Convenio de Colaboración para promover la coordinación de esfuerzos a favor del trabajo decente, la inclusión laboral y el respeto a los derechos humanos de las y los trabajadores, que suscriben la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Coahuila de Zaragoza

Fecha de disposición22 Julio 2013
Fecha de publicación22 Julio 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Colaboración para promover la coordinación de esfuerzos a favor del trabajo decente, la inclusión laboral y el respeto a los derechos humanos de las y los trabajadores, que suscriben la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Coahuila de Zaragoza. CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA PROMOVER LA COORDINACIÓN DE ESFUERZOS A FAVOR DEL TRABAJO DECENTE, LA INCLUSIÓN LABORAL Y EL RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS DE LAS Y LOS TRABAJADORES, QUE SUSCRIBEN, POR UNA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, RUBÉN IGNACIO MOREIRA VALDEZ, ASISTIDO POR LA SECRETARIA DEL TRABAJO, FELÍCITAS MARGARITA MOLINA DUQUE, Y LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, SONIA VILLARREAL PÉREZ, A QUIENES EN ADELANTE SE LES DENOMINARÁ "EL ESTADO"; Y POR OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE INCLUSIÓN LABORAL, MTRO. IGNACIO RUBÍ SALAZAR, ASISTIDO POR LA DIRECTORA GENERAL PARA LA IGUALDAD LABORAL, LIC. SILVIA FERNÁNDEZ MARTÍNEZ, A QUIEN EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "STPS"; Y CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. En el marco de las disposiciones del Pacto por México, en el Compromiso 74. "Implantar un Plan Nacional de Prevención y Participación Comunitaria", se señala que se implementarán acciones focalizadas a los municipios con más violencia del país, estableciéndose para ello un nuevo sistema de seguridad social universal; programas de combate a la pobreza; el programa de empleo para jóvenes, entre otras; y como consecuencia de lo anterior, en el Compromiso 26. "Reformas en las Constituciones de los estados y del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal", se establece que se llevará a cabo la adecuación de los ordenamientos locales para que sean consistentes con la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación en junio del año 2011, en materia de derechos humanos.

  2. La desigualdad y discriminación por cuestión de género, edad, discapacidad física y psicomotriz, religión, orientación sexual, origen étnico o nacional, condición social, de salud y de estado civil, siguen representado situaciones inaceptables en el mercado laboral.

  3. La accesibilidad y/o permanencia en el empleo debe ser una política pública ejecutada por todas las instancias gubernamentales y en la iniciativa privada, con el objeto de lograr una igualdad de oportunidades para todas las personas.

  4. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el Título Primero, Capítulo I. De los Derechos Humanos y sus Garantías, establece que el Estado Mexicano deberá garantizar el goce de los derechos fundamentales sin discriminación alguna y de manera inmediata, adoptando las medidas apropiadas para tal efecto en todos los órdenes de Gobierno, por...

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