Convenio para la prestación de servicios de control vehicular, que celebran por una parte el Gobierno del Estado de México por conducto de la Secretaría de Finanzas, a través de la Subsecretaría de Ingresos, representada en este acto por su Titular José Arturo Lozano Enríquez, a quien se le denominará “La Subsecretaría” y por la otra, la empresa “Comercializadora Wurbs, S.A. de C.V.”, representada por Arturo Eugenio Humphrey Jordán, en su carácter de apoderado legal, a quien en lo sucesivo se le denominará “La Comercializadora”, y en su conjunto “Las Partes”.

Mrcoles 23 de marzo de 2022 Sección Primera Tomo: CCXIII No. 54
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Al margen Escudo del Estado de México.
CONVENIO PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CONTROL VEHICULAR, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
EL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS, A TRAVÉS DE LA
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU TITULAR JOSÉ ARTURO LOZANO
ENRÍQUEZ, A QUIEN SE LE DENOMINARÁ “LA SUBSECRETARÍA” Y POR LA OTRA, LA EMPRESA
“COMERCIALIZADORA WURBS, S.A. DE C.V.”, REPRESENTADA POR ARTURO EUGENIO HUMPHREY JORDÁN, EN
SU CARÁCTER DE APODERADO LEGAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA
COMERCIALIZADORA”, Y EN SU CONJUNTO “LAS PARTES”; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
C O N S I D E R A N D O S
Que el plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, contempla que la presente administración se enfoque, entre
otros, en el eje transversal “Conectividad y Tecnologías para el buen Gobierno”, el cual se basa en el reconocimiento de
políticas públicas multidimensionales y articuladas para lograr acciones que potencien la conectividad, a través de la
tecnología, lo que es fundamental para consolidar un gobierno moderno, capaz y responsable.
El Gobierno del Estado de México tiene como objetivo implementar la reforma administrativa que permita contar con un
gobierno transparente y eficiente, que fortalezca el proceso de simplificación y modernización de la administración tributaria
a fin de elevar la calidad, eficacia y eficiencia de los servicios gubernamentales, utilizando nuevos procedimientos
administrativos, sistemas de información y tecnología de vanguardia.
Que uno de los propósitos fundamentales de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México es promover,
fomentar y estimular el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, en un marco de legalidad y
seguridad jurídica, por lo que para tal efecto es necesario que la Administración Pública Estatal desarrolle al máximo su
capacidad y voluntad de innovación, adaptabilidad y transparencia, que facilite la actividad económica, el ejercicio de los
derechos y el cumplimiento de las obligaciones de la ciudadanía, a través de la celebración de convenios que permitan
abonar en la prestación de trámites y servicios ágiles, sencillos y t ransparentes, a fin de prevenir, disuadir y combatir
prácticas contrarias al interés general de las personas, así como consolidar la credibilidad del gobierno ante la sociedad.
Lo anterior, requiere que las instituciones públicas tengan las capacidades y los recursos necesarios para desempeñar
cabalmente sus funciones y tener la capacidad de responder de manera legítima y eficaz a las demandas que le plantea la
sociedad, reconociendo la necesidad de implementar estrategias y acciones para la innovación, modernización,
simplificación y calidad de los servicios públicos como lo son los trámites de control vehicular, que permitan la recaudación
de contribuciones.
Bajo este contexto, el artículo 7.10 del Código Administrativo del Estado de México vigente, establece que la Secretaría de
Finanzas podrá celebrar convenios con distribuidores, fabricantes, ensambladores o arrendadoras financieras de vehículos
automotores, así como con las asociaciones de éstos, para que en sus instalaciones productivas o comerciales por sí
mismas o a través de ellos, se presten servicios relacionados con el control vehicular.
En este tenor, “LAS PARTES” formulan las siguientes:
D E C L A R A C I O N E S
I. “LA SUBSECRETARÍA”:
I.1. Que en términos de lo previsto en los artículos 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el Estado de México es parte
integrante de la Federación, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior.
I.2. Que de acuerdo con el artículo 10-E de la Ley de Coordinación Fiscal; Cláusula Primera del Convenio de Adhesión
al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal que celebran la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno
del Estado de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 1979; Cláusulas
Primera, Segunda, fracción VI, inciso f) y Décima Segunda del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia
Fiscal Federal, celebrado entre la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Estado de México
publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 5 de agosto de 2015 y en el Diario Oficial de la
Federación el 13 de agosto 2015; el Estado de México, como parte integrante del Sistema Nacional de
Coordinación Fiscal, está obligado a llevar un Registro Estatal Vehicular.

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