Convenio Modificatorio al Convenio de coordinación y reasignación de recursos, que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Contraloría y Desarrollo Administrativo y de Turismo, y el Estado de Yucatán

EmisorSecretaría de Turismo

CONVENIO Modificatorio al Convenio de coordinación y reasignación de recursos, que celebran las secretarías de Hacienda y Crédito Público, de Contraloría y Desarrollo Administrativo y de Turismo, y el Estado de Yucatán.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LAS SECRETARIAS DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, EN ADELANTE SHCP , REPRESENTADA POR SU TITULAR EL LIC. JOSE FRANCISCO GIL DIAZ; DE CONTRALORIA Y DESARROLLO ADMINISTRATIVO, EN ADELANTE SECODAM , REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C.P. FRANCISCO JAVIER BARRIO TERRAZAS, Y DE TURISMO, EN ADELANTE SECTUR , REPRESENTADA POR SU TITULAR LA LIC. BERTHA LETICIA NAVARRO OCHOA Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATAN, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA EL ESTADO , REPRESENTADO POR EL C. PATRICIO JOSE PATRON LAVIADA, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, Y ASISTIDO POR LOS SECRETARIOS, GENERAL DE GOBIERNO, LIC. PEDRO RIVAS GUTIERREZ, DE HACIENDA, C.P. LUIS AUGUSTO GAMBOA AVILA, DE TURISMO, C.P. CAROLINA CARDENAS SOSA, Y DE LA CONTRALORIA, C.P. JORGE ADRIAN CEBALLOS ANCONA, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 24 de mayo de 2002, el Ejecutivo Federal, por conducto de la SHCP, SECODAM y SECTUR, y el ESTADO, celebraron el Convenio de Coordinación y Reasignación de Recursos, en adelante EL CONVENIO , con objeto de reasignar recursos federales al ESTADO para coordinar la participación del Ejecutivo Federal y del ESTADO en materia de desarrollo y promoción turística, transferir a éste responsabilidades; determinar las aportaciones de ambos órdenes de gobierno para el ejercicio fiscal 2002; la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen el ESTADO y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio.

  2. En la cláusula primera de EL CONVENIO , se estableció que los recursos que reasigna el Ejecutivo Federal y las aportaciones del ESTADO referidos en su cláusula segunda, se aplicarán a los programas y hasta por los importes que se detallan en el Anexo 1, y que en seguida se mencionan:

    PROGRAMAS IMPORTE
    PROYECTOS DE DESARROLLO PROYECTOS DE PROMOCION $26 500,000.00 $500,000.00
    III. La cláusula segunda de EL CONVENIO dispone que el Ejecutivo Federal reasignó al ESTADO recursos federales para desarrollo y promoción turística hasta por la cantidad de $5 583,333.00 (cinco millones quinientos ochenta y tres mil trescientos treinta y tres pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con el calendario a que se precisa en su Anexo 2; asimismo, el ESTADO destinó de sus recursos presupuestarios para desarrollo y promoción turística hasta por la cantidad de...

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