Convenio Marco de Coordinación para El Desarrollo y Ejecución de Acciones en Materia de Ordenamiento Territorial que Celebró el Ejecutivo Federal por Conducto de La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano y El Gobierno del Estado de Colima

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANOCONVENIOMARCO DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE ACCIONES EN MATERIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL QUE CELEBRÓ EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA.

CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE ACCIONES EN MATERIA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SEDATU" REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL DELEGADO ESTATAL DE LA SEDATU EN EL ESTADO DE COLIMA, LIC. OSCAR CARLOS ZURROZA BARREDA; POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA A TRAVÉS DEL ARQ. JOSÉ FERNANDO MORÁN RODRÍGUEZ, SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO, Y A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ESTADO"; MISMO QUE SE SUSCRIBE DE CONFORMIDAD CON LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

A N T E C E D E N T E S

  1. El artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la obligación del Estado de organizar un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, que se encuentra reglamentado en la Ley de Planeación, ordenamiento que en su artículo 28 establece que las acciones contenidas en el Plan Nacional de Desarrollo, así como en los Programas que de él emanen, deberán especificar las acciones que serán objeto de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas.

  2. La Ley General de Asentamientos Humanos establece que la federación deberá coordinarse con las entidades federativas y los municipios, con la participación de los sectores social y privado, en la realización de acciones e inversiones para el Ordenamiento Territorial de los asentamientos humanos y el desarrollo urbano de los centros de población, mediante la celebración de convenios y acuerdos.

  3. Por su parte, el artículo 33 de la Ley de Planeación determina que el Ejecutivo Federal podrá convenir con los gobiernos de las entidades federativas, satisfaciendo las formalidades que en cada caso procedan, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos participen en la Planeación Nacional del Desarrollo, y coadyuven, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, a la consecución de los objetivos de la planeación nacional, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera conjunta.

  4. El Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 dentro de la Meta Nacional de un México Incluyente, y el Objetivo 2.5 busca "Proveer un entorno adecuado para el desarrollo de una vida digna", y fija como estrategia 2.5.3 "Lograr una mayor y mejor coordinación interinstitucional que garantice la concurrencia y corresponsabilidad de los tres órdenes de gobierno, para el ordenamiento sustentable del territorio, así como para el impulso al desarrollo regional, urbano, metropolitano y de vivienda."

  5. De acuerdo al artículo 20 del Reglamento Interior de "LA SEDATU", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2013, la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de Atención a Zonas de Riesgos, será la responsable de la instrumentación de programas, estrategias, lineamientos y normas técnicas que contribuyan a la política nacional de ordenamiento territorial de los asentamientos humanos y estará adscrita a la Subsecretaría de Ordenamiento Territorial.

D E C L A R A C I O N E SI. Declara la "SEDATU" a través de su representante:

I.1.

Que es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo establecido en los artículos 1o., 2o. fracción I, 26 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

I.2.

Que conforme a las atribuciones contenidas en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre otras atribuciones, la responsabilidad de impulsar en coordinación con las autoridades estatales y municipales, la planeación, y el ordenamiento del territorio nacional para su máximo aprovechamiento, con la formulación de políticas que armonicen el crecimiento o surgimiento de...

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