Convenio de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Coahuila

Fecha de disposición23 Diciembre 2004
Fecha de publicación23 Diciembre 2004
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación y reasignación de recursos que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Coahuila.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA SCT , REPRESENTADA POR SU TITULAR, PEDRO CERISOLA Y WEBER, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA ENTIDAD FEDERATIVA , REPRESENTADO POR EL C. ENRIQUE MARTINEZ Y MARTINEZ, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, Y ASISTIDO POR LOS CC. JOSE JESUS RAUL SIFUENTES GUERRERO, SECRETARIO DE GOBIERNO, JAVIER GUERRERO GARCIA, SECRETARIO DE FINANZAS, JORGE A. VIESCA MARTINEZ, SECRETARIO DE URBANISMO Y OBRAS PUBLICAS, IGNACIO DIEGO MUÑOZ, SECRETARIO DE PLANEACION Y DESARROLLO Y MARIA INES GARZA ORTA, SECRETARIA DE LA CONTRALORIA Y MODERNIZACION ADMINISTRATIVA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y LAS CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

l. Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el de contribuir al logro de los objetivos sectoriales de comunicaciones y transportes.

  1. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004, dispone en su artículo 14 que las dependencias y entidades que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al convenio modelo que emitan las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública, y obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  2. Asimismo, el Decreto invocado dispone que los convenios a que se refiere el párrafo anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades y de la respectiva dependencia coordinadora de sector con los gobiernos de las entidades federativas.

  3. La Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial B de la SHCP mediante oficio 312.-000111 de fecha 14 de octubre de 2004 emitió su dictamen de suficiencia presupuestaria para que la SCT reasigne recursos a LA ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.

    DECLARACIONES

    l. Declara la SCT :

    1. Que es una dependencia del Poder Ejecutivo Federal que cuenta con las atribuciones necesarias para celebrar este Convenio, de conformidad con lo señalado en los artículos 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    2. Que tiene entre otras facultades las de formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo del transporte y las comunicaciones de acuerdo a las necesidades del país; así como construir y conservar caminos y puentes, en cooperación con los gobiernos de las entidades federativas, con los municipios y los particulares, de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    3. Que su titular tiene las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en el artículo 4o. del Reglamento Interior de la SCT .

  4. Declara LA ENTIDAD FEDERATIVA :

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, es un Estado Libre y Soberano, que forma parte integrante de la Federación según los principios de la Ley Fundamental y lo establecido por la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y por la Ley Orgánica de la Administración Pública de Coahuila de Zaragoza.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de LA ENTIDAD FEDERATIVA , quien se encuentra facultado para ello en términos de lo establecido en el artículo 82 fracción V de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y 8 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de Coahuila de Zaragoza y demás disposiciones locales aplicables.

    3. Que de conformidad con los artículos 24 fracción X, 25 fracción XLVII, 26 fracción VII, 31 fracción IV y 33 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública de Coahuila de Zaragoza, este Convenio es también suscrito por los secretarios de Gobierno, de Finanzas, de Urbanismo y Obras Públicas, de Planeación y Desarrollo y por la Secretaria de Contraloría y Modernización Administrativa.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 26 y 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33 y 44 de la Ley de Planeación; 5o. y 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 1 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; 1 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas; 14 y décimo noveno transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2004; así como en los artículos 1, 75, 82 fracción V y 86 de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza y los artículos 3, 17, 18, 24, 25, 31 y 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública de Coahuila de Zaragoza, y demás disposiciones legales aplicables, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

    CLAUSULAS

    PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio, y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto reasignar recursos federales a...

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