Convenio de Coordinación para la planeación, instrumentación y ejecución del Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC), que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Baja California Sur, así como su anexo de ejecución 2003

Fecha de disposición31 Octubre 2003
Fecha de publicación31 Octubre 2003
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

CONVENIO de Coordinación para la planeación, instrumentación y ejecución del Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC), que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Baja California Sur, así como su anexo de ejecución 2003.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

CONVENIO DE COORDINACION PARA LA PLANEACION, INSTRUMENTACION Y EJECUCION DEL PROGRAMA DE APOYO A LA CAPACITACION (PAC) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, EN ADELANTE DENOMINADA LA SECRETARIA , REPRESENTADA POR SU TITULAR, LIC. CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, CON LA ASISTENCIA DE LOS CC. ING. RAUL ALBERTO NAVARRO GARZA, OFICIAL MAYOR; LIC. HIPOLITO TREVIÑO LECEA, ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA SUBSECRETARIA DE CAPACITACION, PRODUCTIVIDAD Y EMPLEO, Y DR. LUIS IGNACIO ARBESU VERDUZCO, DIRECTOR GENERAL DE CAPACITACION Y PRODUCTIVIDAD Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA SUR, EN ADELANTE DENOMINADA LA ENTIDAD FEDERATIVA , REPRESENTADA POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, LIC. LEONEL EFRAIN COTA MONTAÑO, CON LA COMPARECENCIA DE LOS CC. PROFR. VICTOR MANUEL LIZARRAGA PERAZA, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO; LIC. ERNESTO LOPEZ CINCO, SECRETARIO DE PROMOCION Y DESARROLLO ECONOMICO; LIC. ANA SILVIA GASTELUM RAMIREZ, DIRECTORA GENERAL DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR; AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. Entre los objetivos de la planeación nacional del Gobierno Federal en materia laboral, se encuentra el compromiso de elevar el potencial productivo de los trabajadores y motivar su desarrollo para alcanzar el crecimiento sostenido de la producción;

  2. El Convenio de Coordinación para el Desarrollo Social y Humano 2003-2006 tiene por objeto coordinar a los ejecutivos federal y estatal para vincular los programas, acciones y recursos con el fin de trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales y económicas de la población, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad y seguridad, atendiendo al mismo tiempo el desafío de conducir el desarrollo urbano y territorial, así como vincular las acciones de los programas que se derivan del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 que lleva a cabo el Ejecutivo Federal, a través de sus dependencias y entidades, sean congruentes con la planeación del desarrollo integral del Estado;

    El citado Convenio constituye la vía de coordinación entre las administraciones Públicas Federal y Estatal, para la planeación y ejecución de los programas, proyectos, acciones, obras y servicios, así como para el ejercicio de los recursos federales y estatales que se convengan; operará a través de la suscripción de acuerdos o convenios de coordinación y anexos de ejecución, y cuando participen grupos sociales organizados se suscribirán convenios de concertación;

  3. Con el fin de contribuir al cumplimiento del objetivo antes señalado, LA SECRETARIA ha venido operando el Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC), el cual se orienta a realizar, conjuntamente con las empresas y sus trabajadores, acciones en materia de capacitación y mejora continua, que coadyuven a la protección de las fuentes de trabajo, así como al mejoramiento de las condiciones del personal que labora en las micro, pequeñas y medianas empresas, buscando que éstas sean más competitivas y sus trabajadores más productivos. Este Programa es financiado parcialmente con recursos derivados de un contrato de préstamo celebrado entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y los Estados Unidos Mexicanos, en el marco del Programa Multifase de Apoyo a la Capacitación y al Empleo (PACE);

  4. Las condiciones actuales del mercado laboral, hacen necesaria la participación activa de los ejecutivos de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los sectores productivos, para lograr un mayor alcance y congruencia en materia de capacitación, tanto de trabajadores en activo como de empleadores, de acuerdo a las necesidades reales imperantes en las demarcaciones territoriales de las mismas, y

  5. En virtud de lo anterior, el Ejecutivo Federal ha estimado conveniente innovar la política pública del sector laboral, coordinando esfuerzos con los gobiernos de las entidades federativas para la planeación, instrumentación y ejecución del PAC, mediante la celebración de convenios de coordinación como medio para su ejecución.

    DECLARACIONES

  6. Declara LA SECRETARIA , por conducto de su representante que:

    I.1 Es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 2o. y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y que en términos de lo previsto por el artículo 40 fracciones II, VI y XVII de dicho ordenamiento legal, tiene entre otras atribuciones, procurar el equilibrio entre los factores de la producción; promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo y estudiar y proyectar planes para impulsar la ocupación del país.

    I.2 El licenciado Carlos María Abascal Carranza, Secretario del Trabajo y Previsión Social, tiene facultades para suscribir el presente Convenio, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1, 2, 4 y 5 del Reglamento Interior de LA SECRETARIA .

    I.3 Como parte de la política pública del sector laboral federal, está de acuerdo en hacer partícipe a LA ENTIDAD FEDERATIVA , en la planeación, instrumentación y ejecución del PAC, mediante la celebración del presente Convenio.

    I.4 Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en avenida Anillo Periférico Sur número 4271, colonia Fuentes del Pedregal, Delegación Tlalpan, D.F., código postal 14149.

  7. Declara LA ENTIDAD FEDERATIVA , por conducto de su representante que:

    II.1 En términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1o. de la Constitución Política del Estado de Baja California Sur, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación.

    II.2 El Lic. Leonel Efraín Cota Montaño, en su carácter de Gobernador Constitucional del Estado, y los demás funcionarios que lo asisten en la celebración del presente instrumento jurídico, cuentan con facultades para suscribir el presente Convenio, en términos de lo dispuesto por los artículos 79 fracción XXIX, 80 y 83 fracción IV de su Constitución Política, y 1o., 2, 3, 6 y 18 fracción X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur, y 2 inciso B) fracción II, 13 fracción XII y 16 fracciones IV y VIII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.

    II.3 Está de acuerdo en suscribir el presente Convenio, con la finalidad de coordinar esfuerzos con el Gobierno Federal en materia de capacitación y mejora continua, contribuyendo al desarrollo de los empleadores y trabajadores en activo que forman parte de las micro, pequeñas y medianas empresas en LA ENTIDAD FEDERATIVA .

    II.4 Para todos los efectos derivados del presente Convenio, señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, sito en calles Isabel la Católica entre Ignacio Allende y Nicolás Bravo, colonia Centro, código postal 23000, La Paz, Baja California Sur.

    En virtud de lo anterior, y con fundamento en los artículos 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, 26 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 35 y 44 de la Ley de Planeación; 1, 2, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y en los acuerdos del C. Secretario del Trabajo y Previsión Social por los que se establecen anualmente las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación y Gestión del Programa de Apoyo a la Capacitación, así como en los artículos 1o., 79 fracción XXIX, 80 y 83 fracción IV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja...

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