Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Querétaro Arteaga
Fecha de disposición | 23 Mayo 2006 |
Fecha de publicación | 23 Mayo 2006 |
Emisor | SECRETARIA DE TURISMO |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CONVENIO de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Querétaro Arteaga.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.
CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA “SECTUR”, REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. RODOLFO ELIZONDO TORRES, CON LA INTERVENCION CONJUNTA DEL SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, LIC. FRANCISCO MADRID FLORES, Y DEL DIRECTOR GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES, EL LIC. JUAN CARLOS ARNAU AVILA; Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE QUERETARO ARTEAGA AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADO POR EL LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRON, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, Y ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. JOSE ALFREDO BOTELLO MONTES, EL SECRETARIO DE PLANEACION Y FINANZAS, ING. JUAN MANUEL ALCOCER GAMBA, LA SECRETARIA DE TURISMO, LIC. ESTHER CARBONEY ECHAVE, Y EL SECRETARIO DE LA CONTRALORIA, LIC. RICARDO DEL RIO TREJO, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
-
Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el de contribuir al logro de los objetivos sectoriales de turismo.
-
El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006, dispone en su artículo 16 segundo párrafo que las dependencias o entidades que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al convenio modelo emitido por las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.
-
Asimismo, el Decreto invocado dispone que los convenios a que se refiere el párrafo anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades y de la respectiva dependencia coordinadora de sector, con los gobiernos de las entidades federativas.
-
El presente convenio está sujeto y quedará condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaría que emita la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial “B” de la SHCP, en lo sucesivo DGPyP “B”, para que SECTUR reasigne recursos a la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado, por lo que en su oportunidad se anexará una fotocopia del oficio correspondiente para que forme parte integrante de este convenio.
DECLARACIONES
-
Declara la SECTUR que:
I.1 Es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con las atribuciones necesarias para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
I.2 Tiene entre otras facultades las de formular y conducir la política de desarrollo de la actividad turística nacional; determinar los mecanismos necesarios para la creación, conservación, mejoramiento, protección, promoción y aprovechamiento de los recursos y atractivos turísticos nacionales, preservando el equilibrio ecológico y social de los lugares de que se trate; así como fortalecer el patrimonio histórico y cultural de cada región del país.
I.3 Su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 4 y 5 fracciones XVI y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
I.4 El Subsecretario de Operación Turística interviene en la suscripción de este Convenio, de conformidad con lo previsto en los artículos 6 fracciones VI, VIII y X y 7 fracciones I, IV y VI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
I.5 El Director General de Programas Regionales, interviene en la firma del presente instrumento jurídico, conforme a lo dispuesto en los artículos 12 fracción X y 16 fracciones III, IV y V del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo.
-
Declara la ENTIDAD FEDERATIVA que:
II.1 En términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución Política del Estado de Querétaro y por la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Querétaro.
II.2 Concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en los artículos 5 y 57 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Querétaro y 20 último párrafo de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Querétaro y demás disposiciones locales aplicables.
II.3 De conformidad con los artículos 6, 13 y 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Querétaro, este Convenio es también suscrito por los Secretarios de Gobierno, de Planeación y Finanzas, de Turismo y por el de la Contraloría.
En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 2, 8, 9, 17, 18, 20 y 21 de la Ley Federal de Turismo; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 14 y 16 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2006; así como en los artículos 5 y 57 fracción XII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Querétaro y el artículo 19 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Querétaro, y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:
CLAUSULAS
PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio, y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto reasignar recursos federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal en materia de promoción y desarrollo turístico, transferir a aquélla responsabilidades; determinar la aportación de la ENTIDAD FEDERATIVA para el ejercicio fiscal 2006; la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba