Convenio modificatorio al Convenio de Coordinación en materia de reasignación de recursos que celebran por una parte el Ejecutivo Federal y por la otra el Ejecutivo del Estado de Querétaro.

Pág. 11246 PERIÓDICO OFICIAL 4 de noviembre de 2011
PODER EJECUTIVO
CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION EN MATERIA DE REASIGNACION DE
RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA
SECRETARIA DE TURISMO, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA LA "SECTUR", REPRESENTADA
POR SU TITULAR, LA MTRA. GLORIA R. GUEVARA MANZO, CON LA INTERVENCION CONJUNTA DEL
SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, LIC. FERNANDO OLIVERA ROCHA Y DEL DIRECTOR
GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES, LIC. PEDRO DELGADO BELTRAN, Y POR LA OTRA PARTE EL
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE QUERETARO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA
"ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. JOSE EDUARDO CALZADA
ROVIROSA, EN SU CARACTER DE GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE
GOBIERNO, LIC. ROBERTO LOYOLA VERA, EL SECRETARIO DE PLANEACION Y FINANZAS, LIC. JORGE
LOPEZ PORTILLO TOSTADO, EL SECRETARIO DE TURISMO, LIC. MAURICIO SALMON FRANZ, Y LA
SECRETARIA DE LA CONTRALORIA, LIC. CLARISA CATALINA TORRES MENDEZ; CONFORME A LOS
ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en el artículo 83 segundo párrafo, que
las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, que requieran suscribir convenios de
reasignación, deberán apegarse al modelo de convenio emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
(SHCP) y la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la
SHCP.
II. Conforme a la fracción I del artículo 82 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, con
fecha 31 de marzo de 2011, el Ejecutivo Federal, por conducto de la SECTUR y la ENTIDAD FEDERATIVA
firmaron el Convenio de Coordinación en materia de Reasignación de Recursos, en adelante el "CONVENIO",
con objeto de "...transferir recursos presupuestarios federales a la ENTIDAD FEDERATIVA para coordinar su
participación con el Ejecutivo Federal en materia de desarrollo turístico; reasignar a aquélla la ejecución de
proyectos federales; determinar las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA y de los municipios para el
ejercicio fiscal 2011; definir la aplicación que se dará a tales recursos; precisar los compromisos que sobre el
particular asumen la ENTIDAD FEDERATIVA y el Ejecutivo Federal; y establecer los mecanismos para la
evaluación y control de su ejercicio. ...".
III. El "CONVENIO" quedó sujeto y condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria emitido por la Dirección
General de Programación y Presupuesto Sectorial "B" de la SHCP, para que la SECTUR reasignara recursos a
la ENTIDAD FEDERATIVA con cargo a su presupuesto autorizado.
IV. En las Cláusulas Primera y Segunda del "CONVENIO", se estableció que los recursos reasignados por el
Ejecutivo Federal y las aportaciones de la ENTIDAD FEDERATIVA y de los municipios, se aplicarán a los
proyectos, hasta por los importes que a continuación se mencionan:
PROYECTOS DE DESARROLLO $103'400,000.00
TOTAL $103'400,000.00
En ese sentido, el Ejecutivo Federal, reasignaría a la ENTIDAD FEDERATIVA recursos presupuestarios
federales para desarrollo turístico hasta por la cantidad de $45'200,000.00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES
DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), con cargo al presupuesto de la SECTUR, de acuerdo con los plazos
y calendario establecidos que se precisan en el Anexo 2 del "CONVENIO"; y la ENTIDAD FEDERATIVA
destinaría de sus recursos presupuestarios para desarrollo turístico la cantidad de $45'200,000.00
(CUARENTA Y CINCO MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), conforme a los plazos y
calendario establecidos en el Anexo 3.

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