Convenio de Coordinación para la planeación, instrumentación y ejecución del Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC), que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Aguascalientes
Fecha de disposición | 13 Noviembre 2002 |
Fecha de publicación | 13 Noviembre 2002 |
Emisor | SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
CONVENIO de Coordinación para la planeación, instrumentación y ejecución del Programa de Apoyo a la Capacitación (PAC), que celebran la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y el Estado de Aguascalientes.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
CONVENIO DE COORDINACION PARA LA PLANEACION, INSTRUMENTACION Y EJECUCION DEL PROGRAMA DE APOYO A LA CAPACITACION (PAC) QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR, LICENCIADO CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA Y EL ENCARGADO DEL DESPACHO DE LA SUBSECRETARIA DE CAPACITACION, PRODUCTIVIDAD Y EMPLEO, LIC. HIPOLITO TREVIÑO LECEA, CON LA COMPARECENCIA DE LOS CC. ING. RAUL ALBERTO NAVARRO GARZA, OFICIAL MAYOR Y EL DR. LUIS IGNACIO ARBESU VERDUZCO, DIRECTOR GENERAL DE CAPACITACION Y PRODUCTIVIDAD, EN ADELANTE DENOMINADA LA SECRETARIA , Y POR LA OTRA, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES, REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. FELIPE GONZALEZ GONZALEZ Y EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. ABELARDO REYES SAHAGUN, EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL ESTADO , CON LA PARTICIPACION DE LOS CC. ING. RUBEN CAMARILLO ORTEGA, SECRETARIO DE DESARROLLO ECONOMICO DEL ESTADO Y LIC. JUAN JOSE LEON RUBIO, SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACION DE GOBIERNO DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:
ANTECEDENTES
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Entre los objetivos de la planeación nacional del gobierno federal, en materia laboral, se encuentra el compromiso de elevar el potencial productivo de los trabajadores y motivar su desarrollo para alcanzar el crecimiento sostenido de la producción;
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El Convenio de Desarrollo Social 2002, tiene por objeto que el Ejecutivo Federal y el Ejecutivo Estatal coordinen sus acciones y programas para trabajar de manera corresponsable en la tarea de superar la pobreza y mejorar las condiciones sociales, económicas y políticas de la población marginada, mediante la instrumentación de políticas públicas que promuevan el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo, con equidad, seguridad y oportunidad.
Por acuerdo de las partes, el citado Convenio constituye la vía de coordinación entre las Administraciones Públicas Federal y Estatal, y prevé que la ejecución de programas y acciones y el ejercicio de recursos que se lleven a cabo coordinadamente en la entidad federativa, durante el presente ejercicio fiscal, se formalizarán a través de acuerdos o convenios de coordinación o anexos de ejecución.
Por lo anterior, la Secretaría de Desarrollo Social, mediante oficio número 111.4.-1352 de fecha 20 de junio de 2002, dictaminó congruente con el Convenio de Desarrollo Social 2002 del Estado de Aguascalientes, el presente Convenio de Coordinación;
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Con el fin de contribuir al cumplimiento del objetivo antes señalado, la Secretaría ha venido operando el PAC, financiado parcialmente con recursos del Contrato de Préstamo número 1384/OC-ME celebrado entre el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y los Estados Unidos Mexicanos en fecha 10 de marzo de 2002 fase I en el marco del Programa Multifase de Apoyo a la Capacitación y al Empleo (PACE), el cual se orienta a realizar, conjuntamente con las empresas y sus trabajadores, acciones en materia de capacitación y mejora continua, que coadyuven a la protección de las fuentes de trabajo, así como al mejoramiento de las condiciones del personal que labora en las micro, pequeñas y medianas empresas, buscando que éstas sean más competitivas y sus trabajadores más productivos. Para los efectos de este Convenio, el término Reglas de Operación se referirá a las Reglas Operativas a que hace referencia la Cláusula 3.04 del Contrato de Préstamo 1384/OC-ME, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y el BID, instrumento jurídico que tendrá que ser observado por las partes en todo momento;
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Las condiciones actuales del mercado laboral, hacen necesaria la participación activa de los ejecutivos de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los sectores productivos, para lograr un mayor alcance y congruencia en materia de capacitación, tanto de trabajadores en activo como de empleadores, de acuerdo a las necesidades reales imperantes en las demarcaciones territoriales de las mismas, y
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En virtud de lo anterior, el Ejecutivo Federal ha estimado conveniente innovar la política pública del sector laboral, coordinando esfuerzos con los gobiernos de las entidades federativas para la planeación, instrumentación y ejecución del PAC, mediante la celebración de convenios de coordinación como medio para su ejecución, según se establece en las Reglas de Operación e Indicadores de Evaluación y Gestión del PAC, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de abril de 2002 y en el correspondiente Manual de Procedimientos del Programa.
DECLARACIONES
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Declara LA SECRETARIA , por conducto de sus representantes que:
I.1 De conformidad con lo dispuesto por los artículos 2o. y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada.
I.2 En términos de lo señalado por el artículo 40 fracciones II, VI y XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre otras atribuciones, procurar el equilibrio entre los factores de la producción; promover el desarrollo de la capacitación y el adiestramiento en y para el trabajo y estudiar y proyectar planes para impulsar la ocupación en el país.
I.3 El licenciado Carlos María Abascal Carranza, Secretario del Trabajo y Previsión Social tiene facultades para suscribir el presente Convenio, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1, 4, 5 y 7 fracción XI del Reglamento Interior de LA SECRETARIA .
I.4 Como parte de la política pública del sector laboral, está de acuerdo en hacer...
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