Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Chiapas

Fecha de disposición10 Julio 2012
Fecha de publicación10 Julio 2012
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE TURISMO
SecciónCUARTA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Chiapas. CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE RECURSOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA LA "SECTUR", REPRESENTADA POR SU TITULAR, MTRA. GLORIA R. GUEVARA MANZO, CON LA INTERVENCION DEL SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, LIC. FERNANDO OLIVERA ROCHA Y DEL COORDINADOR DE LOS PROGRAMAS DE CENTROS DE PLAYAS Y EN EL CORAZON DE MEXICO, LIC. MARTE MOLINA GARIBALDI, EN SUPLENCIA DE LA AUSENCIA DEL DIRECTOR GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES; Y POR LA OTRA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE CHIAPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. JUAN SABINES GUERRERO, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, NOE CASTAÑON LEON, EL SECRETARIO DE HACIENDA, CARLOS JAIR JIMENEZ BOLAÑOS CACHO, EL SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, ALFONSO FONG DUBON, LA SECRETARIA DE TURISMO, SUSANA DEL PILAR UTRILLA GONZALEZ Y POR EL SECRETARIO DE LA FUNCION PUBLICA, CESAR AUGUSTO CORZO VELASCO; CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83 segundo párrafo, que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. El presente Convenio está sujeto y quedará condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria que emita la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial "B" de la SHCP (en lo sucesivo DGPyP "B"), para que la SECTUR reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado, por lo que en su oportunidad se anexará fotocopia del oficio correspondiente, para que forme parte integrante de este Convenio.

    DECLARACIONES

  3. De la SECTUR:

    I.1 Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal, que cuenta con la competencia necesaria para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; y 4 de la Ley General de Turismo.

    I.2 Que en el ámbito de su competencia le corresponde formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional; coordinar las acciones que lleven a cabo el Ejecutivo Federal, los Estados, Municipios y el Distrito Federal, en su caso; en el ámbito de sus respectivas competencias, para el desarrollo turístico del país, mismas que estarán sujetas a la disponibilidad de los recursos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación.

    I.3 Que la Secretaria de Turismo, Mtra. Gloria R. Guevara Manzo, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 5 fracciones XVI y XVIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.

    I.4 Que el Subsecretario de Operación Turística, Lic. Fernando Olivera Rocha, cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 6 fracción VI, VIII y X, y 7 fracciones I, IV y VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.

    I.5 Que el Coordinador de los Programas de Centros de Playas y en el Corazón de México, Lic. Marte Molina Garibaldi, comparece a este acto en suplencia de la ausencia del Director General de Programas Regionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, por lo que cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 12 fracción X, y 16 fracciones III, IV y V del Reglamento antes citado.

    I.6 Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Av. Presidente Masaryk número 172, colonia Bosques de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, código postal 11580, México, D.F.

  4. De la ENTIDAD FEDERATIVA:

    II.1 Que en términos de los artículos 40, 43, 115 y 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 y 2, de la Constitución Política del Estado de Chiapas; es parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, con libertad y soberanía en lo concerniente a su régimen interior.

    II.2 Que el Poder Ejecutivo del Estado es un órgano del poder público, que conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Chiapas, en términos de lo prescrito en el artículo 16 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas.

    II.3 Que concurre a la celebración del presente convenio a través del Gobernador de la Entidad Federativa, quien se encuentra facultado para ello, en términos de lo establecido en los artículos: 44, y demás correlativos de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 5 y 6, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; y demás disposiciones aplicables.

    II.4 Que de conformidad con lo dispuesto en el párrafo primero del artículo 45 de la Constitución Política del Estado de Chiapas, este convenio es también suscrito por los secretario: General de Gobierno; de Hacienda; de la Función Pública; de Infraestructura y de Turismo; quienes se encuentran facultados para suscribir el presente instrumento en términos de lo prescrito en los artículos 10, 12 fracción II, 20, 27 fracciones I, II, III, V, X, así como el 28, 29, 30, 32, y 36, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, y demás disposiciones aplicables.

    II.5 Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son: que con la ejecución de los proyectos materia del presente convenio se fortalezca la infraestructura de los diversos destinos turísticos del Estado, lo que permitirá incrementar la afluencia de visitantes nacionales y extranjeros, una mayor derrama económica y la generación de empleos.

    II.6 Que para todos los efectos legales relacionados con este convenio señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, primer piso, código postal 29000, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

  5. De la SECRETARIA DE TURISMO DEL ESTADO DE CHIAPAS:

    III.1 Que es parte del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas, como Organo del Poder Público, que conforma y constituye parte integrante del Gobierno del Estado de Chiapas, en términos de lo prescrito en la Constitución Política del Estado de Chiapas.

    III.2 Que es una Dependencia del Ejecutivo del Estado, en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública de la Entidad, y que dentro de sus diversos objetivos se encuentra desarrollar los recursos turísticos, ayudando a preservar el equilibrio ecológico y a integrar a las actividades del sector a las organizaciones sociales y privadas.

    III.3 Que la Lic. Susana del Pilar Utrilla González, acredita su personalidad como Titular, con el nombramiento emitido por el Titular del Ejecutivo del Estado de Chiapas, de fecha 1 de marzo de 2012, como Secretaria de Turismo, por lo que tiene facultades para suscribir el presente Convenio, de conformidad con lo establecido por los artículos 45 de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 20, 27 fracción X, y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.

    III.4 Que celebra el presente convenio en los términos del Código de la Hacienda Pública del Estado de Chiapas y demás disposiciones jurídicas aplicables.

    III.5 Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son: que con la ejecución de los proyectos materia del presente convenio se fortalezca los diversos destinos del Estado, lo que permitirá incrementar la afluencia de visitantes nacionales y extranjeros, una mayor derrama económica y la generación de empleos.

    III.6 Que su domicilio para los efectos legales del presente convenio, se ubica en Boulevard Andrés Serra Rojas número 1090, Edificio "Torre Chiapas" nivel 5, paso Limón, código postal 29045, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 40, 43, 90 y 116, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 42, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 5, 16, 22, 37, 38 y 39, de la Ley General de Turismo; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 82 y 83, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; y 223, 224, 225 y 226, de su Reglamento; así como en los artículos 1, 2, 44 y 45 párrafo primero de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 10, 12 fracción II, 20, 27 fracciones I, II, III, V, X, así como el 28, 29, 30, 32 y 36, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas y demás disposiciones jurídicas aplicables; las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio y los anexos que forman parte integrante del mismo, tienen por objeto transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA, para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de desarrollo turístico; reasignar a aquélla la ejecución de programas o proyectos federales; determinar las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA...

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