Convenio Modificatorio al Convenio Específico en materia de transferencia de recursos, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tlaxcala

Fecha de disposición08 Enero 2010
Fecha de publicación08 Enero 2010
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. COMISIONADO NACIONAL DE PROTECCION SOCIAL EN SALUD, MAESTRO DANIEL KARAM TOUMEH, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE FINANCIAMIENTO, LIC. CARLOS GRACIA NAVA, Y LA DIRECTORA GENERAL DEL PROGRAMA OPORTUNIDADES, MAESTRA MANETT ROCIO VARGAS GARCIA, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LOS C. C.P. ANDRES HERNANDEZ RAMIREZ, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y EL C. DR. JULIAN FRANCISCO VELAZQUEZ Y LLORENTE, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO SALUD DE TLAXCALA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 29 de febrero de 2008, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

  2. De conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos, atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine, por "LA ENTIDAD": el Secretario de Finanzas y el Secretario de Salud Estatal y/o el Director General del Instituto y/o el Titular de los Servicios Estatales de Salud (según sea el caso); y por "LA SECRETARIA": la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Innovación y Calidad, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/u órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.

  3. Con fecha 16 de junio de 2008, se celebró convenio específico entre "LA ENTIDAD" y "LA COMISION", cuyo objeto fue transferir recursos presupuestales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD" realizar las cuatro estrategias específicas del componente de salud que se mencionan en Reglas de Operación del Programa de Desarrollo Humano Oportunidades, en lo sucesivo "EL CONVENIO ESPECIFICO".

    DECLARACIONES

  4. De "LA SECRETARIA":

    1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en "EL CONVENIO ESPECIFICO" citado en el antecedente III.

    2. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos

    derivados de la suscripción del presente instrumento.

  5. Declara "LA ENTIDAD":

    1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en "EL CONVENIO ESPECIFICO" citado en el antecedente III.

    2. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento y en "EL CONVENIO ESPECIFICO" citado en el antecedente III son: apoyará a las familias que viven en condición de pobreza extrema con el fin de incrementar las capacidades de sus miembros y ampliar sus alternativas para alcanzar mejores niveles de bienestar, a través del mejoramiento de opciones en salud y alimentación, que propicien el mejoramiento de sus condiciones socioeconómicas y de calidad de vida, para lo cual se manejan las siguientes estrategias: la vigilancia y el monitoreo de la nutrición de los niños menores de cinco años, de las mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, el control de los casos de desnutrición y la educación alimentario-nutricional; atención médica programada en base en las cartillas de salud, de acuerdo con la edad, sexo y evento de vida de cada persona; otorgar talleres comunitarios para el autocuidado de la salud por grupo de edad y grupo prioritario de acuerdo a los indicadores de seguimiento y control; entrega de complementos alimenticios a niños de 6 meses a un año once meses, niños de 2 años a 4 once meses que cursen algún grado de desnutrición o se encuentre en vías de recuperación y a mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, y; paquete básico de salud de manera gratuita.

    Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y...

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