Convenio de colaboración administrativa que celebra el Estado de Querétaro con el municipio de Pedro Escobedo, Qro., para el cobro de multas impuestas por autoridades administrativas federales no fiscales.

23 de agosto de 2013 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 8745
PODER EJECUTIVO
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ESTADO DE QUERÉTARO,
REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL LIC. JORGE LÓPEZ PORTILLO TOSTADO, SECRETARIO DE
GOBIERNO DEL PODER EJECUTIVO, CON LA PARTICIPACIÓN DEL ING. GERMÁN GIORDANO
BONILLA, SECRETARIO DE PLANEACIÓN Y FINANZAS DEL PODER EJECUTIVO, EN LO SUCESIVO “EL
ESTADO” Y POR LA OTRA EL MUNICIPIO DE PEDRO ESCOBEDO, QRO., REPRESENTADO EN ESTE
ACTO POR LA C. T.S. GRACIELA JUAREZ MONTES, PRESIDENTE MUNICIPAL, CON LA
PARTICIPACIÓN, DEL SINDICO MUNICIPAL EL C. ING. LUIS ARTURO LOPEZ MENDOZA, ENCARGADA
DE LAS FINANZAS MUNICIPALES LA C. C.P. AIDEE VERONICA CORONA GARCIA, SECRETARIO DEL H.
AYUNTAMIENTO EL C. LIC. GILBERTO FAUSTO QUIROZ, EN LO SUCESIVO “EL MUNICIPIO”, A
QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, DE CONFORMIDAD CON
LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
A N T E C E D E N T E S
I. En fecha 04 de diciembre de 2008, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Convenio de
Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado entre el Gobierno Federal por
conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Querétaro, habiéndose
publicado también en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro “La Sombra de Arteaga”
el 02 de enero de 2009.
II. Conforme a lo dispuesto por la fracción IX de la Cláusula Segunda del citado Convenio, el Estado y la
Federación, han acordado coordinarse en materia de las multas impuestas por autoridades federales
no fiscales, asumiendo el Estado las facultades previstas en la Cláusula Décima Quinta del referido
instrumento.
III. Asimismo, a través de la mencionada Cláusula Décima Quinta, el Estado convino con la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, que ejercerá a través de las autoridades fiscales municipales, cuando a
lo acuerden expresamente y el convenio respectivo sea publicado en el órgano de difusión oficial de la
entidad, las facultades que en dicha cláusula se establecen.
D E C L A R A C I O N E S
III. “EL ESTADO”, DECLARA QUE:
I.1. De conformidad con lo estipulado en los artículos 40, 42, 43 y 115, primer párrafo de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1, 7, primer párrafo y 10 de la Constitución
Política del Estado de Querétaro, es libre y autónomo en lo que se refiere su régimen interno, teniendo
como base de su organización territorial, política y administrativa el Municipio Libre.
I.2. Quienes suscriben el presente, cuentan con las facultades necesarias para celebrarlo de acuerdo
a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley de Coordinación Fiscal, Cláusula Décima Quinta del
Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, celebrado entre el Gobierno
Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Querétaro y en
los artículos 5, 6, 19, fracciones I y II, y 22 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del
Estado de Querétaro.

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