Convenio de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Productividad, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Ayuntamiento Municipal de Chilón y el Estado de Chiapas   

Fecha de disposición09 Mayo 2008
Fecha de publicación09 Mayo 2008
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

CONVENIO de Coordinación para la ejecución del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Productividad, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, el Ayuntamiento Municipal de Chilón y el Estado de Chiapas.

CONVENIO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE COORDINACION PARA EL APOYO A LA PRODUCTIVIDAD, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, REPRESENTADA POR EL C. PROFESOR JESUS CARIDAD AGUILAR MUÑOZ, EN SU CARACTER DE DELEGADO EN EL ESTADO DE CHIAPAS, EN LO SUCESIVO LA COMISION; EL H. AYUNTAMIENTO MUNICIPAL DE CHILON, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. PROFESOR SEBASTIAN HERNANDEZ ALVAREZ, PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE CHILON, EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL MUNICIPIO; Y EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL C. I.A.Z. SERGIO ERNESTO GUTIERREZ VILLANUEVA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DEL CAMPO Y PRESIDENTE DEL H. COMITE TECNICO DEL FIDEICOMISO FONDO DE FOMENTO AGROPECUARIO DEL ESTADO DE CHIAPAS (FOFAE), A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA LA SECAM; Y QUIENES DE MANERA CONJUNTA SERAN REFERIDAS COMO LAS PARTES, MISMOS QUE LO SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

El artículo 2o. Apartado B de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece la obligación para la Federación, los estados y los municipios, de impulsar el desarrollo integral de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de Gobierno.

Uno de los grandes retos para el desarrollo de los pueblos indígenas, es articular el crecimiento económico con el desarrollo social y que los recursos destinados a promover su desarrollo integral, asignados al Ejecutivo Federal, a los gobiernos estatales y municipales, sean distribuidos y ejercidos con un criterio más amplio al de costo-beneficio que ha incidido en la falta de atención a las necesidades y demanda de la población indígena.

Con fecha 22 de noviembre de 2006 la Junta de Gobierno de LA COMISION aprobó en términos del artículo 9 fracción IX de su Ley, los programas a ejecutarse por parte de ésta durante el presente ejercicio fiscal.

El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, de fecha 28 de diciembre de 2006, establece en su artículo 25, que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación, son aquellos enunciados dentro de su Anexo 17, considerándose dentro de ese documento a los programas de LA COMISION.

El artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de EL PROCAP, deberán sujetarse a LAS REGLAS DE OPERACION DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, en adelante “LAS REGLAS DE OPERACION DE LA COMISION que establecen los requisitos, criterios e indicadores que lo regulan.

En este contexto, la Presidencia de la República, de acuerdo al programa actual de los 100 x 100, a través de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), les da atención preferente a 100 municipios considerados de muy alta marginación y pobreza, de los cuales 16 se apoyarán con la suscripción de este Convenio, entre los que se encuentran, Ocotepec, Aldama, Chalchihuitán, Chamula, Chanal, Chenalhó, Mitontic, Pantelhó, San Juan Cancuc, Santiago el Pinar, Zinacantán, Francisco León, Pantepec, San Andrés Duraznal, Chilón y Sitalá.

Con fecha 18 de abril de 2007, el Poder Ejecutivo Federal y el Ejecutivo del Estado, suscribieron un Convenio de Coordinación para el Desarrollo Rural Sustentable, con el objeto de realizar acciones conjuntas en torno al Programa Federalizado Alianza para el Campo y se estableció la coordinación de ambos niveles de gobierno para su realización.

La alianza se funda con la convicción de recuperar la rentabilidad para el campo como un imperativo de estrategia económica y sobre todo de justicia y equidad, parte de la base de que debe existir en una corresponsabilidad entre el Gobierno Federal, los gobiernos de los estados, las organizaciones de productores agropecuarios y los productores; asume en consecuencia, que el desarrollo rural que requiere la Nación debe darse en el marco de un nuevo federalismo para solucionar los problemas que lo restringen.

El Plan de Desarrollo Municipal 2005-2007, considera fortalecer de manera efectiva la autonomía y la democracia municipal descentralizando funciones, ampliando atribuciones al H. Ayuntamiento Municipal de Chilón, para recuperar la confianza de la sociedad en las instituciones gubernamentales; así como promover el desarrollo democrático del Estado, que garantice el equilibrio y respeto entre los tres órdenes de Gobierno y la sociedad, a partir del replanteamiento de la función, y el objeto de existencia de las instituciones públicas dentro de la organización social y política.

En este tenor y a razón de lo expuesto LAS PARTES tienen a bien establecer el presente Convenio de Coordinación bajo las siguientes:

DECLARACIONES

1. “LA COMISION, declara que:

1.1. Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de mayo de 2003.

1.2. Tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene facultades para establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de los pueblos y comunidades indígenas.

1.3. Que el C. Profesor Jesús Caridad Aguilar Muñoz, en su calidad de Delegado Estatal de “LA COMISION, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio, de conformidad con el poder general manifestado en la escritura pública número 2553, de fecha 3 de febrero de 2006, pasada ante la fe del Notario Público número 243 del Distrito Federal, Lic. Guillermo Escamilla Narváez.

1.4. Con base en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal 2007, se aprobó el presupuesto en el marco del Programa de Coordinación para el Apoyo a la Producción (PROCAP).

1.5 Que suscribe el presente Convenio de Coordinación con fundamento en los artículos 2 apartado B, 26, 115 y 128 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 22 de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 33, 34 y 44 de la Ley de Planeación; 25 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y 48 de su Reglamento; 26, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal; 2...

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