Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación y reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Tabasco

Fecha de Entrada en Vigor25 de Abril de 2008
EmisorSecretaría de Turismo

CONVENIO Modificatorio al Convenio de Coordinación y reasignación de recursos, que celebran la Secretaría de Turismo y el Estado de Tabasco.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Turismo.

CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACION Y REASIGNACION DE RECURSOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE TURISMO A LA QUE EN ADELANTE SE DENOMINARA “SECTUR”, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LIC. RODOLFO ELIZONDO TORRES, CON LA INTERVENCION CONJUNTA DEL SUBSECRETARIO DE OPERACION TURISTICA, LIC. FRANCISCO MADRID FLORES, Y DEL DIRECTOR GENERAL DE PROGRAMAS REGIONALES, LIC. GUILLERMO TARRATS GAVIDIA Y, POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA EL “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO”, REPRESENTADO POR EL LIC. MANUEL ANDRADE DIAZ EN SU CARACTER DE GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, Y ASISTIDO POR LOS SECRETARIOS DE GOBIERNO, LIC. JAIME HUMBERTO LASTRA BASTAR; DE FINANZAS, LIC. FERNANDO CALZADA FALCON; DE DESARROLLO ECONOMICO Y TURISMO, CARLOS MADRAZO CADENAS, Y DE CONTRALORIA, DR. JORGE ABDO FRANCIS, CON LA PARTICIPACION DEL COORDINADOR GENERAL DEL COMITE DE PLANEACION PARA EL DESARROLLO DEL ESTADO DE TABASCO, LIC. RAMON RODRIGUEZ ZENTELLA, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Entre los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, está el de contribuir al logro de los objetivos sectoriales de turismo.

  2. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, dispone en su artículo 59 segundo párrafo que las dependencias y entidades que requieran suscribir convenios de reasignación, deberán apegarse al convenio modelo emitido por las secretarías de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y de la Función Pública (SFP), así como obtener la autorización presupuestaria de la SHCP.

  3. Asimismo, el Decreto invocado dispone que los convenios a que se refiere el párrafo anterior los celebrará el Ejecutivo Federal, por conducto de los titulares de las dependencias que reasignen los recursos presupuestarios, o de las entidades y de la respectiva dependencia coordinadora de sector con los gobiernos de las entidades federativas.

  4. Conforme a la fracción I del artículo 58 del Decreto de Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2005, con fecha 26 de abril de 2005, el Ejecutivo Federal, por conducto de SECTUR, y el “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO”, firmaron el Convenio de Coordinación y Reasignación de Recursos, en adelante “EL CONVENIO”, con objeto de “…transferir recursos presupuestarios a el “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” con el propósito de reasignar recursos federales al “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” para coordinar la participación del Ejecutivo Federal y del “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” en materia de desarrollo turístico, transferir a éste responsabilidades, determinar la aportación del “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” para el ejercicio fiscal 2005; la aplicación que se dará a tales recursos; los compromisos que sobre el particular asumen el “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” y el Ejecutivo Federal, y los mecanismos para la evaluación y control de su ejercicio”.

  5. “EL CONVENIO” quedó sujeto y condicionado al dictamen de suficiencia presupuestaria emitido por la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial “B” de la SHCP, para que SECTUR reasignara recursos al “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” con cargo a su presupuesto autorizado.

  6. En las cláusulas primera y segunda de “EL CONVENIO”, se estableció que los recursos reasignados por el Ejecutivo Federal y las aportaciones del “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” se aplicaron al programa y hasta por el importe que a continuación se menciona:

    PROGRAMA IMPORTE
    PROYECTOS DE DESARROLLO $12'000,000.00

    En ese sentido, el Ejecutivo Federal reasignó a el “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” recursos federales para desarrollo turístico hasta por la cantidad de $4'000,000.00 (cuatro millones de pesos 00/100 M.N.), con cargo al presupuesto de SECTUR, de acuerdo con el calendario que se precisa en el Anexo 2 de “EL CONVENIO”; el “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” destinó de sus recursos presupuestarios para desarrollo turístico la cantidad de $5'000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.), conforme al calendario incluido como Anexo 3, y realizó las gestiones necesarias para obtener recursos provenientes de los gobiernos municipales en la ENTIDAD FEDERATIVA, para desarrollo turístico por la cantidad de $3'000,000.00 (tres millones de pesos 00/100 M.N.), de acuerdo con el calendario del Anexo 4.

  7. El primer párrafo de la cláusula décimo tercera de “EL CONVENIO” dispone que el mismo podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, con apego a las disposiciones legales aplicables, y las modificaciones a “EL CONVENIO” deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Organo de Difusión Oficial del “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” dentro de los 15 días hábiles posteriores a su formalización.

  8. “EL CONVENIO” tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2005, según lo dispuesto en su cláusula décima quinta, con excepción de lo previsto en la fracción XII de la cláusula sexta.

  9. Los recursos adicionales que el Ejecutivo Federal, por conducto de SECTUR, reasignará a el “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” por la cantidad de $1'400,000.00 (un millón cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.), están sujetos y quedarán condicionados al dictamen de suficiencia presupuestaria que emita la Dirección General de Programación y Presupuesto Sectorial “B” de la SHCP, para que SECTUR reasigne recursos a el “PODER EJECUTIVO DEL ESTADO” con cargo a su presupuesto autorizado, por lo que se anexará una fotocopia del oficio correspondiente para que forme parte integrante de este convenio.

  10. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59 párrafo primero del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2005, los “Lineamientos para el ejercicio transparente, ágil y eficiente de los recursos que transfieren las dependencias o entidades de la Administración Pública Federal a las entidades...

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