Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre la solicitud de registro del Convenio de Coalición Total para postular candidatos a diputados por el principio de Mayoría Relativa presentado por los Partidos Políticos Nacionales del Trabajo y Convergencia para contender en el Proceso Electoral Federal 2009

Fecha de disposición20 Febrero 2009
Fecha de publicación20 Febrero 2009
MateriaDerecho Constitucional
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG958/2008. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL SOBRE LA SOLICITUD DE REGISTRO DEL CONVENIO DE COALICION TOTAL PARA POSTULAR CANDIDATOS A DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORIA RELATIVA PRESENTADO POR LOS PARTIDOS POLITICOS NACIONALES DEL TRABAJO Y CONVERGENCIA PARA CONTENDER EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2009.

Antecedentes

  1. El día veintinueve de octubre de dos mil ocho, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, en sesión ordinaria, aprobó el "Acuerdo por el que se expide el Instructivo que deberán observar los Partidos Políticos Nacionales que busquen formar Coaliciones para las elecciones de Diputados por el principio de Mayoría Relativa, para el Proceso Electoral Federal 2008-2009".

  2. Mediante escrito de fecha diez de diciembre de dos mil ocho, los representantes propietarios de los Partidos Políticos Nacionales denominados Partido del Trabajo y Convergencia, ante el Consejo General del Instituto Federal Electoral, con fundamento en el artículo 99, párrafo 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, presentaron para su registro el Convenio de Coalición Total para postular candidatos a Diputados por el principio de Mayoría Relativa.

    Dicho escrito fue acompañado de la documentación siguiente:

    1. Certificación en la que consta que el Partido del Trabajo cuenta con registro vigente de Partido Político Nacional ante el Instituto Federal Electoral, en los términos del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el C. Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral.

    2. Certificación en la que consta que Convergencia cuenta con registro vigente de Partido Político Nacional ante el Instituto Federal Electoral, en los términos del artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, suscrita por el C. Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral.

    3. Certificación de la integración de la Comisión Coordinadora Nacional del Partido del Trabajo, emitida por el Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, con la que se acredita la personalidad jurídica de los mismos.

    4. Certificación de la integración de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, emitida por el Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral.

    5. Certificación en la que consta el registro del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia, emitida por el Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral, con la que se acredita la personalidad jurídica del mismo.

    6. Convenio de la Coalición Total denominada "COALICION FRENTE AMPLIO PROGRESISTA", debidamente firmado de manera autógrafa por quienes se encuentran legalmente facultados para ello.

    7. Disco que contiene la versión electrónica del Convenio de Coalición respectivo.

    8. Convocatoria original a la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, erigida y constituida en Convención Electoral Nacional, emitida el pasado 27 de noviembre del año 2008.

    9. Publicación original en el periódico de circulación nacional "El Sol de México", de la Convocatoria a la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, erigida y constituida en Convención Electoral Nacional, señalada en el punto que antecede, localizable en la página 8A, de fecha viernes 28 de noviembre del año 2008.

    10. Acta Notarial suscrita por el C. Lic. Ranulfo Enrique Tovilla Sáenz, Notario

      Público Número 124, que contiene la Fe de Hechos de la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, erigida y constituida en Convención Electoral Nacional, celebrada el 03 de diciembre de 2008, en la cual se aprobó integrar la Coalición Total con el Partido Convergencia, para contender en el Proceso Electoral Federal 2008-2009, así como el Convenio de la "Coalición Frente Amplio Progresista" para la elección de Diputados Federales por el Principio de Mayoría Relativa y la Plataforma Electoral, así también fue aprobada la postulación y registro de las trescientas fórmulas de candidatos de la Coalición Total que correspondan, de conformidad con el Convenio. Además, se facultó a los CC. Alberto Anaya Gutiérrez, Alejandro González Yáñez, Ricardo Cantú Garza, Rubén Aguilar Jiménez, Reginaldo Sandoval Flores, Pedro Vázquez González, Francisco Amadeo Espinosa Ramos y Oscar González Yáñez, integrantes de la Comisión Coordinadora Nacional del Partido del Trabajo, para que suscriban y rubriquen el mencionado convenio.

    11. Original autógrafo de la lista de asistencia de la Sesión Ordinaria de la Comisión Ejecutiva Nacional del Partido del Trabajo, erigida y constituida en Convención Electoral Nacional, celebrada el 03 de diciembre de la presente anualidad.

