Convenio de Coordinación y transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Durango, que tiene por objeto transferir recursos presupuestarios federales que permitan realizar gastos en la dignificación de unidades del Programa Nacional de Caravanas de la Salud en la entidad

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EmisorSecretaría de Salud

CONVENIO de Coordinación y transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Durango, que tiene por objeto transferir recursos presupuestarios federales que permitan realizar gastos en la dignificación de unidades del Programa Nacional de Caravanas de la Salud en la entidad. CONVENIO DE COORDINACION Y TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE ADELANTE SE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL DR. JOSE ANGEL CORDOVA VILLALOBOS, CON LA PARTICIPACION DE LA SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, LIC. MA. EUGENIA DE LEON-MAY; Y EL DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES), DR. EDUARDO PESQUEIRA VILLEGAS Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, C.P. ISMAEL ALFREDO HERNANDEZ DERAS, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. OLIVERIO REZA CUELLAR, EL SECRETARIO DE FINANZAS Y DE ADMINISTRACION, C.P. CARLOS EMILIO CONTRERAS GALINDO, LA SECRETARIA DE SALUD DEL ESTADO Y DIRECTORA GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE DURANGO, DRA. ELVIA ENGRACIA PATRICIA HERRERA GUTIERREZ Y LA SECRETARIA DE LA CONTRALORIA Y MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, C.P. MARIA DE LOURDES NEVAREZ HERRERA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83, segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. La Dirección General de Programación y Presupuesto (DGPyP) (A o B) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante folio número 2007-12-160-154 de fecha 19 de abril de 2007 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que la Secretaría de Salud transfiera recursos a "LA ENTIDAD FEDERATIVA", con cargo a su presupuesto autorizado.

  3. Que el Gobierno Federal ha establecido como uno de sus programas prioritarios a impulsar en el año 2007 el de "Caravanas de la Salud" que tiene por objeto acercar la oferta de la red de servicios de salud con criterios de calidad, anticipación, integralidad y resolutividad, mediante equipos itinerantes de salud a la población que habita en microrregiones con bajo índice de desarrollo humano que carecen de atención médica oportuna debido a su ubicación geográfica, dispersión y/o condiciones de acceso, en las cuales resulta muy complejo y en algunos casos imposible el establecimiento en el corto plazo de unidades médicas fijas.

    DECLARACIONES

  4. Declara "LA SECRETARIA":

    1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que en el ámbito de su competencia le corresponde establecer y conducir la política nacional en materia de asistencia social, servicios médicos y salubridad general.

    3. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 6o. y 7o. fracción XXII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, e instruye a la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud para que realice la transferencia a que se refiere el presente Convenio.

    4. Que la Subsecretaría de Administración y Finanzas cuenta con facultades para intervenir en el presente Instrumento con fundamento en el artículo 8 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    5. Que corresponde a la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud, diseñar, implantar e instrumentar para la innovación y modernización que fortalezca la oferta de Servicios de Salud, que cubran la demanda y necesidades de la población bajo la rectoría y coordinación de la Secretaría, de

      conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I y III del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    6. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Lieja 7-PB, Col. Juárez, Delegación Cuauhtémoc, en esta Ciudad de México, D.F.

  5. Declara "LA ENTIDAD FEDERATIVA":

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 73 fracción I de la Constitución Política del Estado de Durango, es un Estado Libre y Soberano, integrante de la Federación.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio, a través del Gobernador de "LA ENTIDAD FEDERATIVA", quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 70 fracción XXX de la Constitución Política del Estado de Durango; y 9 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango y demás disposiciones locales aplicables.

    3. Que de conformidad con los artículos 73 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango y 29 fracción XXXVII, 30 fracción LX, 34 fracción XXIII y 36 fracción XXXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Durango y 28 fracción I y IX de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Durango, este Convenio es también suscrito por los Secretarios General de Gobierno, de Finanzas y de Administración, de Salud y de la Contraloría y Modernización Administrativa.

      Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son coordinación estrecha con la Secretaría de Salud Federal para la puesta en marcha del Programa Caravanas de la Salud, conforme el modelo operativo planteado por la Federación, vigilando su cumplimiento y emitiendo los informes tanto de recursos como de productividad, calidad y todos los que sean necesarios a la Secretaría de Salud para hacer de su conocimiento el avance en las metas previstas previamente.

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Cuauhtémoc No. 225 Nte., C.P. 34000, Zona Centro, Durango, Dgo.

      En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 de la Ley General de Salud; 1o. de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1o. de la Ley de Obras y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 223, 224, 225 y 226 de su Reglamento, así como en el artículo 13 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Durango y 9, 28 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública y demás disposiciones jurídicas aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

      CLAUSULAS

      PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en los términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" realizar gastos en la dignificación de Unidades del Programa Nacional de Caravanas de la Salud en el Estado de Durango, de conformidad con los anexos del presente Instrumento, en los que se describen: la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen "LA ENTIDAD FEDERATIVA" y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

      Los recursos que transfiere el Ejecutivo Federal a que se refiere la Cláusula Segunda del presente Convenio, se aplicarán al programa y hasta por los importes que a continuación se mencionan:

      PROGRAMA IMPORTE
      "PROGRAMA NACIONAL DE CARAVANAS DE LA SALUD" $1,830,000.00 (UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA MIL PESOS 00/100 M.N.)

      La dignificación de unidades del programa a que se refiere el párrafo anterior se especifica en forma detallada en el Anexo 1, el cual forma parte integrante del presente Instrumento.

      Con el objeto de asegurar la aplicación y efectividad del presente Convenio, las partes se sujetarán a lo previsto en el mismo y sus correspondientes anexos, a los "Lineamientos para el ejercicio eficaz transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a las entidades federativas mediante convenios en materia de reasignación de recursos", así como a las demás disposiciones jurídicas aplicables.

      SEGUNDA.- TRANSFERENCIA.- Para la realización de las acciones objeto del presente Convenio, el Ejecutivo Federal transferirá a "LA ENTIDAD FEDERATIVA" recursos presupuestarios federales hasta por la cantidad de $1,830,000.00 (un millón ochocientos treinta mil pesos 00/100 M.N.) con cargo al presupuesto de "LA SECRETARIA", de acuerdo con los plazos y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 de...

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