARIAS, SUBSECRETARIO DEL SISTEMA PENITENCIARIO FEDERAL DE LA SECRETARIA DE SEGURIDAD PUBLICA, EN ADELANTE "LA SUBSECRETARIA"; POR EL DOCTOR Y GENERAL EDUARDO ENRIQUE GOMEZ GARCIA, COMISIONADO DEL ORGANO ADMINISTRATIVO DESCONCENTRADO PREVENCION Y READAPTACION SOCIAL, EN ADELANTE "OADPRS"; POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL, EN LO SUCESIVO DENOMINADO "EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL" REPRESENTADO, EN ESTE ACTO, POR EL LICENCIADO JOSE ANGEL AVILA PEREZ, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL LICENCIADO ARMANDO LOPEZ CARDENAS, SECRETARIO DE FINANZAS, Y LA LICENCIADA CELINA OSEGUERA PARRA, SUBSECRETARIA DEL SISTEMA PENITENCIARIO DEL DISTRITO FEDERAL Y EL LICENCIADO FIDEL ALONSO CEVALLOS, DIRECTOR EJECUTIVO DE SEGURIDAD PENITENCIARIA; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES
  1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 21, párrafo noveno, que la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en las respectivas competencias que la misma señala. II. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de mayo de 2007, establece los cinco ejes de la política sobre los que se articula dicho Plan, entre los que se encuentra el de "Estado de Derecho y Seguridad" cuyo objetivo 13, "Seguridad Pública" menciona que el primer deber del Estado, e incluso la justificación misma que el Estado tiene para reservarse el monopolio de la fuerza, es salvaguardar la seguridad pública y la integridad de los ciudadanos. La ley y las instituciones no pueden quedar rebasadas por el fenómeno delictivo. Es deber del Gobierno Federal actuar eficazmente y sin titubeos para brindar la seguridad que demandan los mexicanos. III. De conformidad con los artículos 74 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autoriza la ministración de los subsidios que con cargo a los presupuestos de las dependencias se otorguen los cuales deben sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad, oportunidad y temporalidad. IV. Por su parte el Programa General de Desarrollo del Gobierno del Distrito Federal 2007-2012, tiene como estrategias acometer frontalmente a la delincuencia, de manera sistemática y eficaz, disuadiendo la comisión de delitos, aumentando sus costos y reduciendo sus ganancias, mediante un nuevo modelo de investigación que aumente significativamente el número de delincuentes capturados, consignados, sentenciados y sancionados con penas adecuadas al tipo de delito cometido. El combate al crimen organizado tendrá una política de inteligencia mediante el análisis y consolidación de la información fiscal, financiera y patrimonial, para localizar rutas de dinero, prevenir el lavado de dinero, así como realizar el decomiso de instrumentos, objetos y productos del delito. La implementación de un nuevo modelo de readaptación social con perspectiva de género, en el que las instalaciones penitenciarias efectivamente permitan que los sentenciados cumplan sus penas en condiciones humanas, de trabajo y estudio, que les concedan reintegrarse positivamente a la sociedad, para evitar su reincidencia. V. En la segunda Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario celebrada el 29 de octubre de 2009, se tomó el acuerdo número 4 en materia de inhibidores de señal de radiofrecuencia en los penales del país, en el sentido de que tanto el Gobierno Federal como cada Entidad Federativa y el Distrito Federal gestionarían recursos para el cumplimiento de las metas de este programa entre 2010 y 2011 VI. "LA SECRETARIA" cuenta con la disponibilidad presupuestaria para hacer frente a los compromisos de otorgamiento de los subsidios materia del presente convenio. VII. Los recursos otorgados a "EL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL" por medio del presente instrumento, tienen como objetivo el fortalecimiento del sistema penitenciario. DECLARACIONES

  2. De "LA SECRETARIA" 1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 26 y 30 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal a la cual le corresponde, entre otras funciones, desarrollar las políticas de seguridad y proponer la política criminal en el ámbito federal que comprenda las normas, instrumentos y acciones para prevenir de manera eficaz la comisión de delitos. 2. Que el C. Ingeniero Genaro García Luna fue designado Secretario de Seguridad Pública, mediante nombramiento de fecha 1 de diciembre de 2006, expedido por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos. 3. Que el Secretario de Seguridad Pública está facultado para suscribir el presente instrumento, conforme a los artículos 30 bis, fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 7 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública. 4. Que el Oficial Mayor de acuerdo con el artículo 14, fracción XIV y XXXI del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública cuenta con facultades para suscribir el presente convenio. 5. Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 12, fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, corresponde a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario Federal proponer políticas estrategias y programas que garanticen el adecuado funcionamiento del sistema penitenciario. 6. Que el Mtro. José Patricio Patiño Arias, fue designado Subsecretario del Sistema Penitenciario Federal mediante nombramiento expedido por el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos de fecha 1 de marzo de 2008. 7. Que conforme al acuerdo 04/2010 del Secretario de Seguridad Pública, por el que se adscriben orgánicamente las unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría de Seguridad Pública, el "OADPRS" está adscrito a la Subsecretaría del Sistema Penitenciario Federal. 8. Que el "OADPRS" es un Organo Administrativo Desconcentrado de "LA SECRETARIA", con autonomía técnica y operativa, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 3, fracción XXIX, inciso c); 39, fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública, y 1 del Reglamento del Organo Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social. 9. Que el Dr. y Gral. Eduardo Enrique Gómez García, fue nombrado Comisionado del "OADPRS" de "LA SECRETARIA", por el C. Secretario de Seguridad...

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