Convenio de Coordinación para el otorgamiento de recursos federales que serán destinados a la modernización del Registro Público de la Propiedad, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Jalisco

Fecha de disposición14 Agosto 2008
Fecha de publicación14 Agosto 2008
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. CONVENIO DE COORDINACION PARA EL OTORGAMIENTO DE RECURSOS FEDERALES QUE SERAN DESTINADOS A LA MODERNIZACION DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE SECRETARIA DE GOBERNACION A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SEGOB", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL C. LIC. FRANCISCO JAVIER RAMIREZ ACUÑA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS Y DERECHOS HUMANOS LIC. MIGUEL ALESSIO ROBLES; Y POR EL OFICIAL MAYOR, LIC. JUAN JOSE LEON RUBIO, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR EL C. EMILIO GONZALEZ MARQUEZ, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. FERNANDO ANTONIO GUZMAN PEREZ PELAEZ; EL SECRETARIO DE FINANZAS, MTRO. OSCAR GARCIA MANZANO Y PEREZ MUGICA; EL SECRETARIO DE ADMINISTRACION, C.P. JOSE LUIS DE ALBA GONZALEZ, Y LA CONTRALORA DEL ESTADO, MTRA. MA. DEL CARMEN MENDOZA FLORES, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Ejecutivo Federal, como una de sus acciones de gobierno estableció el Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad, orientado a modernizar los Registros Públicos de la Propiedad estatales y estandarizar procesos e iniciar la homologación de la función registral a nivel nacional, desarrollando las instituciones registrales para que brinden absoluta seguridad jurídica al tráfico inmobiliario.

  2. Con fecha 6 de marzo de 2007 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para la aplicación del Programa para la Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad, para el ejercicio fiscal de 2007 (en lo sucesivo "EL PROGRAMA").

  3. El 27 de abril de 2007, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió los Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con recursos presupuestarios federales transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a las demás demarcaciones territoriales del Distrito Federal, que se agrega al presente como Anexo 2, mismo que forma parte del presente Convenio como si a la letra se insertase.

  4. Mediante oficio de fecha 29 de mayo de 2007, el ciudadano Emilio González Márquez, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, manifestó el interés del Gobierno del Estado que representa, para incorporarse al Programa Nacional de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad en términos de lo dispuesto por el apartado 5 de EL PROGRAMA.

    DECLARACIONES

  5. DE "LA SEGOB", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:

    1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal, en los términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o., 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

    2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre otras atribuciones las de conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal;

    3. Que el Secretario del Ramo tiene las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación;

    4. Que el Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 fracciones IX y Xll del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación;

    5. Que el Oficial Mayor del Ramo cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 fracciones VI y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación;

    6. Que cuenta con la suficiencia presupuestal en la partida presupuestal 4214 relativa a subsidios a la Entidad Federativa de Jalisco para llevar a cabo la asignación materia del presente instrumento.

    7. Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio, el ubicado en el número 99 de la calle de Bucareli, planta baja, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, en la Ciudad de México, Distrito Federal.

  6. DE LA ENTIDAD FEDERATIVA, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1o. de la Constitución Política del Estado de Jalisco, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación.

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través del Gobernador de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien está facultado legalmente para celebrar el presente Convenio con fundamento en los artículos 36 y 50 fracciones X, XI, XVIII y XIX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, 1, 2, 19 fracciones I y II, 20, 21 y 22 fracciones I, II, IV, XVIII, XIX y XXII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, y demás disposiciones locales aplicables.

    3. El Secretario General de Gobierno está facultado legalmente para celebrar el presente Convenio con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, 3, 5, 23 fracción I y 30 fracciones VII y XXXVI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

    4. El Secretario de Finanzas, está facultado legalmente para celebrar el presente Convenio con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, 3, 23 fracción II y 31 fracciones XXII, XXXII y XXXVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

    5. El Secretario de Administración está facultado legalmente para celebrar el presente Convenio con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, 3, 23 fracción XII y 38 fracciones VIII y XVII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

    6. La Contralora del Estado está facultada legalmente para celebrar el presente Convenio con fundamento en los artículos 46 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Jalisco, 3, 23 fracción XV y 39 fracciones V, XV y XVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

    7. Que cuenta con suficiencia presupuestal en la partida presupuestal 03 00 25 014 00046 5802 02, que corresponde a los recursos destinados por...

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