    12. Certificación de los Estatutos del Partido del Trabajo, emitida por el Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral.

    13. Original autógrafo de la Convocatoria, Acta y Lista de Asistencia de la Sesión de la Comisión Política Nacional de Convergencia, celebrada el 5 diciembre de 2008, por la cual se ratifican las negociaciones realizadas por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia, respecto de la coalición total con el Partido del Trabajo para participar en el Proceso Electoral Federal 2008-2009; donde aprobó que Convergencia integre la coalición total con el Partido del Trabajo, aprobó postular y registrar como coalición a los candidatos a los Cargos de Diputados al Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa en las treinta y dos entidades federativas y los trescientos distritos electorales federales, donde se facultó al C. Luis Maldonado Venegas, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia, para que suscriba y rubrique el mencionado convenio y además aprobó emitir la convocatoria Nacional para el proceso interno de selección y elección de candidatas y candidatos a Diputados Federales de Convergencia en Coalición electoral Total con el Partido del Trabajo, por el Principio de Mayoría Relativa, al Congreso de la Unión para el Proceso Electoral federal 2008-2009.

    14. Certificación de los Estatutos de Convergencia emitida por el Lic. Edmundo Jacobo Molina, Secretario Ejecutivo del Instituto Federal Electoral.

    15. Original autógrafo de la Convocatoria, Acta y Lista de Asistencia de la Vigésimo Séptima Sesión Ordinaria de Consejo Nacional de Convergencia, celebrada el 5 de diciembre de 2008, donde se aprobó el procedimiento aplicable para la selección y elección de Candidatos a diputados por los principios de mayoría relativa y representación proporcional, así como la Plataforma Electoral que sustentarán los candidatos a Diputados al Congreso de la Unión de la Coalición que conforman Convergencia y el Partido del Trabajo para las elecciones federales del año 2009.

    16. Original autógrafo de la Convocatoria, Acta y Lista de Asistencia de la sesión de Comité Ejecutivo Nacional de Convergencia, celebrada el 5 de diciembre de 2008, donde se aprueba convocar a la Sexta Convención Nacional.

    17. Plataforma Electoral de la Coalición Frente Amplio Progresista en forma impresa y disco que contiene la versión electrónica de la misma.

    18. Certificación del emblema del Partido del Trabajo, cuyo original obra en los archivos de esa autoridad.

    19. Certificación del emblema de Convergencia, cuyo original obra en los archivos de esa autoridad.

  3. Con fecha diez de diciembre de dos mil ocho, a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, le fue turnada la mencionada documentación para colaborar en la integración del expediente respectivo y su verificación preliminar, con base en el artículo 99, párrafo 2, del código de la materia, que a la letra señala "El Presidente del Consejo General integrará el expediente e informará al Consejo General", así como por lo establecido por el numeral 6 del Instructivo, señalado en el antecedente I del presente instrumento, mismo que establece: "El Presidente del Consejo General del Instituto Federal Electoral, o en su ausencia la Secretaría Ejecutiva, una vez que reciba las solicitudes de registro del Convenio de Coalición y la documentación que la sustenta, integrará el expediente respectivo para lo cual podrá solicitar el auxilio de la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos."

  4. Con fecha dieciséis de diciembre de dos mil ocho, mediante oficio DEPPP/DPPF/6286/2008, el Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos, por instrucciones del Dr. Leonardo Valdés Zurita, Presidente del Consejo General de este Instituto y con fundamento en el artículo 129, párrafo 1, inciso c) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como el punto primero, numeral 6 del Instructivo que deberán observar los partidos políticos nacionales que busquen formar coaliciones para las elecciones de diputados por el principio de mayoría relativa para el proceso electoral federal 2008-2009, formuló observaciones respecto al nombre que pretende utilizar la Coalición en cuestión, y a la distribución del tiempo en Radio y Televisión durante el período de precampañas, solicitando a los representantes propietarios de los Partidos Políticos Nacionales: Partido del Trabajo y Convergencia, manifestar lo que a su derecho conviniera.

  5. Los representantes propietarios del Partido del Trabajo y Convergencia ante el Consejo General de este Instituto, mediante escrito y oficio RCG-IFE-320/2008, respectivamente, recibidos el día diecisiete de diciembre del año en curso, dieron respuesta al oficio citado en el antecedente IV, manifestando lo que a su derecho convino respecto a las observaciones formuladas.

    En razón de los antecedentes citados; y

    Con...

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